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La 'excepcionalidad' del SEPE que obliga a los inmigrantes a no volver a España en tres años por cobrar el paro

El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo en España se situó en 2.767.860 personas en el mes de enero de 2024

La 'excepcionalidad' del SEPE que obliga a los inmigrantes a no volver a España en tres años por cobrar el paro
Exterior de una ofician del SEPE. EFE

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite cobrar el paro por adelantado a los inmigrantes en algunos casos excepcionales. Así lo recoge la entidad dentro de su página web en el que dedica unos apartados a varios hipotéticos que se plantean a la hora de demandar el subsidio por desempleo, como el caso de los inmigrantes que quieren volver a su país. Y es que un sinfín de extranjeros cuando dejan de trabajar en nuestro país tienen el deseo de retornar a su ciudad natal, aunque en la mayoría de casos carecen de los ahorros necesarios para pagar el billete de vuelta.

Todo esto se debe a la pésima situación económica que atraviesa España, donde la inestabilidad es la principal protagonista. La constante subida del IPC que ha lastrado la salud financiera de todos los españoles, el precio del alquiler y de la vivienda que son inasumibles para las nuevas generaciones y los sueldos que siguen congelados sin su respectiva subida por la inflación son algunos de los factores que han provocado la caída al vacío de la economía a nivel nacional.

Una realidad que los propios datos avalan. El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo en España se situó en 2.767.860 personas en el mes de enero de 2024, lo que supone un 2,23% respecto al mes anterior, es decir, 60.404 desempleados, según los datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Unos datos que han hecho saltar las alertas y que se sumados a los registrados en el 2023, que aunque no han sido del todo negativos están muy lejos de marcar récords positivos, ponen en jaque al mercado laboral español.

Debido a las serias dificultades que presentan la mayoría de españoles y más aquellos que se encuentran en la cola del paro, el SEPE tiene una serie de excepcionalidades para cubrir las necesidades de los demandantes del subsidio por desempleo. En el apartado de las personas que quieren volver a su país, la entidad aclara que los inmigrantes que cobren el paro pueden pedir el adelanto para cubrir los gastos del billete de avión. Eso sí, hay una serie de requisitos que se deben cumplir.

Los requisitos del SEPE para que los inmigrantes cobren el paro por adelantado

En primer lugar, el SEPE aclara que el 40% del importe del paro que le corresponda al individuo se cobrará en España, mientas que el otro 60% se ingresará una vez que la persona se encuentre en su país en un plazo máximo de 90 días. Aun así, no todos los extranjeros pueden acceder a esta excepcionalidad, ya que se deben cumplir una serie de requisitos:

  • Ser nacional de un país que tenga convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social (Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Japón, Marruecos, Méjico, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela, El Salvador, República de Corea, República de Cabo Verde y República Popular China), y tener residencia legal en España.
  • Quedan excluidas las personas nacionales de los países que forman parte de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza, personas apátridas y quienes tengan doble nacionalidad, cuando una de ellas sea la de un país que tenga convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social y la otra sea la española o la de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • Estar en desempleo e inscrito o inscrita como demandante de empleo.
  • Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial.
  • Asumir el compromiso de retornar a tu país de origen, en su caso, en compañía de las personas de tu familia reagrupadas que no tengan autorización de residencia independiente, en el plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha del primer pago en España, y el compromiso de no retornar a España en el plazo de tres años.
  • No estar afectado o afectada por alguno de los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería.

¿Puede regresar a España en un futuro? El SEPE aclara que durante los próximos tres años el extranjero que haya pedido el adelanto del paro para volver a su país no podrá retornar a España. "En ningún caso podrás volver antes del fin de ese período para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional, incluso aunque quisieras devolver las cantidades que hayas percibido como abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo para el retorno voluntario a tu país de origen", aclara el SEPE.

Una vez que haya finalizado el tiempo establecido por el SEPE, la persona en cuestión tendrá un derecho preferente para incorporarse al grupo de personas trabajadoras extranjeras no comunitarias, siempre y cuando se cumplan los requisitos previamente nombrados.

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