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Comunidad Valenciana

El TSJ da por caducada la Actuación Territorial Estratégica del Valencia CF por los "incumplimientos" de Lim

La decisión del Alto Tribunal es recurrible ante el Supremo y el magnate singapurense se queda sin los beneficios que otorgaba la herramienta urbanística que tuvo a su disposición durante años

Obras del Nuevo Mestalla del Valencia CF a medio concluir (Foto de ARCHIVO) 03/10/2017 EP

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la caducidad de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) que tenía a su disposición el Valencia CF para realizar la permuta del actual Mestalla al nuevo estadio.

El Alto Tribunal autonómico valenciano ha dado de esta forma la razón a la Generalitat tanto en la denegación de la prórroga de la ATE que solicitaba el club valencianista como en la posterior caducidad de esta herramienta urbanística por los reiterados "incumplimientos" de la entidad que tiene a Peter Lim como máximo accionista.

La decisión del TSJCV es recurrible en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo o bien ante la propia Sala de lo Contencioso del TSJCV y, según las fuentes consultadas por Vozpópuli, es un derecho que utilizará Peter Lim en un último intento de salvaguardar unos beneficios que aumentarían el precio del club, en el caso que desee venderlo, como parece que desea por su inacción en la gestión del Valencia CF –especialmente durante el ultimo lustro–.

Varapalo a Lim

El varapalo a la gestión de Lim es tremendo. La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha desestimado los dos recursos interpuestos por el Valencia Club de Fútbol SAD contra las resoluciones de la Generalitat Valenciana.

Los magistrados establecen en las dos sentencias notificadas este viernes a las partes que el club de Mestalla incurrió en "diversos incumplimientos" en este plan urbanístico, aprobado definitivamente por el Consell en febrero de 2015 y suscrito en un convenio entre ambas partes en abril de ese año.

Uno de esos incumplimiento es el relativo a su obligación de construir en la fase 1 un hotel icónico en la parcela denominada TER-M, en la Zona A “Antiguo Mestalla”.

Exculpa al Ayuntamiento

En la primera de las demandas, el Valencia CF solicitaba la nulidad de la resolución emitida el 10 de noviembre de 2021 por la Conselleria de Economía Sostenible, que rechazaba la reorganización y la prórroga de las fases previstas para la ejecución de la ATE.

El Tribunal ha ratificado la legalidad de la resolución administrativa tras determinar que la entidad “incumplió, por causas únicamente imputables a él y no al Ayuntamiento de Valencia” su obligación de construir, “en el improrrogable plazo de tres años”, el hotel antes citado.

Del mismo modo -agrega la sentencia- consta acreditado el incumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el club en la Fase II de la ATE, incluida la finalización de las obras del nuevo Mestalla y su puesta en marcha, algo que la propia entidad reconoció en un escrito dirigido al Consistorio en julio de 2021.

Los magistrados descartan que esos incumplimientos se debieran a “dilaciones procedimentales” o “inactividad” imputables al Ayuntamiento de Valencia.

La Generalitat actuó bien

El segundo recurso, desestimado íntegramente como el anterior, se dirigía contra el acuerdo del Consell de fecha 29 de julio de 2022 por el que se declaró la resolución anticipada y la caducidad de la ‘ATE Valencia CF’.

En este caso, el Tribunal rechaza la caducidad de los plazos para dictar esta resolución administrativa e insiste de nuevo en el incumplimiento del promotor de su obligación de construir un hotel en la ‘Zona A Antiguo Mestalla’.

Respecto al Nuevo Mestalla, ya en la fase 2 de la ATE y en la ‘Zona B Corts Valencianes’, la Sala concluye que el Ayuntamiento no aprobó el proyecto modificado que presentó el club en febrero del año 2022 porque “incurría en diversas deficiencias, entre ellas el incumplimiento de la capacidad de aforo mínimo del nuevo estadio pactado en el convenio”.

Ni aforo mínimo ni dinero

En este sentido, a juicio de los magistrados, la falta de aprobación de ese nuevo proyecto “no obedece a inactividad municipal, sino a la inidoneidad de la propuesta”, así como también “a la ausencia de recursos financieros por parte del promotor para el cumplimento de las obligaciones que tiene comprometidas”.

En esa misma línea de incumplimientos de la actuación urbanística menciona la segunda sentencia la obligación que tenía el Valencia CF de construir un polideportivo municipal en la parcela GSP-1, respecto a lo que el club adujo tanto una inactividad por parte del Consistorio como el impacto negativo provocado por la pandemia de Covid-19 y las dificultades para obtener financiación.

Ve insolvencia en Lim

La Sala rechaza, en definitiva, los principales motivos alegados en ambos recursos y rebate la tesis del recurrente de que la denegación de la prórroga y la declaración de caducidad de la ATE eran medidas desproporcionadas y resultaban contrarias al interés general.

“Lo que el interés general demanda es la pronta ejecución de las actuaciones previstas en la ATE, que el Valencia Club de Fútbol SAD ha incumplido y no ha acreditado poder llevar a cabo”, precisa el Tribunal.

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