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¿Qué puede hacer la Justicia española contra la invasión rusa en Ucrania?

Las reformas de 2009 y 2014 de la justicia universal dificultan, en gran medida, las diligencias de investigación incoadas en la Fiscalía para perseguir delitos cometidos por “el acto de guerra” de Rusia

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La Fiscalía General del Estado está dispuesta a cooperar con la Justicia Internacional para perseguir posibles delitos tras la invasión rusa en Ucrania. Dolores Delgado ya ha anunciado que el organismo que dirige ha incoado diligencias para investigar los hechos derivados de este "acto de guerra" de Vladimir Putin y avisa que el ente que dirige es competente para asumir la investigación y prestar cooperación internacional, pese a la última reforma legal de la Justicia Universal que cercenó la posibilidad de respuesta de los tribunales españoles.

De hecho, esta reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que sacó adelante el Partido Popular en 2014 (tras una primera limitación impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2009) plantea serias dudas sobre el verdadero margen de actuación para perseguir delitos derivados de la invasión rusa de la que hoy se cumplen 14 días. A falta de conocer el avance de estas diligencias que se van a seguir en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el Ministerio Público avisa que se investigarán delitos de lesa humanidad o genocidio en los términos que marca la Ley.

De esta forma, se perseguirán, por un lado, hechos cometidos por españoles fuera del territorio nacional (en este caso en Ucrania) y, por otro, contra extranjeros residentes en España que tuvieran algún tipo de implicación en la invasión de Ucrania. Se trata de supuestos que no parecen haberse cumplido a día de hoy, si bien son diligencias muy incipientes que buscan, principalmente, prestar auxilio y colaboración a la Corte Penal Internacional, máxime después de que ya haya comenzado a investigar a Putin por crímenes de guerra y lesa humanidad.

Iniciativa como ministra de Justicia

En su decreto de este martes, Delgado apela a la norma de 1985 -que garantizaba jurisdicción universal sin limitación alguna- y lanza un dardo a la reforma de 2014 al apuntar que restringió la capacidad de respuesta de los tribunales españoles frente a la impunidad de crímenes de derecho internacional. Esta limitación legal (que frenó en seco algunas investigaciones como la del asesinato del cámara José Couso en Irak o la causa contra China por genocidio en el Tíbet) se mantiene a día de hoy pese a los movimientos del Gobierno anunciados hace 3 años para modificar la ley.

De hecho, la propia Delgado puso en marcha en 2018, durante su etapa como ministra de Justicia, un consejo asesor para recuperar la Jurisdicción Universal en los términos en los que se redactó en 1985. Sin embargo, no se impulsó un cambio legal ni entonces ni en 2021, cuando la coalición de Gobierno alcanzó un principio de acuerdo para modificar la reforma de 2014. Por ello, catedráticos de Derecho Internacional Público consultados por Vozpópuli, muestran sus recelos acerca del alcance real que puedan tener las diligencias incoadas por la Fiscalía.

Escaso margen de actuación

La fiscal general del Estado, que ya se reunió este viernes con su homóloga ucraniana en aras a buscar vías de colaboración, apela a los tratados internacionales que garantizan la protección de la población civil en conflictos armados y recuerda que la Constitución regula de manera clara el alcance de los principios internacionales. No obstante, los expertos consultados aseguran que la jurisdicción universal quedó muy limitada primero en 2009 y luego en 2014, sin que ningún partido político haya impulsado desde entonces una modificación legal al respecto.

Por ello el ámbito de actuación de la Fiscalía, más allá de prestar cooperación internacional, queda bastante cercenado a casos de hechos cometidos por ciudadanos españoles; extranjeros residentes en España o extranjeros que se encuentren en nuestro país y se les haya denegado su extradición. A ello se añade otro requisito y es que estos hechos no se estén investigando en un Tribunal Internacional o por la Jurisdicción de un país ya que, de producirse ese escenario, España también carecería de competencia.

La Fiscalía, por contra, apunta en su Decreto que "nadie puede dudar de la existencia de víctimas de nacionalidad española" en la guerra. Además, recuerda que solo el Ministerio Fiscal es el competente para identificar los hechos concretos que les afectan y defender sus intereses en el marco de lo que califica como "acto de guerra no justificado" que ha derivado en "violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario". "No existe legítima defensa en el ilícito actuar por parte de la Federación de Rusia, como tampoco autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, únicas circunstancias que convertirían en lícitas las actuaciones ejecutadas", reza.

Las vías de Putin

Tampoco es mucho más optimista el escenario que se vislumbra para que Vladimir Putin rinda cuentas ante la Justicia. Los expertos consultados consideran que la vía de la Corte Penal Internacional es poco probable dado que la propia Rusia retiró en 2016 su firma del Estatuto de Roma, en cuyos artículos 7 y 8 regula los crímenes de lesa humanidad y de guerra. Por lo tanto, ni la propia Rusia ni Ucrania figuran como miembros de este tribunal de La Haya que, no obstante, podría impulsar una investigación por estos hechos en caso de que así lo acordase el Consejo de Seguridad de la ONU.

Pese a ello, esta alternativa tampoco parece factible porque, tal y como dispone el Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas, para aupar una investigación de este calibre debería haber voto a favor de los cinco miembros permanentes. El hecho de que Rusia sea uno de ellos (junto con Estados Unidos, Reino Unido, Francia y China) dificulta la posibilidad real de abrir esta vía. Por ese mismo motivo, se descarta también que el Consejo de Seguridad pudiera crear un tribunal penal internacional 'ad hoc', como ocurrió en Yugoslavia o Ruanda, para que la Justicia repare las víctimas de crímenes internacionales.

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