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El juez mantiene la marcha en homenaje al etarra Parot al no ver delito de terrorismo

Calama rechaza suspender el acto recordando que no puede actuar antes de la comisión del delito, pero pide a la Policía que controle la marcha convocada por "la convivencia y la paz"

El magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama Teixeira ha decidido no suspender la marcha en homenaje al etarra Henri Parot convocada para este sábado en Mondagón. El instructor se alinea con la Fiscalía y rechaza prohibir el acto al considerar que en este momento no hay indicios suficientes para determinar si los hechos denunciados podrían llegar a constituir hipotéticamente un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Pese a ello, el juez solicita al departamento del Interior del Gobierno Vasco y a Policía y Guardia Civil que procedan al seguimiento del homenaje que lleva por título 'marcha solidaria de 31 km en favor de Henri Parot, para lograr la convivencia, la paz y la reconciliación'. Además, insta a que adopten las medidas que sean necesarias con el fin de evitar que durante el homenaje se realicen actos de enaltecimiento del terrorismo o de humillación a las víctimas de ETA.

La Asociación Dignidad y Justicia había reclamado a la Audiencia Nacional que suspendiera el homenaje (convocado por Sare, la red de apoyo a presos de ETA), si bien el magistrado se declina por mantenerlo alegando que no se dan los "elementos necesarios" hasta el momento que le permitan actuar en sentido contrario. "Debe quedar sentado que, en la motivación de cualquier resolución limitadora de los derechos fundamentales, deben ser superadas las meras hipótesis subjetivas o la convicción de la existencia de un delito", reza el auto del titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional.

También explica que no debe olvidarse en lo que a este asunto respecta que se trata de una "mera convocatoria" de una marcha en la localidad natal de Parot. "Su enunciado es genérico y sin alusión concreta y objetiva y, menos aún vejatoria, a ninguna de las víctimas de dicho penado, entre ellas, el padre del denunciante. Es más, su finalidad, según refieren, es la consecución de la paz, la concordia y la
reconciliación
", sentencia.

Sin competencias para frenarla

El magistrado recuerda además que es a la autoridad gubernativa (en este caso la Delegación del Gobierno) a la que le compete velar por el cumplimiento de este acto ya que se le encomienda el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la prevención de la comisión de actos delictivos. "A la jurisdicción penal compete solo la persecución y castigo de los hechos ilícitos penales una vez que estos se han producido; actúa ex post, no ex ante, pues carece de competencias preventivas", dice.

Al respecto explica que no puede actuarse con carácter preventivo porque ello implicaría limitar derechos “sobre la base de meras hipótesis” o de la “incierta comisión de delitos”. “En el presente caso, no existe constancia alguna que permita afirmar, con la exigencia que en Derecho se requiere para poder restringir los derechos fundamentales de los ciudadanos, que se haya producido o que se vaya a producir delito alguno en la marcha convocada para el próximo día 18 de septiembre”, recaba.  

Atentados cometidos

Dignidad y Justicia, que pidió que se suspendiera el homenaje al considerarlo una humillación a las víctimas de ETA, se ha dirigido igualmente a la Delegación del Gobierno del País Vasco y a la alcaldesa de Mondragón para pedir que impidan la convocatoria. En las cartas remitidas alegan que se trata de un reconocimiento a un “sanguinario terrorista” que acumula hasta un total de 26 condenas por participar en atentados que acabaron con la vida de 39 personas.  

La asociación recuerda que en su historial se encuentra el atentado de la casa cuartel de Zaragoza en 1987, el asesinato del teniente coronel Guillermo Tévar mediante la colocación de una bomba lapa en su vehículo, de la fiscal Carmen Tagle, o de la madre de un funcionario de prisiones de Granada. En la misma remitida al delegado del Gobierno en el País Vasco, Denis Itxaso, apuntan que aunque la Justicia no suspenda el acto, este órgano sí puede impedirlo por la vía administrativa.

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