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España

La Fiscalía considera libertad de expresión que Garzón acuse a la Guardia Civil de “asesinar inmigrantes"

Alberto Garzón.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado al magistrado Alberto Jorge Barreiro que rechace admitir a trámite la querella que la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UOGC) interpuso contra el líder de Izquierda Unida Alberto Garzón por un delito contra las instituciones del Estado. El dirigente de IU, en su condición de miembro de Congreso de los Diputados, se encuentra aforado ante el Tribunal Supremo.

En concreto, Garzón acusó al Ejecutivo de Mariano Rajoy de mandar a Melilla a la Benemérita para "asesinar" a inmigrantes. "Este es el mismo Gobierno que mientras mandaba a la Guardia Civil asesinar inmigrantes en la valla de Melilla, aprobaba una Ley de Extranjería que otorgaba el permiso de residencia inmediatamente a extranjeros que comprasen una vivienda de más de medio millón de euros", manifestó el líder de izquierdas el 20 de abril en un acto en Salamanca.

Garzón dijo que "el Gobierno mandaba a la Guardia Civil a asesinar inmigrantes en la valla de Melilla"

Prevalece la libertad de expresión

Sin embargo, el informe de la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcárcel, al que ha tenido acceso Vózpopuli, recalca que "pese a la dureza y escasa oportunidad” de las declaraciones de Alberto Garzón, las “manifestaciones del querellado se producen en un acto de naturaleza política, en un acto de un partido político” y, por lo tanto, sus palabras deben situarse “en el marco de la libertad de expresión".

La fiscal repasa en su informe abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para llegar a la conclusión de que las declaraciones del diputado se encuadran en el derecho a la libertad de expresión.

"Si bien la legislación penal otorga una amplia protección a la buena fama y al honor de las personas y a la dignidad de las instituciones mediante la tipificación de los delitos de injuria, calumnia y falta de respeto a las instituciones y autoridades, este tribunal ha declarado reiteradamente que el reconocimiento constitucional de las libertades de expresión y de información ha modificado profundamente la forma de afrontar el enjuiciamiento de los delitos contra el honor”, defiende la fiscal Pilar Fernández Valcárcel en referencia a la doctrina del Supremo.

En contraposición, la UOCG considera a Garzón autor de un delito tipificado en el artículo 504 del Código Penal para quienes injurien, calumnien o amenacen gravemente "al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma".

La última palabra la tendrá ahora el juez que deberá decidir si admite o rechaza la querella de la asociación de guardias civiles.

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