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España

El juez da 48 horas a Luceño para que presente una fianza de 4 millones

Ordena además recabar un informe del Sepblac y también se dirige a la Cámara Internacional de Comercio para que se pronuncie sobre el contrato para el suministro de mascarillas al Ayuntamiento de Madrid

Alberto Luceño, en una imagen de archivo.

Alberto Luceño tiene 48 horas de plazo para abonar una fianza de 4 millones de euros al juzgado que le investiga por el caso mascarillas. El magistrado Adolfo Carretero le ha dado este margen de tiempo para que responda con sus bienes en el juzgado que le investiga por haber cobrado unas comisiones de cinco millones de dólares con el contrato suscrito en plena pandemia con el Ayuntamiento de Madrid.

Esta es una de las varias diligencias que acuerda el titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid en el marco de la causa abierta contra el empresario Luceño y su socio en este negocio, Luis Medina, según consta en nuevos autos a los que ha tenido acceso Vozpópuli. Así, al margen del plazo de dos días que le da al empresario, el magistrado Carretero también ordena recabar un informe del Sepblac (el ente que avisó de un posible blanqueo de capitales por parte de los dos empresarios) y también documental de la Cámara de Comercio Internacional (ICC).

En lo que respecta a Luceño, el juez al frente de la causa explica que, hasta el momento, solo se le ha podido embargar una vivienda de lujo que adquirió en Pozuelo de Alarcón (Madrid) por un millón de euros, diversos vehículos de alta gama por importe de 946.136 euros y un saldo en cuentas corrientes de 129.000 euros. Todas estas cuantías son insuficientes para cumplir con la fianza de 6,2 millones de euros; cifra por la que tendría que responder ante la Justicia y que equivale a los cinco millones de dólares de comisiones que obtuvo por mediar en este contrato de mascarillas, guantes y test al consistorio madrileño.

No hay alzamiento de bienes

Por ello, el juez explica que debe fijarse una fianza de 4 millones de euros, como solicita Anticorrupción, "susceptible de ser ampliada si no se encuentran bienes de otro investigado". De hecho, en su auto explica el instructor que se debe oficiar al Punto Neutro Judicial y a la Agencia Tributaria para que informe al juzgado de todos los bienes muebles de valor e inmuebles de Luceño y de su sociedad Takamaka Invest SL, de la que es administrador. En caso de que no pague la fianza en dos días, el juez procederá a embargar todos los bienes que estén a su nombre y los de la mercantil.

Con todo, Carretero descarta ampliar su imputación al delito de alzamiento de bienes, como sí hizo con Luis Medina. El magistrado razona al respecto que, a diferencia de su socio, Luceño no realizó disposiciones patrimoniales tras su declaración en la Fiscalía Anticorrupción en abril del año pasado. Además, recuerda que ha aportado los relojes de lujo que adquirió con las comisiones repartidas y que ha justificado los gastos necesarios para su vida personal y de la mercantil Takamaka Invest.

Tampoco ampliará la imputación por delito fiscal, como solicitó el partido Podemos, porque no hay indicios, por el momento, de elusión de impuestos "máxime cuando la sociedad que creó es administrada también por él y es su único socio", razona. Así pues decide mantenerle los tres delitos iniciales por los que se querelló la Fiscalía Anticorrupción relativos a estafa agravada, falsedad documental y blanqueo de capitales.

La Cámara de Comercio

Al margen de la imposición de fianza a Luceño, el juez también ordena recabar un informe del Sepblac y documental varia de la Cámara Internacional de Comercio. En lo que respecta a este último ente, lo que hace es librar una comunicación al comité Español de la ICC adjuntando los contratos suscritos por los dos investigados con el membrete de la misma a fin de que pueda pronunciarse sobre la veracidad de estos documentos.

El juez quiere saber cuatro puntos concretos: si la Cámara ha participado en la elaboración del contrato que ahora investiga la Justicia o ha autorizado que se incorpore su membrete a los mismos; durante qué períodos se han empleado en sus documentos los membretes; si Luceño o Medina son o han sido socios de la institución y, finalmente, que se informe al juzgado si este organismo tiene establecidas pautas o recomendaciones sobre los porcentajes de las comisiones que se consideran adecuados para los mediadores de este tipo de contratos.

"Ocultaron su exorbitante comisión"

El juez precisa en un tercer auto separado que el Ayuntamiento de Madrid y la empresa pública que suscribió el contrato de urgencia "fueron presuntamente engañados" por estos dos empresarios ya que "ocultaron su exorbitante comisión" en los tres contratos firmados por Leno y el Ayuntamiento. El juez insiste en que fue Luceño quien fijó el precio de estos tres acuerdos comerciales (que ascendió a 11 millones de dólares) y, con ello, causó un perjuicio económico a la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid.

Tanto el Ayuntamiento como la Funeraria fueron presuntamente engañados por Medina y Luceño que ocultaron su exorbitante comisión en los contratos

El juez insiste en que este perjuicio se produjo en paralelo a su "enriquecimiento" y el de Medina y pese a las quejas del Ayuntamiento por la mala calidad de los guantes y de los test. De esta forma da respuesta a la solicitud formulada por la defensa de Medina contra la personación de estos dos entes en la causa. El empresario recurrió la decisión del juez alegando que no se les podía tener como perjudicada porque "aceptó y consintió" los tres contratos en cuestión.

El magistrado, por contra, mantiene la tesis de la Fiscalía Anticorrupción que sostiene que el consistorio es un perjudicado de estos hechos ya que, tal y como los propios investigados defendieron en su declaración ante la Fiscalía, ningún empleado de la Administración conocía que ellos dos se iban a repartir 6 millones de dólares con este pelotazo. Por ese motivo el Ministerio Público se opuso la pasada semana a la petición de algunas acusaciones populares de imputar a ningún cargo del consistorio en esta causa. El juez tiene pendiente pronunciarse por este asunto.

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