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España

La Audiencia Nacional respalda al juez y da por válida el acta que declaró inviable el Popular

La Sala de lo Penal desestima la petición de Ángel Ron y concluye que los consejeros fueron debidamente informados cuando acordaron la inviabilidad de la entidad

Ángel Ron insiste en que la Audiencia investigue si se pudo evitar el fin del Popular
Ángel Ron en una foto de archivo.

La Justicia no investigará si se manipuló a los consejeros que acordaron la inviabilidad del Banco Popular. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acaba de resolver sobre uno de los capítulos claves para Ángel Ron desestimándole su pretensión de que se indague si los consejeros fueron debidamente informados de que lo que acordaron en una de las últimas sesión del banco en junio de 2017 era la imposibilidad de seguir adelante.

Los magistrados han terminado dando la razón al juez José Luis Calama Teixeira quien, en una resolución avanzada por este medio, desestimó la petición del expresidente del banco de investigar al despacho que asesoró al Consejo de Administración en aquellos últimos momentos del Popular. En sintonía con lo manifestado por el instructor de la causa, la Sala explica que la decisión fue tomada de manera "libre y consciente" por los miembros de un Consejo de Administración de un banco a los que se les presupone "una sólida e indiscutible formación financiera y empresarial".

"Si los consejeros hubieran albergado alguna duda acerca de la calidad del asesoramiento jurídico-financiero por cualesquiera de las razones, debieron haberlo expresado así en el momento de la aprobación del mismo, no pudiendo venir años después (...) a poner en duda su aprobación", reza la Sala en un auto en el que recuerda, además, que no consta que hubiera ningún voto en contra en la sesión del 6 de junio de aquel año en la que se dejó al banco en manos de la JUR para su resolución.

Fuera de la causa

El pronunciamiento de la Sala de lo Penal, que respalda también el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, se produce en un momento de cuenta atrás para el término de estas diligencias que arrancaron en el otoño de 2017 en aras a investigar supuestas irregularidades en la caída del entonces sexto grupo bancario del país. Al respecto, el auto insiste en que no se va a abrir un nuevo frente de investigación relativo a este acta del Consejo pese a que Ángel Ron sostiene que los consejeros la ratificaron sin saber que estaban sentenciando de muerte al banco.

Si su pretensión es investigar el acto de formación de la voluntad de los consejeros para la votación, debe rechazarse

De hecho, su defensa solicitó al juez Calama que acordara una serie de diligencias para esclarecer este punto. Entre ellas que identificara a los letrados del despacho Uría Menéndez que asesoraron a la entidad desde el 17 de febrero de ese año hasta su resolución en junio, etapa en la que fue presidente el también imputado Emilio Saracho. También instó al juzgado a que oficiara a una notaría a fin de recabar actas de manifestaciones de algunos consejeros, como es el caso de Jaime Ruiz Sacristán.

Este antiguo miembro del Consejo plasmó en un documento que llevó ante notario que desconocieron los efectos de la decisión y también que ni antes ni después de la reunión se puso a disposición de los consejeros el borrador de la carta enviada al Banco Centra Europeo (BCE) ni el acta de este encuentro. Ron sostiene, al respecto, que este punto habría que abordarlo insistiendo en que la entidad era solvente a fecha de su resolución, como así lo apuntaron los expertos del Banco de España en su peritaje al juzgado.

Diligencias "impertinentes"

Sin embargo, el magistrado Calama declinó de plano practicar todas estas diligencias explicando que, de la lectura del acta en cuestión, se descartan "florituras interpretativas". El magistrado rechazó abrir esta nueva vía y precisó que en aquella reunión se adoptó un acuerdo "esencial" para la viabilidad del Popular y que los que la acordaron estaban capacitados para tomar dicha decisión.

Sin embargo la defensa de Ron recurrió su auto ante la Sala de lo Penal para que fuera ésta la que se pronunciara en última instancia. Los magistrados lo hacen suscribiendo los razonamientos del titular del Juzgado Central de Instrucción número. De hecho, le reprochan que si su pretensión es investigar "el acto de formación de la voluntad de los consejeros para la votación del acuerdo", debe rechazarse porque esas diligencias se apartan del objeto de investigación de esta causa.

"El solicitante da a entender que el voto de algunos consejeros estaba viciado pues se ocultó, por el presidente del Consejo y los abogados externos que los asesoraban, los efectos que esa decisión podrían tener para el banco", concluyen y añaden: "No se puede ignorar la minuciosa investigación de la que se desprenden elementos incriminatorios en relación a las posibles alteraciones contables que se mostraron a los inversores en los folletos de inversión", indican.

Así pues, la Audiencia centra el objeto de esta investigación penal en la caída del Popular y en su verdadera situación en los años previos a la resolución por parte de la JUR. Por ello, califican las propuestas de Ron de "netamente impertinentes" ya que provocarían alargar mucho más un procedimiento que va camino de sumar cinco años en este órgano.

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