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El Gobierno excluye de las ayudas directas a las empresas que estén al corriente de sus pagos

Con el arranque del reparto, las comunidades autónomas están informando a las empresas de que sólo podrán conceder ayudas directas a aquellas que tengan facturas o costes fijos pendientes de pago

Sólo las empresas y autónomos que tengan deudas pendientes con sus proveedores o con la banca (tras la petición de préstamos avalados por el ICO durante la pandemia) o costes fijos sin pagar podrán acceder a las ayudas directas que las comunidades autónomas están comenzando a tramitar con las directrices del Gobierno central.

El Ejecutivo de Pedro Sánchez incluye como requisito clave que el solicitante haya perdido al menos el 30% de la facturación en 2020 respecto a 2019. Sin embargo, las empresas dañadas por la covid-19 pero que hayan cumplido con sus obligaciones de pago no podrán acceder a estas ayudas, según confirman fuentes del Ministerio de Economía, autor de la norma, a Vozpópuli.

La Comunidad de Madrid ya está advirtiendo de esa condición a las empresas interesadas, apuntando a que esta criba podría dejar incluso parte de los fondos sin cubrir, según detallan fuentes consultadas por este medio. El Gobierno ha destinado 7.000 millones a estas ayudas, de los que 2.000 millones son para Canarias y Baleares y 5.000 millones se han repartido entre el resto de las comunidades con un criterio no exento de polémica

La Junta de Castilla y León también ha abierto el procedimiento para conceder estas ayudas. Entre las instrucciones marcadas figura, precisamente, que estas ayudas irán destinadas “a satisfacer la deuda y los gastos fijos subvencionables correspondientes a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros”, tal y como estipula el decreto que las regula.

"Se entenderán como deudas o pagos pendientes aquellos que aún no hayan sido satisfechos, independientemente de que los mismos se encuentren dentro del plazo de pago acordado entre las partes o que se consideren impagados por haber superado dicho plazo”, detalla la Junta en su sede electrónica.

La Comunidad de Madrid, Castilla y León y la Comunidad Valenciana son las tres únicas comunidades que ya han iniciado el procedimiento de reparto de las ayudas, y han precisado en sus normas autonómicas que éstas se destinarán al pago de deudas y costes fijos que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y este lunes, 31 de mayo de 2021.

Las empresas estallan contra el Gobierno

Algunos sectores especialmente perjudicados por la pandemia, como el turístico, ya han puesto el grito en el cielo al conocer esta medida. En conversaciones con este periódico, la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE) denuncia la “chapuza” de estas ayudas, con unos requisitos “incoherentes”.

“Todos aquellos que han cumplido o han intentado cumplir con la ley de morosidad (que obliga a pagar a los proveedores como máximo en 30 días) y mantener su negocio a flote de una manera responsable y ética, sin echar abajo a sus proveedores, están penalizados. Ya no tienen facturas pendientes de pago suficientes para demostrar o justificar las ayudas”, explica César Gutiérrez Calvo, presidente de FETAVE.

Habrá empresas que no hayan podido pagar y les pueda servir, pero ¿qué pasa con todos los que han intentado hacer sus deberes?

Las agencias de viajes denuncian que esas ayudas “no deberían tener como objetivo que se paguen las facturas pendientes, sino ayudar a las empresas que llevan un año soportando una serie de gastos y ya no pueden más".

"Habrá empresas que no hayan podido pagar y les pueda servir; pero ¿qué pasa con todos aquellos que han intentado por todos los medios hacer sus deberes pagando sus facturas, autónomos que han dejado de cobrar sus salarios, o empresas que han utilizado todos sus fondos propios y agotado el patrimonio de la empresa y que no han podido acceder a un ICO porque ya estaban demasiado endeudados o simplemente estos eran abusivos en muchos casos?”, se pregunta César Gutiérrez.

También podrán justificar el acceso a estas ayudas aquellos que hayan solicitado un préstamo avalado por el ICO durante la pandemia y tengan que afrontar esa deuda, pero el Gobierno “no pregunta a las empresas a qué va destinado ese dinero”, denuncia FETAVE. “Sin embargo, los que justifican que se han gastado el dinero durante estos 15 meses en pagar la luz, el alquiler o los seguros, no recibirán ayudas”, añade.

De hecho, el otro fondo de ayudas directas a las empresas estratégicas que gestiona la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), dotado con 10.000 millones de euros y enfocado a grandes compañías con peticiones de más de 25 millones, no incluye este requisito de deudas pendientes.

La cuantía de las ayudas no dependerá de las deudas pendientes, sino de la caída en los ingresos

Las agencias de viajes aseguran que han realizado varias consultas al Ministerio de Hacienda sobre este asunto y no han obtenido respuesta, aunque el ministerio de María Jesús Montero precisa a este medio que la competencia recae en el de Economía, liderado por Nadia Calviño, y autor de la norma.

Fuentes de este Ministerio señalan que las ayudas sólo se destinarán a empresas y autónomos con pagos pendientes, aunque precisan que la cuantía de las ayudas no dependerá de la deuda acumulada, sino que irá en función de la caída de ingresos sufrida.

El decreto del Gobierno incita a los impagos

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha advertido de que la redacción del decreto "no parece muy afortunada" y que tiene muchos aspectos "susceptibles de mejora", ya que podría incitar a las empresas incluso a no pagar sus deudas para poder acceder a las ayudas y puede dar lugar a distintas interpretaciones por parte de las comunidades.

"Tomado literalmente, el texto obligaría a los beneficiarios de las ayudas a destinar el remanente de las mismas que pudiera quedar tras pagar las deudas pendientes con proveedores a reducir sus préstamos, comenzando por los ICO, incluso aunque careciesen de liquidez para hacer frente a nuevos pagos a proveedores o cubrir sus costes fijos", explica.

Para cumplir con el requisito de tener deudas pendientes de pago, las empresas y autónomos "podrían verse obligadas a concentrar sus incumplimientos en sus acreedores privados, reforzando así los posibles efectos de bola de nieve que el Gobierno presumiblemente busca evitar con las ayudas", advierten.

Por otro lado, aquellas empresas y autónomos que hasta la fecha han hecho un esfuerzo por hacer frente a sus deudas "con recursos propios o préstamos" sólo podrían destinar las ayudas a devolver deuda, incluso aunque se mantuvieran al corriente de sus pagos. "Queremos pensar que no es esto lo que realmente pretende el legislador", comenta Fedea.

Las comunidades culpan al Ejecutivo de estas limitaciones

Tras la publicación del real decreto-ley que regula estas ayudas el pasado 21 de abril, muchas comunidades autónomas habían denunciado estos problemas, pero tenían esperanza de que el decreto no fuera lo suficientemente claro y pudiera ser objeto de mejora.

"La finalidad de la ayuda parece dirigida a que los acreedores cobren, de forma que discrimina a las empresas que han cumplido con los pagos en tiempo y forma, favoreciendo a aquellas que no lo han hecho y mantienen la deuda. Los requisitos de pago futuro y de prelación, además de complejos, son difícilmente entendibles y justificables", denunció entonces la Junta de Andalucía.

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