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Alberto Rodríguez (Podemos) exige que se le devuelva el escaño tras cumplir su condena

El que fuera secretario de Organización de Podemos traslada al Congreso que su pena ha quedado extinguida e insiste en que no se le puede privar de su cargo

Alberto Rodríguez (Podemos) pide que se le devuelva el escaño tras cumplir su condena
El exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, el pasado 20 de octubre en el Congreso. EUROPA PRESS

El exsecretario de Organización de Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha pedido formalmente al Congreso de los Diputados que le devuelva su escaño. El antiguo diputado de la formación morada ha remitido un escrito a la cámara baja en el que reclama que se le restituya tras haber quedado extinguida la pena impuesta por el Tribunal Supremo. El alto tribunal le condenó en octubre por un delito de atentado a agente de la autoridad.

La carta dirigida a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, y a la que ha tenido acceso Vozpópuli, recoge que "no existe norma legal o constitucional alguna" que le habilite para privarle de su cargo de diputado electo. "Le solicito tenga a bien, sin más demoras, restituirme en el mismo al no existir ya pena alguna pendiente de cumplir", precisa. Junto con la misiva remite, además, la resolución del Tribunal Supremo en la que se aprueba la liquidación de la condena.

El alto tribunal le condenó a 45 días de cárcel (sustituibles por el pago de una multa de 540 euros) por agredir a un policía durante un manifestación en 2014. La polémica giró en torno a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta por el Supremo. Aunque en un principio Batet declinó quitarle el escaño, finalmente reculó y le retiró el acta. Su defensa, por su parte, denunció que se estaban vulnerando sus derechos y abrió la vía para acudir al Tribunal Constitucional.

Rodríguez pide que se le devuelva su acta "sin demoras" y avisa a Batet que no hay ninguna normal que le habilite para privarle de su cargo

Ahora en su misiva recoge la resolución de la Junta Electoral Central del pasado 11 de noviembre en la que se acordaba su inhabilitación durante el tiempo que durase la condena y la aprobación de la liquidación por parte del Supremo. Al respecto explica que ambas instancias han determinado en qué consistía la pena y que la misma ha quedado extinguida. Por ello reitera su petición de recuperar el acta que el Congreso le retiró a finales de octubre, justo antes de anunciar su salida de Unidas Podemos.

Cruce de escritos

Con todo, vuelve a arremeter contra el Tribunal Supremo al que acusa de notificarle con tardanza la finalización de la condena. El alto tribunal explica en su resolución que la liquidación es correcta y da luz verde a que quede extinguida toda vez que la Fiscalía tampoco se opone a ello. De este modo la pelota vuelve a quedar en manos del Congreso, el cual ya protagonizó un cruce de escritos con el Supremo en relación a los efectos prácticos de la condena y de si la pena accesoria de inhabilitación especial para Rodríguez era o no de obligado cumplimiento.

Cabe recordar que el tribunal que juzgó y condenó al exnúmero 3 de la formación morada se negó a rectificar la condena e insistió en todo momento que debía aplicarse lo acordado en la resolución, contra la cual no cabía recurso. La petición de Batet de que se aclarase el contenido del fallo llevó al presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, a responderle que entre las funciones del Poder Judicial no se encuentra la de "asesorar a otros órganos judiciales".

Obligado cumplimiento

Además precisó que no cabía error alguno en el hecho de que mantuvieran la vigencia de la inhabilitación ya que esta pena accesoria, expuso, es obligada a la vista de lo recogido en el artículo 56.1.2 del Código Penal. El mismo establece que en las penas de prisión inferiores a 10 años (como ha sido el caso) el tribunal puede imponer como pena accesoria la inhabilitación especial para el derecho a sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.

La defensa de Rodríguez, por su parte, calificó la sentencia de "injusta" y abrió la vía para poder llevarla ante el Tribunal Constitucional e incluso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por supuesta vulneración de derechos. El fallo del Supremo -que contó con dos votos particulares- determinó que había quedado probado que el exdiputado de Podemos propinó una patada a un agente de la autoridad en el curso de una manifestación que tuvo lugar en la localidad tinerfeña de La Laguna.

Los hechos se produjeron el 25 de enero de 2014 con motivo de la visita del entonces ministro de Cultura, José Ignacio Wert, bajo el lema 'Rechazo a la LOMCE'. La causa arrancó en el Juzgado de Instrucción número 4 de San Cristóbal de La Laguna pero la asumió el Supremo por su condición de aforado. Rodríguez, por su parte, negó en todo momento los hechos por los que finalmente fue condenado y dijo que aquello fue un intento de criminalizar la protesta contra el exministro del Partido Popular.

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