Quantcast

España

ESPAÑA

El Ibex niega que pudiera contrastar la condición policial de Villarejo: "Es imposible"

Repsol se une al exjefe de seguridad de Iberdrola y cierra filas ante el magistrado que les abroncó por no consultar que el comisario era un funcionario en activo antes de contratarle

El juez rechaza devolver a Villarejo sus agendas y pide a la Policía verificar si se mensajeó con Rajoy
El comisario jubilado José Manuel Villarejo. Europa Press

Clientes VIP del comisario jubilado José Manuel Villarejo han salido en las últimas horas en defensa de los contratos que firmaron con el entramado empresarial del comisario insistiendo en que no sabían que éste era funcionario en activo. Las continuas alusiones de la gran parte de imputados acerca de que no tenían por qué conocer que el comisario desarrolló su actividad privada siendo funcionario, llevaron al magistrado Manuel García Castellón a reprocharles que tenían herramientas de sobra para verificarlo.

Así lo plasmó el instructor de la macrocausa Tándem en sus últimos autos en los que imputaba tanto a Iberdrola Renovables, como a Repsol y Caixa por los distintos encargos efectuados al Grupo Cenyt. En todos ellos el magistrado elevó el tono contra las grandes del Ibex advirtiendo que cometieron una "omisión relevante en el deber de diligencia", máxime cuando los entonces responsables del departamento de Seguridad de estas compañías eran o habían sido también policías antes de pasar a la esfera privada.

El primero en responder a la tesis de los investigadores fue Antonio Asenjo. El exdirector de Seguridad de Iberdrola ha remitido un escrito a la Audiencia Nacional en el que asegura que hubiera sido "imposible" verificar la "relación escalafonal" de la Policía Nacional. En el documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, Asenjo precisa que él solo ejerció como agente durante seis meses y que causó baja del cuerpo el 29 de agosto de 1981.

De este modo asegura que no hubiera podido contrastar que Villarejo seguía rindiendo para la Dirección Operativa Adjunta (DAO) de la Policía porque hacía más de cuarenta años que estaba fuera del cuerpo. Pero va más allá y añade que el acceso a estas bases de datos que recogen esta información queda restringido íntegramente a los funcionarios de carrera en activo. "Que las órdenes ministeriales hayan aparecido publicadas en el Boletín Oficial del Estado no puede llevarnos a engaño puesto que la relación escalafonal nunca ha sido objeto de publicidad en el BOE", sentencia.

Mismo argumento esgrimió la representante legal de Repsol en su interrogatorio en la Audiencia Nacional este lunes. María Díaz Aldao explicó que, aunque quisieran, no hubieran podido verificar la situación administrativa del espía, teniendo en cuenta que el entonces jefe de seguridad de la petrolera, Rafael Araujo, estaba en segunda actividad y, por tanto, tampoco se consideraba funcionario en activo. Tanto Araujo como su homólogo en CaixaBank, Miguel Ángel Fernández Rancaño, apuntaron en sede judicial en diciembre que no tenían ni idea de que encargaran el espionaje de Luis del Rivero a un comisario de la Policía Nacional.

Delito de cohecho

Pero este razonamiento, lejos de ser reciente, se viene escuchando entre los clientes de Villarejo. Todos ellos tratan de desligarse del delito de cohecho que tanto Anticorrupción como García Castellón le atribuyen por contratar los servicios de un espía que formó parte de la Policía Nacional (desde 1983 a 1993 estuvo en excedencia) hasta su jubilación a mediados de 2016. Además, los imputados no solo se desmarcan de su condición policial sino también del modus operandi que empleó en sus espionajes y que le permitieron acceder a datos confidenciales y privados, según sostienen las acusaciones.

Así lo plasmó, por ejemplo, el exjefe de seguridad de Grupo Planeta, Antonio López, para justificar la contratación del Grupo Cenyt. López confirmó que recurrió a sus servicios para revertir el resultado de un arbitraje derivado de la compra de KISS FM. Ahora bien, dijo que el acuerdo lo cerró con el comisario y su socio (y también policía Antonio Giménez) sin saber que el espía estaba adscrito a la DAO. Algunos incluso fueron más lejos y denunciaron ante el juez sentirse engañados por el comisario, como es el caso de los hermanos Álvaro y Ángel Pérez-Maura.

Mismo argumento han defendido otros imputados como el despacho de abogados Herrero y Asociados (que contrató a Cenyt para espiar a unos exempleados por competencia desleal) o la parte de los García Cereceda que buscaba espiar a otra rama de la familia en plena pugna por la herencia del constructor de La Finca, Luis García Cereceda. Estos últimos recalcaron que Villarejo "nunca puso en conocimiento" que fuera funcionario en activo de la Policía Nacional y que, además, en el momento de los hechos "no tenía la relevancia mediática" adquirida en los últimos años.

A las alusiones reiteradas por los propios entes como figuras jurídicas se suman los espadas. Antonio Brufau, Isidro Fainé, Francisco González o José Ignacio Sánchez Galán se han sumado al argumentario oficial de los imputados insistiendo incluso que ni sabían quien era Villarejo hasta el estallido de la operación hace ahora más de tres años y medio. Es por ello que el magistrado, en sus últimas resoluciones, se ha pronunciado al respecto insistiendo en que la información era "fácilmente accesible", máxime teniendo en cuenta que los jefes de seguridad de todas estas mercantiles habían sido policías.

Dos periodos

En respuesta, Asenjo (investigado en la pieza número 17 por el encargo de Iberdrola) rebate al instructor y destaca que se distinguen dos periodos en lo que respecta a estas consultas: el comprendido entre 1987 y 2015, y el que arranca a partir de ese ejercicio. Según explica, en ese primer tramo las actuaciones se rigieron por lo recogido en el Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre. La norma estipuló que la información sobre las escalas y categorías queda recogida en la Orden general de la Dirección General de Policía, "cuyo acceso no está abierto al público".

A partir de 2015 la "relación escalafonal" pasó a publicarse anualmente, y no cada cuatro años. Aunque se reguló a través de órdenes ministeriales, la información como tal no aparecía en el BOE, sino en la Orden General de la Dirección General de la Policía, a la que tampoco tiene acceso el público en general. A todo ello la defensa de Asenjo añade que, además, "no existe obligación ninguna" de verificar la condición de funcionario en activo o en excelencia" de un policía cuando un particular le quiere contratar.

De esta forma trata de tumbar el principal argumento que sostienen magistrado, Fiscalía Anticorrupción y acusaciones acerca de todos los clientes del comisario no solo conocían de su situación, sino que se beneficiaron de sus lazos en la Policía (y otros ámbitos como el sector bancario o de la telefonía) para acceder a información confidencial y secreta de las víctimas de sus espionajes.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.