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El cargo público estará más protegido que el ciudadano privado con la nueva malversación

Juristas avalan la reforma de 2015 y dicen que este nuevo cambio, que busca rebajar las penas cuando no ha habido ánimo de lucro, dejará al bien jurídico público con menos valor de protección que al privado

El cargo público estará más protegido que el ciudadano privado con la nueva malversación
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el acto institucional por el Día de la Constitución, en el Congreso de los Diputados, el pasado martes en Madrid. Europa Press

La reforma del delito de malversación de caudales públicos va a provocar divergencias en función de si el dinero desviado es público o privado. De aprobarse la enmienda de ERC que delimita el enriquecimiento personal en los casos de malversación, se puede dar el escenario de que el bien jurídico público pase a tener menos valor de protección que el privado debido a que la pena relativa a la administración desleal se mantendrá, mientras que la relativa a la malversación de dinero público sufrirá rebajas en función de los supuestos.

Catedráticos expertos en Derecho Penal y juristas consultados por Vozpópuli precisan que la contrarreforma que presenta ERC este viernes vía enmienda puede incluso suponer un retroceso en la lucha contra la corrupción. Las fuentes consultadas descartan que el cambio de 2015 -que introdujo una nueva tipificación de la malversación como administración desleal de patrimonio público- saliera adelante con el único fin de actuar contra el independentismo, como así lo apuntó el presidente catalán, Pere Aragonés.

Al contrario, alegan que esta modificación se hizo siguiendo la estela del modelo alemán y con el objetivo de proteger más si cabe los fondos públicos. Antes de ese año, la administración desleal se entendía como un delito societario. Sin embargo, a partir de 2015 se comenzó a englobar la malversación en los delitos patrimoniales. Por ello, se endureció el castigo y se incrementó la pena a los 12 años de cárcel cuando el desvío superase los 250.000 euros.

En 2015 se imita el modelo alemán

El objetivo principal del cambio de legislación fue, ante todo, proteger el patrimonio público; sin distinción de si las cuantías malversadas implicaban o no un lucro personal. "En la actualidad, el destino del dinero malversado es irrelevante porque el bien jurídico protegido es la integridad del patrimonio público", rezan las fuentes expertas consultadas.

Con la reforma de la malversación de 2015, la estructura del delito pasó a ser la misma, fuera el patrimonio público o privado

Sin embargo, con el cambio legal que promueven los socios independentistas del Gobierno, sí va a haber una distinción entre la malversación de aquella que implique, además, un lucro personal de este dinero público. El objetivo es reducir las penas en los supuestos en los que el objetivo no fuera apropiarse de estos fondos. Situación esta última que se da con los condenados del procés.

Los expertos consideran que la aplicación práctica de la pretensión de ERC es especialmente complicada. El Gobierno ya ha dicho que no habrá retroceso en la lucha contra la corrupción, pero los juristas consultados no lo entienden así. Según sostienen, la consecuencia directa del cambio será que los fondos públicos quedarán más desprotegidos que los bienes privados ya que, hasta ahora, la estructura del delito era igual en los dos casos, fuera el patrimonio público o privado.

Una reforma polémica

Esto es así porque los delitos relativos a administración desleal de patrimonio privado mantienen las mismas penas y la misma redacción, mientras que la malversación de caudales públicos verá rebajada su condena en aquellos casos en los que no hubiera enriquecimiento personal; de ahí la dificultad que entraña la redacción de la nueva tipificación.

"El argumento del enriquecimiento propio es absolutamente imposible de acotar. En el delito de malversación lo que se castiga es el quebrando a la administración pública, no el enriquecimiento ilícito; para ello ya está el hurto o el robo", reza uno de los catedráticos consultados. Según precisa, el enriquecimiento ilícito ya viene recogido en la figura de apropiación indebida, de manera que en la malversación se debería mantener el foco en que el bien jurídico protegido es exclusivamente el dinero público, al margen de cuál sea el destino del desvío.

La malversación en el procés

En lo que respecta al caso concreto del procés, la reforma de la malversación va a tener efecto directo tanto en las condenas de los líderes ya juzgados por el Tribunal Supremo, como en los que todavía tienen pendiente sentarse en el banquillo. La finalidad de ERC es que la nueva redacción beneficie exclusivamente a sus líderes condenados y procesados, con Oriol Junqueras a la cabeza.

Malversar para un golpe de Estado es infinitamente peor que malversar para apropiarse de dinero", sostienen los juristas consultados por este diario

Mientras Pere Aragonés y otros altos cargos de Cataluña sostienen que es necesario diferenciar los casos en los que hubo enriquecimiento de aquellos en los que no, los expertos entienden que la celebración del referéndum ilegal y la posterior declaración unilateral de independencia son más graves que una apropiación indebida. "Malversar para un golpe de Estado es infinitamente peor que malversar para apropiarse de dinero", rezan.

La duda ahora reside en el efecto retroactivo de la nueva norma, teniendo en cuenta que los tribunales españoles han dictado muchas sentencias por malversación en los últimos años. La más conocida y polémica, por la magnitud de su cuantía, pudiera ser la de los ERE. El expresidente andaluz, José Antonio Griñán, está pendiente de su ingreso en prisión después de que el Tribunal Supremo confirmara su condena por malversación, incidiendo en que no se quedó con los fondos desviados.

Precisamente, la sentencia del Tribunal Supremo sobre el procés también dedica un importante capítulo a la malversación de fondos públicos para declarar la independencia. El fallo hizo alusión concreta a la reforma de 2015 para incidir en que desde entonces sanciona "no solo conducta de apoderamiento o sustracción, sino administración desleal de fondos públicos".

Sánchez, el pasado martes en el Congreso de los Diputados.

Al respecto, consideraron más que probado que cuatro de los doce condenados (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa) malversaron cuantías superiores a los 250.000 euros no solo al ejecutar las promesas independentistas, sino también al publicitarlas. En su condición de miembros del gobierno catalán, Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel e inhabilitación y el resto a uno menos. La derogación de la sedición y la reforma de la malversación acarreará una rebaja sustancial de las penas por inhabilitación y posibilitará la vuelta a primera línea de política.

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