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Cultura

El 155 se aplica también en Cultura: Cataluña tendrá que devolver las obras a Sijena

Cataluña tendrá que devolver las obras a Sijena.

Aragón y Cataluña llevan más de dos años enfrascados en la diatriba por 97 pinturas  del Monasterio de Santa María de Sijena (Huesca) y que permanecen aun en posesión de la Generalitat.Y aunque ya existía una sentencia que ordenaba l Museu Nacional d'Art de Catalunya (Mnac) a restituir las pinturas murales a la Sala Capitular del Real Monasterio de Villanueva de Sijena, en Huesca, el asunto seguía sin resolverse. Sin embargo, este martes, las cosas parecen avanzar hacia una solución.  El ministro Íñigo Méndez de Vigo, que desde la aplicación del artículo 155 asumió las competencias del departamento catalán de Cultura, ha recibido este martes el requerimiento del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Huesc a para poner en marcha la devolución de 44 piezas del patrimonio del Monasterio de Sijena que se encuentran en Cataluña.

El ministro ha contestado que procederá a "solicitar inmediatamente" la información respecto a la "ubicación exacta" de todas y cada una de las piezas pendientes de entrega. Méndez de Vigo aseguró que pedirá también información sobre la fecha en que se procederá a la entrega de los bienes, y medios por los que ésta se hará efectiva: "Tan pronto como se reciba contestación a dicha solicitud de información, se procederá a trasladar la misma a ese juzgado".

El pasado viernes, tras la reunión del Consejo de Ministros, Méndez de Vigo explicó que no había recibido la providencia del 15 de noviembre enviada por el juez de Huesca, que hoy ha llegado al ministerio. En su respuesta al juzgado, el titular de Cultura ha recordado que cualquier actuación está delimitada por el acuerdo del Pleno del Senado, por el que asumió las competencias de la Conselleria de Cultura de la Generalitat tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución española.

Sobre las gestiones específicas, respondió Méndez de Vigo que sus actuaciones están delimitadas, en cualquier caso, por la ley autonómica : “Procede recordar que la realización de cualquier actuación que requiera el cumplimiento de lo requerido del Ministro de Educación, Cultura y Deporte por ese Juzgado, está delimitada por el Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre de 2017, por el que el Gobierno de la Nación crea y designa a los órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno, a la Administración de la Generalitat de Cataluña y al Parlamento de Cataluña, autorizadas por el Acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución”.

 

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