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Economía

¿Puedo pedir el bono joven del alquiler si no trabajo?

A falta de alcanzar un acuerdo definitivo con las CCAA, el Gobierno ha fijado unos requisitos mínimos para el bono joven, que podrán percibir personas de entre 18 y 35 años de edad inclusive

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El Gobierno ha establecido los requisitos mínimos para acceder al bono joven del alquiler de vivienda, de un máximo de 250 euros mensuales durante dos años. Se empezará a repartir una vez el Ejecutivo acuerde los criterios y cantidades finales con las comunidades autónomas en un plazo estimado de uno-dos meses pero con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2022.

Desde La Moncloa apuntan a unos 70.000 beneficiarios. Según se desprende del marco regulatorio publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, podrán acceder al bono aquellos jóvenes de entre 18 y 35 años inclusive que evidencien una "fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales", pudiendo ser suficiente con que acrediten una "vida laboral de, al menos, tres meses de antigüedad" dentro de los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud.

"Se entenderá que tienen una fuente regular de ingresos quienes estén trabajando por cuenta propia o ajena, el personal investigador en formación y las personas perceptoras de una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial, siempre que puedan acreditar una vida laboral de, al menos, tres meses de antigüedad, en los seis meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud", enumera literalmente el Real Decreto.

"Las personas beneficiarias del Bono Alquiler Joven deberán justificar ante el órgano concedente de la ayuda el cumplimiento de la finalidad de la concesión de la subvención y de la aplicación de los fondos recibidos con una periodicidad mínima semestral y en todo caso en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del último mes natural objeto de la subvención", añade el texto que se publica este miércoles en el BOE.

Los beneficiarios deberán también presentar un volante de empadronamiento, y no podrán pedir la ayuda en el caso de que sean propietarios de una vivienda, o "tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda", o sean "socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora".

Ingresos para el bono del alquiler de vivienda

Los beneficiarios que podrán solicitar esta ayuda deberán ser jóvenes de entre 18 y 35 años, y con una "unidad de convivencia" con ingresos inferiores a los 24.318 euros anuales (tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples de 2022), con excepción de aquellos que tengan cambiar de territorio autonómico por motivos laborales. 

Para estos últimos, el límite se amplía hasta cuatro veces el IPREM (32.425,12 euros). Además, el umbral será de cuatro veces el IPREM si se trata de una "familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo", y de cinco veces dicho indicador cuando se trate de "familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%".

El marco general que ha aprobado el Ejecutivo es de un bono finalista para el pago de los alquileres con un límite de renta de 600 euros al mes (300 euros para aquellos que lo usen para pagar una habitación). Sin embargo, el umbral máximo se podría ampliar a 900 euros (450 euros para el caso de las habitaciones) e incluso más, dependiendo de cómo evolucionen las conversaciones con los gobiernos regionales.

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