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El juez prohíbe salir de España al exjefe de ETA Iñaki de Rentería por riesgo de fuga

Las acusaciones populares habían pedido prisión para el exjefe de ETA que esta mañana ha negado ser el autor intelectual del asesinato del concejal del PP Gregorio Ordóñez

El juez prohíbe salir de España al exjefe de ETA Iñaki de Rentería por riesgo de fuga
Atacan la placa en recuerdo a Gregorio Ordóñez recientemente instalada en San Sebastián

La Audiencia Nacional estrecha el cerco a los autores intelectuales de los asesinatos de ETA. El magistrado Alejandro Abascal ha ordenado la retirada de pasaporte y prohibición de salir de España para Iñaki de Rentería, exjefe de la banda terrorista, por su implicación en el asesinato del exconcejal del Partido Popular Gregorio Ordóñez, según confirman fuentes jurídicas a Vozpópuli. El exjefe de ETA estaba citado este mismo lunes tras su imputación en las diligencias, si bien se ha negado a declarar.

De Rentería ha seguido la estela marcada por otros exmiembros de la banda que “no reconocen la legitimidad” de este tribunal y ha guardado silencio ante el instructor. No obstante, ha negado ser el autor intelectual del asesinato de Gregorio Ordóñez el 23 de febrero de 1995 mientras almorzaba en un restaurante de San Sebastián con otros compañeros de partido como la expresidenta del PP vasco María San Gil.

El magistrado que investiga estos hechos le imputó el pasado mes de enero “por su presunta responsabilidad en la toma de decisión de asesinar a Gregorio Ordóñez”. Abascal razonó entonces que formaba parte del núcleo duro de la banda terrorista y que, por tanto, tomó parte activa en la decisión del asesinato del teniente alcalde del Ayuntamiento de San Sebastián. Además, razonó que la citación era posible porque Rentería había permanecido en España más de 45 días desde su expulsión de Francia y eso hacía innecesario reclamar su entrega al país vecino.

La causa, que también se sigue contra otros cuatro exjefes de ETA arrancó en 2015 cuando el entonces instructor, Santiago Pedraz, les imputó por ser autores intelectuales de este asesinato. El magistrado admitió a trámite una denuncia presentada por los familiares del exconcejal popular, que litigan como acusación particular en estas diligencias, y puso en el foco, además de Rentería, a Javier Arizkuren Ruiz ‘Kantauri’; Mikel Albisu ‘Antza’; Juan Achurra Egurola ‘Pototo’ y Juan Luis Aguirre Lete ‘Isuntza’.

Autores intelectuales

Pedraz expuso entonces que el comité ejecutivo de la banda terrorista decidía, coordinaba, seleccionaba los objetivos y enviaba la información y el material necesario para llevar a cabo los atentados. En el caso de Gregorio Ordóñez, sus tres asesinos materiales (integrantes del comando Donosti) ya fueron condenados por estos hechos. Entre ellos se encuentra Valentín Lasarte. El etarra detalló que se reunió con Kantauri en Bayona, donde le dio todas las instrucciones para integrar el comando que acabó con la vida de Ordóñez.

Pedraz recordó en su auto de 2015 que con la desarticulación en Bidart en 1992 de la cúpula de ETA se diseñó una nueva estrategia que ya no solo se centraba en agentes de la Policía o Guardia Civil, sino también en políticos. De hecho, Gregori Ordóñez se convirtió en el primer político asesinado desde 1984. Este atentado se encuadra en la estrategia de desestabilización” de la que forman parte todos los denunciados en este procedimiento. Sin embargo, no ha sido hasta ahora cuando Abascal ha reactivado las pesquisas y ha comenzado a citar a todo el núcleo duro de la banda terrorista.

El primero de ellos fue Mikel Antza. El magistrado le interrogó el pasado 21 de diciembre también como autor intelectual del atentado. Al término de la declaración se celebró una vistilla en la que las acusaciones (que integran su familia, Dignidad y Justicia, la AVT y el PP) solicitaron la imposición de medidas cautelares. El magistrado siguió el criterio de la Fiscalía y acordó la retirada de su pasaporte y prohibición de salir de España. Según plasmó en su auto, no era “irracional” pensar que pudiera fugarse, teniendo en cuenta “la extraordinaria gravedad” del delito que se le imputa.

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