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Economía

Estados Unidos condena que España apruebe unilateralmente la 'tasa Google'

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump.

Estados Unidos condena que España haya aprobado este miércoles en el Senado la creación de un impuesto sobre determinados servicios digitales que gravará la actividad de gigantes tecnológicos como Google y Facebook, y se opone a que haya tomado esta medida de forma unilateral y no en coordinación con otros países, según han señalado fuentes del Departamento de Estado a Vozpópuli. 

"Estados Unidos se opone a la imposición unilateral de impuestos sobre servicios digitales. Estas medidas dañan a los consumidores de esos servicios gravados y asfixian la innovación y el crecimiento económico global. Estados Unidos sigue apoyando las negociaciones de la OCDE hacia una solución basada en el consenso para cuestiones de fiscalidad internacional", destacan esas fuentes ante la consulta de este medio. 

El Departamento de Estado, encargado de la política exterior del país, no ha querido aclarar si EEUU baraja alguna represalia contra España por esta medida, como podría ser la imposición de aranceles a la importación de productos españoles, algo que dañaría nuestro mercado exportador y el tejido productivo. 

Esta medida ya ha sido utilizada por el presidente estadounidense, Donald Trump, por el mismo motivo contra Francia, a la que impuso en julio de este año aranceles a productos galos importados por EEUU que alcanzaban un valor total de 1.150 millones de euros. Estos aranceles -que tienen que pagar los importadores estadounidenses al adquirir esos productos- los encarecen considerablemente en comparación con los de otros países, lo que provoca una caída automática de las compras en favor de los productos de otros países competidores. 

España aprobó este miércoles definitivamente la creación de la llamada 'tasa Google' por 134 votos a favor, 101 en contra y 28 abstenciones en el Senado, la última cámara por la que tenía que pasar el proyecto de ley antes de ser ratificado. Al ser un impuesto de nueva creación, su tramitación es independiente de los Presupuestos Generales del Estado. 

España lo aprueba por su cuenta

El Gobierno ha seguido adelante con la tramitación de esta figura pese a que la Unión Europea está negociando para crear un impuesto consensuado en todos los países comunitarios y pese a que la OCDE -en la que está EEUU- también está en discusiones para gravar los servicios digitales. El Ministerio de Hacienda, no obstante, ha señalado siempre que una vez se logre ese acuerdo, España adaptará su tributación a la internacional.

Una vez aprobada, ahora sí el Ministerio de Hacienda podrá incorporar esta figura tributaria a sus cuentas para el ejercicio 2021 y sumar la recaudación esperadas en el apartado de ingresos. 

El Gobierno había calculado en 2019, cuando preparó las cuentas de ese año que no vieron la luz, que con la 'tasa Google' recaudaría unos 1.200 millones de euros anuales, pero en el momento de aprobación del anteproyecto en la legislatura actual, el Ejecutivo rebajó sus expectativas hasta los 968 millones de euros, coincidiendo con la previsión que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) hizo en 2018 de cara a 2019.

Este nuevo impuesto gravará con un tipo del 3% a las empresas con ingresos anuales de 750 millones de euros a nivel mundial y que tengan ingresos superiores a tres millones de euros en España. Los servicios a los que se aplicará este impuesto serán los de publicidad dirigida en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.

Tasa Tobin

El Senado aprobó también este miércoles el proyecto de ley del impuesto a las transacciones financieras, conocido como 'tasa Tobin' por 155 votos a favor, 98 votos en contra y 8 abstenciones.

Este tributo, con el que espera recaudar 850 millones de euros al año, gravará con un 0,2% las operaciones de compraventa de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros.

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