Quantcast

Andalucía

Absuelto un condenado por cultivo de marihuana porque la Guardia Civil no recuerda lo que dijo el acusado

Una declaración "incosistente" para la Audiencia Provincial de Sevilla, ha dejado en libertad y absuelto a un vecino de Aznalcóllar, ya que la única prueba de cargo era el testimonio de un agente de la Guardia Civil que más de cuatro años desde el atestado no recordaba muy bien cuales fueron las palabras del acusado

Imagen de archivo de una plantación de Marihuana GUARDIA CIVIL

"Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía" esta frase atribuida al célebre filósofo, político y pensador Séneca podría describir perfectamente lo ocurrido en la Audiencia Provincial de Sevilla, cuando ha absuelto a un hombre acusado de cultivo de diez plantas de marihuana en una nave de la que tenía el usufructo. Este vecino de Aznalcóllar presentó un recurso de apelación contra una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número siete, que le condena a un año y tres meses de prisión y una multa de 5.740 euros, por un delito contra la salud pública.

Para este recurso, al acusado sólo lo podía implicar en dicho hecho el testimonio de un Guardia Civil. La única prueba de cargo que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla tiene para analizar es la eclaración en el juicio de un agente de la Guardia Civil, que "por el tiempo transcurrido, no pudo concretar qué fue lo que dijo el acusado cuando le preguntaron por el origen de la plantación, aunque cree que le manifestó que era suya para uso terapéutico". Y aquí entra en juego la justicía tardía, ya que dicha declaración se produce cuatro años después de que se levantase el atestado por cultivar marihuana, por tanto es entendible que el agente de la Guardia Civil no recordase con exactitud las palabras del acusado. La Audiencia ha sido compresiva con el agente asegurando que "no dudamos de la profesionalidad del funcionario policial, pero lo cierto y verdad es que estamos ante una declaración que, además de lógica, pues cuando la misma se produce habían pasado más de cuatro años desde que se levantó el atestado, puede calificarse de vaga e inconsistente". El tribunal ve además "especialmente relevante" que el acusado, que alegaba que la plantación era de su cuñado, fallecido después de la primera inspección ocular a la finca, "de manera voluntaria, permitió la entrada de la Guardia Civil en la finca hasta en cuatro ocasiones para realizar una inspección del lugar con el fin de tratar de averiguar cómo fallecieron los perros de su propiedad".

El Juzgado de lo Penal número siete declaró probado que el acusado, vecino de Aznalcóllar, "se dedicaba al cultivo de plantas de cannabis en la parcela de la que tenía el usufructo sita en el polígono ganadero la Arosa de la localidad de Aznalcóllar, ocupándosele un total de diez plantas de entre 1,7 y 2,5 metros de altura, cuyas hojas y tallos alcanzaron un peso de 5.504 gramos con un principio activo de THC del 0,12%, con un valor en el mercado de 5.740,67 euros".

Una sentencia absolutoria

"Parece lógico pensar que si el ahora acusado era propietario de las plantas, no hubiera estado tan solícito y servicial con la fuerza actuante, pues, en otro caso, se arriesgaba a ser descubierto", razona la Audiencia. Es cierto que las plantas incautadas estaban en la finca que utilizaba el acusado, siendo igualmente cierto que, debido a la cantidad decomisada, se puede presumir que dicha sustancia estaba destinada o preordenada a la venta, pero se generan muchas dudas acerca de la titularidad de la misma y sobre la posible intervención del acusado en los hechos por los que ha sido condenado", resume el tribunal.

"El procedimiento ha quedado huérfano de prueba de cargo para efectuar la condena del acusado, no existiendo ningún elemento probatorio que posibilite acoger la tesis acusatoria, razón por la que, sobre la base de la presunción de inocencia, procede el dictado de una sentencia absolutoria", concluye la Sección Tercera de la Audiencia, que estima por completo el recurso de apelación del condenado, revoca la sentencia condenatoria y absuelve a este vecino de Aznalcóllar.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.