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Andalucía

Liberan a un reo en Málaga que violó a su sobrina menor tras ver rebajada su pena con la ley del 'solo sí es sí'

El hombre fue condenado a seis años de prisión por violar a su sobrina de 14 años, pero al revisar la sentencia en aplicación de la ley del 'solo sí es sí' su pena se ha rebajado a tres años y medio de cárcel

Condenada una mujer a 29 meses de cárcel por denunciar en falso a su exmarido de abusar de su hija
Condenada una mujer a 29 meses de cárcel por denunciar en falso a su exmarido de abusar de su hija EFE.

La Audiencia de Málaga ha ordenado la puesta en libertad de un hombre que fue condenado a seis años de prisión por violar a su sobrina de 14 años, ya que al revisar la sentencia en aplicación de la ley del 'solo sí es sí' su pena se ha rebajado a tres años y medio de cárcel. El hombre fue condenado en marzo de 2015 por la Sección Primera de la Audiencia de Málaga a seis años de prisión por un delito de agresión sexual cometido en 2009 -con una penalidad en abstracto de 12 a 15 años de prisión-, ya que el juicio no se celebró hasta cinco años y medio después de que se iniciara la causa. En el auto, que ha avanzado diario SUR y al que ha tenido acceso EFE, se señala que la Sala tuvo en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y rebajó en un grado la pena (6 a 12 años) "al no ir el acto criminal acompañado de una violencia reseñable" y haberse consumado "en breve instante ante el temor de ser sorprendido". Así, se le impuso la mínima extensión prevista en su momento en el Código Penal para el delito y se le condenó a seis años de cárcel, así como a indemnizar en 15.000 euros a la víctima, a la que no podía aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con ella durante 14 años.

El 9 de julio de 2017, el penado ingresó en prisión, y el pasado 20 de noviembre su representante legal presentó un escrito en el que solicitaba la revisión de la condena impuesta. Al estudiar el caso, la Sala ha tenido en cuenta que la horquilla mínima por agresión sexual con prevalimiento de parentesco es de 7 a 15 años, por lo que la horquilla mínima baja de 12 años del Código Penal anterior a 7 para después bajar un grado en aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. De esta forma, la pena se establece en la extensión mínima, como hizo la Sala en su sentencia de 2015, y tras la reforma se fija en tres años y seis meses de prisión. El auto fue emitido el pasado 19 de enero, fecha en la que esta pena ya había sido liquidada, por lo que la Audiencia ha ordenado la puesta en libertad del reo.

Según señala el diario SUR, este es el único caso de revisión de condena que, hasta la fecha, ha supuesto la excarcelación de un preso en la provincia malagueña tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí", que ha beneficiado hasta la fecha a 19 reos por delitos sexuales en Málaga.

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