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Economía

Extorsión al Ibex: así intentaron estafar a Santander, BBVA y Telefónica con la ley de datos

Interior de la Bolsa de Madrid.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recibido 253 reclamaciones a empresas por el incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Las denuncias se realizaron por el mal tratamiento de la información personal y el deficiente uso de las cookies de determinadas páginas web. Fueron presentadas de marzo a octubre de este año por dos únicas personas y tenían como fin último extorsionar a grandes corporaciones, algunas de ellas del Ibex 35, caso de Banco Santander, BBVA, Telefónica, Endesa o Caixabank.

Por ese motivo la AEPD no ha admitido a trámite ninguna de las 253 demandas presentadas. Según el organismo, no buscaban restañar la vulneración del derecho a la privacidad, sino conseguir rédito económico de manera ilegal.

La forma de proceder era sencilla. Una vez realizada la reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos, los denunciantes enviaban a las empresas una copia del escrito presentado para dar fe de la denuncia. Posteriormente, solicitaban 275 euros a las corporaciones a cambio de retirar la reclamación.

Vulnerar la ley de datos puede suponer para las empresas multas de hasta 20 millones o un 4% de su facruración anual

Utilizaban a su favor que la vulneración del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) puede suponer multas de hasta 20 millones de euros o un 4% de la facturación anual de la empresa.

La AEPD ha tenido acceso a los diferentes hilos de correos electrónicos mantenidos entre los dos denunciantes y las empresas. Tras analizarlos ha resuelto que el objetivo de los reclamantes era conseguir rédito económico de la actividad haciendo un uso indebido de los textos presentados.

Grandes empresas

La mayoría de las compañías extorsionadas eran de gran tamaño. Además de las entidades antes mencionadas, se encuentran Iberia (Vueling), Vodafone, Orange (Simyo o Amena), Prosegur, Mercedes, Renault, Wallapop, Repsol, HP, Pullmantur, Logitravel, Carrefour, FNAC o LinkedIn, entre otras.

"Se pone de manifiesto un ejercicio anormal de su derecho, tanto por cuestiones cuantitativas (recuérdese el número de reclamaciones relacionadas) como cualitativas (presentación de denuncias carentes de documentación en las que las entidades reclamadas contestaban sus reclamaciones)", explica la AEPD en la resolución en la que desestima los escritos de los denunciantes.

El organismo, que vela por que se cumpla la Ley Orgánica de Protección de Datos, concluye que "la actuación de los denunciantes consistente en acudir a los reclamados solicitándoles una solución amistosa de la posible infracción, que supone la obtención de una cantidad de dinero, así como no enviar las respuestas facilitadas, resulta también contrario a la buena fe más básica y elemental".

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