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España

Un magistrado del Constitucional cree que debió inadmitirse el recurso del PSOE sobre los votos nulos

El conservador Enrique Arnaldo defiende en un voto particular que no existe un "derecho general" al recuento de papeletas nulas y significa cómo tanto la Junta Electoral como el Supremo han desestimado la pretensión de los socialistas

Sede del TC
Sede del TC

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Enrique Arnaldo ha defendido en un voto particular que el recurso presentado por el PSOE para revisar unos 30.000 votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la circunscripción de Madrid se debió inadmitir, al considerar que no hay "un derecho general" al recuento de votos nulos.

El voto particular, informa Ep, discrepa de la mayoría progresista de la Sala Segunda, que la semana pasada acordó dar vía libre al amparo electoral del PSOE. Solo Arnaldo y el otro magistrado conservador de dicha sala, César Tolosa, votaron en contra.

Para Arnaldo, "es indiscutible" que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General "no reconoce un supuesto derecho general e incondicionado a la revisión de los votos nulos no protestados en el acto del escrutinio general, como el pretendido por la formación política recurrente en amparo".

"Esta ha recibido una fundada respuesta desestimatoria a su pretensión, primero en las resoluciones de las Juntas Electorales Provincial y Central, y finalmente en la sentencia del Tribunal Supremo", recuerda.

Además, sostiene que "no ha existido en el presente caso lesión alguna de los derechos fundamentales de participación política que alega el partido recurrente, violación que (...) es condición 'sine qua non' para que este tribunal pueda ejercer su tutela jurisdiccional".

En este sentido, razona que, "si no existe lesión de derechos fundamentales, huelga preguntarse por la especial trascendencia constitucional del recurso de amparo" que, señala, alegaron sus compañeros progresistas para admitir la petición socialista.

Según las fuentes jurídicas consultadas, está previsto que la Sala Segunda se reúna esta semana para resolver sobre el fondo del asunto, esto es, si autoriza o no el recuento de votos nulos que reclama el PSOE.

Las papeletas nulas permitieron proclamar al dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo, "cercenando" así la posibilidad de que el socialista Javier Rodríguez Palacios se hiciera con el escaño, según alega el PSOE.

De conseguir un escaño más, el PSOE tendría más fácil una hipotética investidura de Pedro Sánchez porque ya no necesitaría el voto a favor de Junts, sino que le bastaría con una abstención del partido de Carles Puigdemont.

Inadmitida la recusación de la magistrada Laura Díez

De momento, este lunes la Sala Segunda del TC ha inadmitido por unanimidad la recusación del PP contra la magistrada Laura Díez en el recurso de amparo electoral para la revisión de los votos nulos en Madrid. Los 'populares' sostenían que Díez debía ser apartada por su pasado como cargo en Moncloa. La Sala entiende que los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causaa Sala Segunda del TC por unanimidad ha inadmitido la recusación del PP contra la magistrada Laura Díez en el recurso de amparo electoral para la revisión de los votos nulos en Madrid. La Sala entiende que los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causa.

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  • P
    Pontevedresa

    Que vergüenza que la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, consienta que esa inquietante y espectral sra. Laura Díez que ha servido a Sánchez en la Moncloa, que ha desechado informes y ha buscado uno de un subalterno, pueda llevar el absurdo asunto de las papeletas de voto nulo. La nulidad podría estar en el sobre, o en voto duplicado, y eso no se puede saber.