Quantcast

Economía

Benjumea logra su primera victoria contra la banca y se asoma a la salida del concurso

Los bancos acreedores de Abengoa tendrán que aceptar terrenos que dicen que fueron valorados en más de 100 millones y ahora valen 10. Felipe Benjumea ve ahora más cerca la salida del concurso de acreedores de su sociedad de inversión

Felipe Benjumea, expresidente de Abengoa.
Felipe Benjumea, expresidente de Abengoa.

Primera gran victoria judicial de Felipe Benjumea contra la banca española acreedora de Abengoa.

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha dado validez a un precontrato de dación en pago acordado entre sociedades del expresidente de Abengoa y la banca acreedora al que las entidades se oponían.

La decisión judicial supone que Santander, Caixabank, Sabadell, Unicaja y Bankinter tendrán que aceptar quedarse con terrenos que fueron valorados en más de 100 millones de euros y que ahora, defienden los bancos, valen poco más de 10 millones.

La administración concursal valoró los terrenos en Sevilla en 107 millones; la banca dice que valen 10,7 millones

La reciente sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, abre la puerta a la salida del concurso de Inversión Corporativa, la sociedad de inversión a través de la cual la familia Benjumea y sus socios en Abengoa controlaban la mayoría del capital de la multinacional energética.

Felipe Benjumea se vio obligado a solicitar el concurso de acreedores de su sociedad de inversión, Inversión Corporativa (IC), con motivo de la crisis del grupo Abengoa. IC pasó de controlar el 57% de Abengoa a menos del 3%. El concurso de la sociedad de Benjumea fue declarado en 2019.

En las negociaciones para alcanzar un convenio de pago a los acreedores de una deuda de más de 100 millones de euros se acordó la dación en pago de ciertos terrenos en Sevilla, Buenaire, propiedad de las sociedades concursadas de los Benjumea y sus socios, sustituyéndose el levantamiento de cargas hipotecarias de otras fincas.

El juez advierte que no puede paralizar el concurso de una sociedad a la espera de que se revaloricen ciertos activos

La administración concursal designada por el juez asignó una valoración a los terrenos contemplados en el precontrato de 107 millones de euros, mientras que otra valoración encargada por las sociedades concursadas tasaron esos mismos terrenos en 104,7 millones.

Los bancos españoles rechazan que existiera tal acuerdo y defienden que una valoración encargada por ellos mismos estima que los terrenos de Buenaire tienen un valor de 10,7 millones de euros. Además sostienen que, en todo caso, el acuerdo estaba pendiente de una reclasificación urbanística de los terrenos que habría impulsado su valor.

En la sentencia, el juez indica que un procedimiento concursal no puede suspenderse "sólo para ver si mejora la rentabilidad de un activo concursal sujeto ya a una garantía a su favor en espera de una posible revalorización del mismo (...) quedando así el entero concurso a merced de las exclusivas expectativas e interés de tales acreedoras, y a cargo y a costa del previo el esfuerzo de las concursadas y de la administración concursal para ello, como, en definitiva, sería el caso".

El juez advierte de que la valoración realizada por los bancos de los terrenos es "irrisoria" y que no es razonable

El magistrado Miguel Ángel Navarro Robles también señala en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, que la valoración aportada por la administración concursal a los terrenos, de 107 millones de euros, "en ningún momento" fue cuestionada por los bancos.

A pesar de que se ha llevado a cabo la reclasificación de los terrenos en cuestión, los bancos insisten ahora en tratar de tumbar las valoraciones superiores a los 100 millones de euros de los mismos suelos.

El juez, al respecto de la posición de las entidades financieras, dice en la sentencia: "No parece muy razonable que tras la reclasificación urbanística acontecida, con la aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector (...) se haga valer otra [tasación] por las demandadas -una tasación tal, irrisoria en las circunstancias- de los mismos bienes.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.