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La Audiencia descarta tumbar la causa contra Moreno y apunta a un desfalco de 85 millones

El juez rechaza la petición del humorista de anular el procedimiento que arrancó en unos juzgados de Madrid razonando que se investigan nuevos hechos y delitos más graves a los iniciales

El juez del caso Titella interrogará a José Luis Moreno el próximo 17 de febrero
José Luis Moreno, tras acudir este año a la Audiencia Nacional. EP.

El magistrado Ismael Moreno ha respondido de manera negativa a la petición de José Luis Moreno de tumbar el caso Titella. El instructor de la causa adopta el criterio de la Fiscalía y determina que no se puede anular una macrocausa de este calibre por un defecto de forma que se produjo mientras la causa estaba bajo el paraguas de otro juzgado. Además, razona que, en la actualidad, la Audiencia Nacional no solo investiga una presunta red de estafa bancaria sino que, de las diligencias practicadas, se han acotado hechos y delitos más graves de los iniciales.

Así lo explica el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia en un auto al que ha tenido acceso Vozpópuli y en el que da respuesta a la solicitud formulada por el letrado del productor. Su defensa explicó que la causa no podía seguir investigándose porque, mientras estaba en el Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, no se prorrogó dentro del plazo legal. De este modo, consideró que todo el procedimiento que posteriormente acogió la Audiencia Nacional, quedaría viciado y no podría seguir indagándose.

A su pretensión, adelantada por este diario, se adhirieron más de una decena de investigados, entre los que destacan el también cabecilla Antonio Luis Aguilera, José Luis Messeguer, presuntos testaferros como Raúl Pontvianne o Montserrat Pedreny y otros imputados como Luis Enrique Dueñas o Raúl Fernández. El instructor da la razón a la defensa de Moreno (en cuanto a que se prorrogaron las pesquisas fuera de plazo) pero le niega que vaya a tumbar la macrocausa por un error que cometió otro instructor. "Las diligencias acordadas fuera de plazo estarían, a lo sumo, viciadas de una irregularidad procesal que exige su expulsión del acervo probatorio, sin que, sin embargo, ello signifique que no puedan ser empleadas como medio de investigación", reza.

La pretendida nulidad radical ni existe, ni se puede extender a la información puramente policial aportada al proceso. Esa interpretación desorbitada acerca del contenido y alcance de la sanción de nulidad ni es proporcionada ni coherente

Atendiendo al criterio de la Fiscalía, el juez explica que la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 324, no prevé de modo expreso una anulación de la investigación en caso de que la prórroga se dicte extemporáneamente, sino que se “limita a prever la invalidez” de las diligencias que se practicaran una vez agotado el plazo. Además, también se ampara en una resolución del Tribunal Supremo en la que acuerda que la causa la asuma la Audiencia Nacional pese a que el órgano lo había rechazado previamente.

Investigación policial

El motivo por el cual el alto tribunal decide que la causa ya no puede seguir en Plaza de Castilla es precisamente porque de las diligencias practicadas aparecieron “nuevos hechos” y nuevos delitos, entre ellos de la existencia de una posible organización criminal. “Si dichas diligencias estuvieran viciadas de nulidad radical, así lo habría decidido el alto tribunal. Lejos de ello, lo que indica es que ha de ser la Audiencia Nacional la que asuma la instrucción de la causa”, reza.

Moreno recuerda que, lo que nació como una red de estafa bancaria, ha ido creciendo y ramificándose incorporando además nuevos delitos. De hecho, precisa que las diligencias practicadas ya después del defecto de forma que denuncia el humorista, tienen “naturaleza puramente policial” y permitieron acreditar la “existencia de un entramado criminal”. El juez habla de una presunta organización criminal que habría causado un perjuicio evaluado en torno a los 85 millones de euros. Debido a esta dimensión -prosigue el juez- se podría incluso haber abierto unas diligencia separadas diferentes.

La causa comenzó investigándose a raíz de una denuncia interpuesta por Abanca contra una serie de empresas del entramado que canalizaron el cobro de pagarés, cheques y créditos ICO, según los investigadores, sin intención de devolver las cuantías percibidas. Las diligencias se incoaron en el Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid en aras a esclarecer el destino final de los 1,3 millones de euros prestados. El avance de las pesquisas permitió acreditar que uno de los cabecillas, Aguilera, promovió este entramado y lo hizo amparándose en una identidad falsa debido a que tenía cuentas pendientes con la Justicia, tal y como informó este diario.

Las pesquisas que terminaron asumiendo la Audiencia Nacional permitieron acreditar el papel activo de José Luis Moreno en la obtención de estos créditos, pero también la existencia de otras ramificaciones dentro de este entramado dedicadas al presunto narcotráfico y blanqueo de capitales. El magistrado resalta precisamente en esta segunda parte de la investigación la declaración prestada tanto en sede policial como sede judicial de Antonio Luis Aguilera, tras el estallido de la causa. El empresario admitió los hechos e implicó en los mismos a José Luis Moreno.

"Ni aún considerando que se vulnerara el derecho a la tutela judicial efectiva pueden conectarse jurídicamente las pruebas inicialmente obtenidas fuera de plazo instructorio con las aportadas en los distintos oficios policiales, toda vez que las primeras se refieren en exclusiva al hecho defraudatorio objeto germinal de la causa y las siguientes se refieren a la vinculación material, que no jurídica, con los que permiten sostener la existencia de una organización criminal dedicada de forma constante a la comisión de estafas bancarias", expone, por su parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

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