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España

La Policía podrá multar por desobediencia pese al limbo de las medidas anticovid

Un agente de la Policía Municipal de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tardará todavía unos días en validar o rechazar las restricciones de movilidad impuestas desde el viernes en la Comunidad de Madrid tras el rebrote de coronavirus. Hasta entonces, las autoridades han anunciado que los controles policiales para velar por su cumplimiento son eminentemente informativos. Sin embargo, fuentes de la Jefatura Superior de Policía de Madrid advierten de que eso no significa impunidad. Los agentes podrán seguir multando en virtud de la Ley de Seguridad Ciudadana si aprecian una desobediencia clara. 

Estas fuentes aclaran que los controles son informativos, pero en ellos se insta a los ciudadanos que estén incumpliendo alguna de las restricciones a que depongan su actitud. En caso de reiterada desobediencia a las indicaciones policiales, los agentes podrán recurrir a la Ley de Seguridad Ciudadana para elevar una propuesta de sanción. La Policía ha consultado para ello a sus servicios jurídicos, indican las mismas fuentes. “La desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes”, es uno de los motivos de sanción en esa Ley. En este caso se castiga con sumas que van desde los 601 euros hasta los 30.000.

Con esta tesis coincide el Ministerio del Interior. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado presentaron más de un millón de multas en el pasado confinamiento apoyándose en lo que en su día el PSOE bautizó despectivamente como la Ley Mordaza, impulsada por el PP. Fuentes del Departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska advierten de que esa ley sigue perfectamente vigente para proceder cuando se produzca alguna desobediencia contumaz.

Debate jurídico

Durante los meses de marzo, abril y mayo, estas propuestas de sanción fueron motivo de disputa entre el Ministerio del Interior y la Abogacía del Estado, dependiente de Justicia. Mientras que el ministro Fernando Grande-Marlaska consideró que el incumplimiento del decreto de medidas del estado de alarma ya era suficiente para sancionar, desde los servicios jurídicos del Estado indicaron lo contrario. A juicio de la Abogacía es necesario que el agente policial advierta expresa e individualmente a un ciudadano de que no está haciendo lo correcto y en caso de insistir, sancionar por desobediencia.

Por parte de la Delegación del Gobierno admiten que difícilmente podrán prosperar las multas presentadas por incumplir las restricciones mientras no tengan el aval del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, pero advierten de que en la región ya hay algunos cuerpos policiales que han procedido a elevar propuestas de sanción durante este fin de semana a pesar de este limbo jurídico.

Tres frentes judiciales para las restricciones       

La Audiencia Nacional ha rechazado este lunes paralizar las restricciones que salieron del Consejo Territorial de Sanidad de la semana pasada tal y como pidió un abogado particular de forma cautelarísima. Todavía quedan tres frentes judiciales abiertos sobre esta cuestión. El primero es el recurso presentado por la propia Comunidad de Madrid ante la misma Audiencia Nacional. La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha solicitado la suspensión como medida cautelar, es decir, que la Sala de lo Contencioso tiene un plazo de diez días para decidir.

La paradoja de esta crisis sanitaria y política es que la Comunidad de Madrid ha recurrido ante la Audiencia Nacional las mismas medidas que ha pedido validar al Tribunal Superior de Justicia. Se prevé que tome una decisión a finales de semana. Además, el partido Vox también presentó un recurso para paralizar las medidas ante este órgano como medida cautelarísima, que previsiblemente se decidirá este martes.

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