El Tribunal Supremo ha confirmado definitivamente la absolución de un hombre que pintó una paloma de la paz de color rojo en la tumba de Francisco Franco en la Basílica del Valle de los Caídos. El caso ha pasado también por la Audiencia Nacional y por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y siempre se ha dado la razón al acusado. De modo que se le ha absuelto de los delitos contra la libertad de conciencia y de profanación y daños en tumba. El alto tribunal desestima así el recurso de casación presentado por la Asociación para la defensa del Valle de los Caídos.
Los hechos se remontan al 31 de octubre de 2018 cuando, sobre las 10:55 horas, el hombre accedió a la Basílica a cinco minutos de empezar la misa para llevar a cabo tal dibujo. Pero, según explican los magistrados, el acusado no tenía intención de interrumpirla, sino “de hacer expresión de sus ideas sobre la presencia de la tumba de Francisco Franco en dicha Basílica”, explica la sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli.
Por lo que procedió a realizar la pintura con el texto “por la libertad” y diciendo, en voz alta, “por la reconciliación de los españoles”, la cual consideraba afectada por la situación de la tumba en dicho lugar. En tal momento se encontraban saliendo por un lateral los niños de la Escolanía, pero, según se explica, el acusado no se apercibió de su presencia, ni la de los sacerdotes celebrantes que aún no habían llegado al Altar Mayor. En su día, cuando fue detenido, declaró ante la Guardia Civil que se trataba de una “performance”. En su cuenta de Twitter, el acusado apuntó que su acto respondía a “una acción de protesta”.
La sentencia, ponencia de Ángel Hurtado, el mismo magistrado el mismo que mañana tomará declaración al fiscal general del Estado, desestima todos los argumentos presentados en el recurso de la asociación y explica que la valoración que en su día hizo la Audiencia Nacional sobre el caso fue razonable al no apreciarse presupuestos para condenarle por los delitos de los que se le acusaba.
La Asociación para la defensa del Valle de los Caídos pretendía que el alto tribunal modificase los hechos declarados en instancias anteriores al considerar que el hombre lo hizo "cuando estaba comenzando la misa" y "con la intención de ofener la memoria del difunto Francisco Franco" al pasar por encima "los sentimientos de las personas allí presentes". No obstante, los magistrados de la Sala de lo Penal insistían en que la misa todavía no se había celebrado por lo que no podía afirmarse que se impidiese el ejercicio de la libertad religiosa de los allí presentes.