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Italia decidirá si extradita a Puigdemont tras detenerlo al llegar a Cerdeña

El Tribunal Supremo abrirá un expediente para evaluar la actuación de Italia. Fuentes del alto tribunal confirman que la euroorden nunca se desactivó.

El futuro de Carles Puigdemont está en manos de Italia. Tras su detención este jueves en el aeropuerto de Cerdeña, el expresidente de la Generalitat de Cataluña depende de la Justicia italiana, que será la que decidirá en las próximas horas si extradita al exlíder independentista, en función de las órdenes de búsqueda y captura dictadas contra él y que, según fuentes del Tribunal Supremo consultadas por Vozpópuli, están vigentes.

El arresto del exmandatario catalán viene a poner punto y final a un periplo internacional que arrancó el 29 de octubre de 2017, día en que se fugó de España con otros exconsejeros de su gobierno. La negativa de Bélgica el pasado mes de marzo a entregar a Lluis Puig propició que el alto tribunal planteara una cuestión prejudicial al Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) en relación a las órdenes de detención dictadas contra él y los otros exconsejeros de Puigdemont prófugos de la Justicia.

Sin embargo, la detención del expresidente catalán en Cerdeña abre paso a un nuevo escenario. Ahora son las autoridades italianas las que tienen la última palabra sobre la entrega del exlíder del PDeCAT, que fue retenido a su llegada al aeropuerto del Alghero para participar en un encuentro que organiza la asociación vinculada al folklore y cultura catalana Adifolk. Mientras su defensa sostiene que las órdenes dictadas por el magistrado Pablo Llarena están desactivadas, fuentes del alto tribunal explican a Vozpópuli que, formalmente, "están vigentes".

Las fuentes consultadas razonan que, ahora, el alto tribunal abrirá un expediente para evaluar si Italia presta la colaboración solicitada por España para juzgar a Puigdemont por la consulta ilegal del 1 de Octubre (de la que se cumplirán cuatro años el próximo viernes) y la posterior declaración unilateral de independencia (DUI). El político catalán nunca rindió cuentas ante la Justicia ya que se fugó el 29 de octubre de 2017, a escasos días de declarar ante la entonces magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela por delitos de rebelión, sedición y malversación.

Sin inmunidad parlamentaria

El arresto de Puigdemont se produce en dos momentos clave de la causa contra la deriva independentista catalana. Por un lado, porque se estaba a la espera de que el TGUE resolviera sobre la cuestión prejudicial elevada por el magistrado de la Sala de lo Penal, Pablo Llarena, y, por otro, por la pérdida de la inmunidad parlamentaria de los procesados. La Justicia europea retiró este privilegio a Puigdemont y sus exconsellers. Su elección hace dos años como EURODIPUTADOS dio pie a una batalla entre el Tribunal Supremo y los exlíderes independentistas catalanes por la inmunidad de la que gozaban.

Entre enero y febrero de este año el Parlamento europeo recibió unos suplicatorios presentados por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, en los que se solicitaba que se suspendiera la inmunidad de Puigdemont y los también huidos Antonio Comín y Clara Ponsatí. El objetivo era dar curso a la ejecución de las órdenes de detención emitidas contra todos ellos por el magistrado Llarena. Aunque el Parlamento dio luz verde a esta solicitud en marzo, en junio les otorgó provisionalmente esta condición que terminó por retirar finalmente hace menos de dos meses.

El TGUE les revocó el privilegio aunque dejando claro que su inmunidad para desplazarse "al lugar de reunión del Parlamento", permanecía "jurídicamente intacta". Del mismo modo apuntó que las órdenes de detención quedaban interrumpidas hasta que se pronunciara acerca de la cuestión prejudicial planteada por el Supremo. "Habiéndose suspendido el proceso penal, la ejecución de las órdenes de detención europeas también ha sido suspendida, como ha indicado España, que interviene en apoyo del Parlamento", reza el comunicado firmado el pasado 30 de julio.

Extradición o puesta en libertad

Aunque las fuentes consultadas dan por hecho que las euroórdenes siguen en activo, su abogado Gonzalo Boye apuntaban en Twitter que la última resolución del TGUE hacía prácticamente imposible su entrega a España al encontrarse desactivadas. Por ese motivo, el alto tribunal incoará un expediente para estudiar el alcance de la decisión que acuerde la corte de apelación de Sàsser. El expresidente catalán pasará en las próximas horas a disposición judicial de esta corte, que será la que decida si le extradita o bien le deja en libertad.

 A poco más de un mes de que se cumplan cinco años de su salida del país, el escenario político y judicial en relación al procés ha dado un giro de 180 grados. Su salida furtiva de España le impidió ser investigado por la Audiencia Nacional, en primer lugar, y por el Tribunal Supremo en segundo. El 21 de marzo de 2018 el magistrado ponía punto y final a la instrucción y le procesaba junto con otras 27 personas por los delitos de rebelión y sedición. Ese mismo día reactivaba las órdenes de detención europeas e internacionales.

Siete meses después, el alto tribunal abría juicio oral contra los 18 líderes del próces, dando pie a uno de los juicios más mediáticos y relevantes de los últimos años en España. Los cuatro meses de vista dieron paso a una sentencia condenatoria contra el exnúmero dos de Puigdemont, Oriol Junqueras, y el resto de implicados en la deriva independentista catalana. Finalmente se descartó la rebelión y se les penó con delitos de sedición, desobediencia y malversación.

En junio de este año, el Gobierno de Pedro Sánchez daba pie a un nuevo capítulo de esta historia al indultar a los nueve presos del procés pese al criterio contrario del tribunal que les enjuició. La Audiencia Nacional, por su parte, absolvió a los dos mossos que acompañaron a Puigdemont en su fuga de España hasta que fue arrestado en Alemania en mayo de 2018. La sentencia consideró acreditado que los dos agentes eran conscientes de que pesaba una orden europea de detención contra él pero concluyeron que los hechos no se podían tipificar como un delito de encubrimiento.

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