Quantcast

España

Varapalo de la Audiencia a Marta Rovira por ocultar su paradero en Suiza: "No es suficiente con decir la ciudad"

La Sala de lo Penal da la razón al juez y confirma la comisión rogatoria a Suiza después de que la número dos de ERC, imputada por terrorismo en el caso de Tsunami, se niegue a dar su domicilio

La secretaria general de ERC, Marta Rovira
La secretaria general de ERC, Marta Rovira EP

La Audiencia Nacional ha apercibido a Marta Rovira por ocultar al juez del caso de Tsunami Democràtic la dirección de su domicilio de Suiza. La Sala de lo Penal ha dado la razón al juez instructor y también a la Fiscalía que avisaron que tiene que notificar a la Justicia la dirección donde reside en Ginebra desde su huida en 2018, para ser considerada parte del procedimiento. "No es suficiente con decir la ciudad", alegan.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, los magistrados recriminan a la secretaria general de ERC que se niegue a facilitar esta información al juzgado y avisan que la orden del juez el pasado mes de noviembre de librar una comisión rogatoria al país helvético para localizarla es firme.

De esta forma la Sección Tercera de la Sala de lo Penal desestima el recurso de la republicana contra el auto del magistrado Manuel García Castellón en el que requería a su abogado que informarse de una dirección en Ginebra en la que poder localizarla.

El movimiento se produjo después de que el instructor del caso contra Tsunami Democràtic la imputara por delito de terrorismo junto con una decena de personas, entre las que se encuentra Carles Puigdemont. Semana después de implicarles en el procedimiento, el magistrado libró una comisión rogatoria a Suiza para localizar a la 'número dos' de ERC.

Marta Rovira oculta donde vive

Rovira recurrió la decisión del instructor y apeló a directivas europeas y a la Ley de Enjuiciamiento Criminal para reivindicar que está perfectamente localizada. Su procurador presentó escrito ante el Juzgado Central de Instrucción número 6 y también escritura de poder notarial a la par que solicitó que decayera la comisión rogatoria librada al país helvético.

Sin embargo, ni el magistrado ni la Fiscalía respaldaron su criterio. El instructor desestimó su recurso explicando que su derecho de defensa se estaba ejerciendo en esta causa "con plenitud" en tanto su abogado había tenido acceso al contenido íntegro de las actuaciones. Las mismas arrancaron en la Audiencia Nacional en 2019 por presunto terrorismo, aunque la Fiscalía aboga por dirigir la investigación por desórdenes públicos graves.

La parte subraya que la investigada desenvuelve su vida en Ginebra, pero no especifica aquel domicilio. No es suficiente con decir la ciudad. Es necesario la calle, el número, el piso, la puerta... en fin, los detalles para que pueda ser citada Respuesta de la Audiencia Nacional

El magistrado afeó a Rovira que, más allá de informar que reside en Suiza desde 2018, nada se sabe del lugar donde se encuentra. Ante la ausencia de la información, el magistrado se vio legitimado para pedir auxilio a Ginebra, a la que también se ha dirigido para rastrear movimientos bancarios relacionados con la financiación de Tsunami Democràtic.

Ahora, la Sala de lo Penal ha respaldado al instructor y ha avisado que informar de la designación de procurador no basta para lo que aquí se le reclama, ya que quien se persona es el ciudadano. "La personación es un acto formal que, como regla, requiere de postulación (...). La personación válida sólo puede ser la del afectado", responden los magistrados.

Puso como domicilio la sede de ERC

Al hilo, explican que Rovira cuenta con amparo legal y que el juzgado que investiga las acciones radicales de Tsunami Democràtic "no incurrió en equivocación jurídica alguna por no aceptar la personación". Es decir, se le da traslado del material de la causa a su defensa letrada pero no se pronuncia sobre su petición de personación, sin que ello implique una vulneración de su derecho de defensa.

"El domicilio que se indica de Barcelona no es el que le pedía el Juzgado a quo; éste ya sabía el domicilio del partido político de la investigada, por notorio. Al requerir, el Juzgado a quo obviamente pedía el domicilio personal, particular. Esto último tampoco puede ser suplido por la designación de un procurador", indican.

Por ese motivo avisan que debe facilitar información más precisa como "la calle, el número, el piso y la puerta" para que pueda ser citada por la Justicia española. Además, respaldan al juez en su intención de mantener la comisión rogatoria y recuerdan que ésta hubiera decaído si la 'número dos' de Oriol Junqueras hubiera cumplido con lo que le reclama la Audiencia Nacional.

Imágenes interceptadas en el dispositivo de Josep Campmajó, empresario amigo de Puigdemont y uno de los 'cerebros' de Tsunami Democràtic
Imágenes interceptadas en el dispositivo de Josep Campmajó, empresario amigo de Puigdemont y uno de los 'cerebros' de Tsunami Democràtic

"Si informa del domicilio verdadero, el objeto de la comisión rogatoria decae y ésta puede dejarse sin efecto. Pero la parte recurrente no admite esa condición: quiere que el juzgado deje sin efecto la comisión rogatoria sin más. Y el juzgado no sólo en absoluto viene obligado a ello, sino que a lo que viene obligado es a lo contrario: dado que está ante una persona a que atribuye el rol de investigada en el presente proceso penal, tiene que convocarla a éste", recoge el auto.

Tsunami, entre la Audiencia y el Supremo

Finalmente, apoya también al instructor en cuanto a que no se le está vulnerando su derecho a defensa. Desde su imputación por sus vínculos con esta plataforma, su abogado ha tenido acceso a todo el sumario de la causa. Por ello, la Sala matiza que esta decisión "no afecta, en absoluto al reconocimiento pleno del ejercicio del derecho a defensa", sino que se trata de cuestiones informáticas fácilmente subsanables.

"Hay un trecho conceptual del tamaño de un océano entre dichas dificultades puramente técnicas, realmente prosaicas, en su caso, y una vulneración del derecho de defensa con asistencia de abogado", determinan. Y, por ello, tumban su recurso y respaldan la decisión del juez.

Con todo, los cuatro años de investigación de este procedimiento que ha puesto en jaque la amnistía se anularán en el momento la norma entre en vigor. Cabe reseñar que el magistrado envió una exposición razonada al Tribunal Supremo en noviembre para que asumiera la parte de las pesquisas que afectan a Puigdemont y al diputado de ERC también huido a Justicia Rubén Wagensberg.

La Sala de lo Penal, tras recabar informe de la Fiscalía, concluyó por unanimidad que hay indicios para investigar a Puigdemont por su "rol de liderazgo" en Tsunami. Así pues, abrieron causa contra el expresidente catalán, aunque declinaron asumir las pesquisas que afectan al resto, las cuáles continuarán bajo la batuta de García Castellón en la Audiencia Nacional.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.

  • J
    joluisma

    No me creo la notiocia, la AUDIENCIA NACIONAL puede exigir al MINISTERIO de HACIENDA que le facilite la cuenta bancaria y consecuentemente el banco suizo donde se le transfiere el dinero desde CATALUÑA, ó vive del aire.