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El Supremo rechaza los recursos de PP y Vox y mantiene a Delgado como fiscal general

El alto tribunal alega "falta de legitimación activa" de los dos partidos políticos en su recurso contra la elección de Dolores Delgado como fiscal general del Estado

Otra asociación de fiscales carga contra Delgado por los nombramientos en el Consejo Fiscal
Dolores Delgado, fiscal general del Estado.

El Tribunal Supremo ha declinado admitir los recursos interpuestos por Vox y el Partido Popular contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado. Los magistrados que tenían que estudiar los recursos no han llegado a abordar el fondo del asunto ya que consideran que las dos formaciones políticas carecen de legitimación activa para actuar en este sentido, según informa el alto tribunal.

De los siete magistrados que tenían que deliberar sobre los recursos interpuestos, dos han anunciado que emitirán voto particular al no compartir la decisión que ha tomado esta Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso. Se trata de los magistrados José Luis Requero y Antonio Jesús Fonseca-Herrero. Con todo, habrá que esperar unos días para conocer la sentencia íntegra que rechaza admitir los recurso interpuestos por Vox y Partido Popular.

El partido que lidera Santiago Abascal expuso en su recurso que el nombramiento de Delgado como fiscal general del Estado tenía que invalidarse apuntando además a una falta de imparcialidad por haber ejercido como ministra de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez antes de tomar posesión como fiscal general. Además, alegaron que no se cumplió con el trámite preceptivo que impone el artículo 124.4 de la Constitución Española relativo al nombramiento del máximo representante del Ministerio Público.

El Partido Popular, por su parte, explicó que en el currículum aportado al CGPJ (que avaló en enero de 2020 a Delgado como fiscal general) se daba a entender que su cese se produjo en 2019 (cuando fue a comienzos del año siguiente) y que también se omitió su condición de diputada en el Congreso. "Es más que evidente que, para poder efectuar sus funciones con sujeción al principio de imparcialidad, el Ministerio Público debe liderarse por quien sea en sí mismo imparcial, pues de otro modo el funcionamiento vertical de la institución determina que el vicio de parcialidad se extienda de forma irremediable sobre la integridad de la institución", recoge el recurso.

"Quien de forma activa ha acudido y participado en actos electorales y mítines del partido, que ha sido elegida diputada en dos ocasiones en las elecciones generales, que ha sido ministra, que ha proferido las duras descalificaciones e incluso acusaciones contra los partidos de otro espectro ideológico, y en especial el principal partido de la oposición, que considera “corrupto” y “en descomposición”… no puede pretender disfrazar todos los anteriores signos (...). Todos son elementos identificativos de una falta de imparcialidad que no es ocasional o accesoria, sino mas bien permanente y arraigada", añaden.

Denuncia por falta de imparcialidad

Pese a ello, los magistrados de la Sección Cuarta (que pidieron sin éxito que la cuestión se elevara al Pleno "por razones de deferencia institucional") han declinado admitirlos a trámite por falta de legitimación. De este modo, solo se ha tratado el primero de los asuntos que se debía abordar este martes y no han llegado ni a entrar en el fondo de la cuestión acerca de si el nombramiento de Dolores Delgado recogido en el Real Decreto de 25 de febrero de 2020, cumplió con los requisitos que recoge la Carta Magna.

No obstante, incluso aunque se hubiera decidido entrar en el fondo, éstos tenían escasas posibilidades de prosperar, según fuentes del tribunal consultadas por este medio, ya que debería quedar claramente acreditado que Delgado no reunía las condiciones para ser elegida fiscal general. De hecho, en toda la historia del alto tribunal, solo se declaró ilegal el nombramiento de Eligio Hernández en el año 1994. El motivo reside en que no consideraron que cumpliera los requisitos en cuanto a la experiencia que se les exige como juristas.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal estipula que el fiscal general del Estado -que nombra el Rey a propuesta del Gobierno- se elige entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión. Al respecto el Partido Popular apunta que se incumple tanto lo relativo a la imparcialidad como al requerimiento del "reconocido prestigio" de Delgado, que es miembro de la carrera fiscal desde el año 1989. La Abogacía General del Estado, por su parte, siempre ha defendido que carecían de legitimidad para pedir que se anule este nombramiento.

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