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Los letrados del Congreso dudan de la constitucionalidad de la amnistía: se requiere una reforma de la Carta Magna

El informe dispone que el contenido material de la norma del PSOE podría entrometerse en competencias "exclusivamente" reservadas a los juzgados y tribunales

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El Congreso de los Diputados EP

Un nuevo informe emitido por los letrados del Congreso advierte serias dudas sobre la constitucionalidad de la futura ley de amnistía. Los juristas de la Comisión de Justicia exponen que en la Carta Magna no se recoge ningún precepto que ofrezca la posibilidad de aprobar una medida de gracia como la que intenta sacar adelante el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

En el escrito desarrollan serias dudas sobre la cabida de la ley de amnistía en la Constitución y, en respuesta al texto presentado por los socialistas en la Cámara Baja plantean dudas sobre si el mismo podría estar amparado por los mismos supuestos que la Ley de Amnistía de 1977. Los letrados señalan que "la afirmación de que la amnistía previa a la Constitución formara parte del pacto constitucional originario genera dudas de que pueda constituir la premisa a partir de la cual se pueda deducir que la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución".

El texto avanzado por La Vanguardia y al que ha tenido acceso Vozpópuli, pone sobre la mesa pone sobre la mesa el rechazo, expresado en varias ocasiones, de las Cortes Generales a la redacción de esta medida. Los juristas mencionan que hecho de que la Carta Magna desautorice de manera expresa los indultos generales y de que la amnistía fuese tumbada anteriormente en el seno del debate constituyente es prueba de ello.

"La iniciativa contenida en la presente proposición plantea dudas de que pueda tener cabida en la Constitución, de manera que debiera ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional", añaden.

Asimismo, los juristas señalan que el contenido de la norma no es "en todo o en parte" una actividad que competa al poder Ejecutivo o a la Administración, a pesar de los intentos del PSOE por clasificarla en la exposición de motivos como una "ley singular". El contenido material de esta iniciativa -matizan- podría recaer sobre competencias de carácter jurisdiccional, que en términos taxativos está atribuida "exclusivamente a los juzgados y tribunales", según se recoge en el artículo 117.3 de la Constitución.

Indeterminación de los delitos amnistiados

En lo referido al articulado de la proposición de Ley orgánica de la amnistía, el informe apunta a la "indeterminación de los delitos comprendidos" en la misma. El documento pactado entre el PSOE y los independentistas habla de todos aquellos actos destinados a reivindicar, promover o procurar la independencia de Cataluña, términos que -según los letrados del Congreso- se trata de un espectro sin determinar. Asimismo, remarcan que la norma concluye con inciso final que abre aún más este campo: "Así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad".

"Esta indeterminación podría lesionar el principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 CE, el cual, ha declarado el Tribunal Constitucional (STC 147/1986 FJ 3), se ve claramente afectado por una institución como la amnistía", sentencian.

Según los letrados de la Comisión la indeterminación de los delitos que serán amnistiados "puede afectar a la aplicación igualitaria de la Ley", uno de los dogmas transversales de la Constitución Española.

Los expertos aprecian, además, que la falta de determinación en el ámbito de aplicación, tanto en cuanto a los delitos amnistiados como al plazo en que se cometieron, "que no se corresponde con el carácter excepcional de una extinción de responsabilidad ni con las exigencias de una ley singular", puede afectar también al principio constitucional de seguridad jurídica y "dificultar la aplicación unívoca de la Ley".

Daña el derecho europeo

Respecto al delito de malversación cometidos por los independentistas y que la ley de amnistía pretende exonerar, los juristas afirman que dicha extinción de responsabilidad "podría comprometer la armonización y la efectividad de las normas reguladoras de los delitos de esta índole, perseguidas por el Derecho de la Unión Europea".

Sobre los delitos de terrorismo, los letrados del Congreso mantienen la misma vía aclaratoria. Es decir, apuntan que el derecho comunitario exige que "los Estados miembros adopten las medidas necesarias para que se castigue la complicidad, la inducción y la tentativa" para garantizar que estos delitos enumerados sean castigados "con sanciones penales eficaces, proporcionadas y disuasorias". Por ello, entienden que "la exclusión de la aplicación de la amnistía" afecte a delitos de terrorismo sólo cuando haya recaído sentencia firme -tal y como se recoge en el Artículo 2 de la proposición de ley del PSOE- "puede ser contraria al Derecho europeo".

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