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Economía

Reforma legal exprés ante el miedo de los funcionarios a embargar a oligarcas rusos

El Gobierno aprueba un Real Decreto-ley que permite actuar contra oligarcas que no figuren como titulares de una sociedad ante el vacío legal español en este sentido y blinda la responsabilidad de los registradores si hay recursos o errores

El presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, ofrece declaraciones a los medios tras reunirse con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

España está a la cola en las sanciones a oligarcas rusos respecto a otros Estados miembro de la UE y Reino Unido, en un escenario que incumbe al Gobierno, a los funcionarios y al marco legal. Ante las reticencias de los registradores a actuar, el Consejo de Ministros ha aprobado una reforma exprés que blinda su responsabilidad. Se trata de un Real Decreto-ley que articula un sistema excepcional para que los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles puedan calificar y dar publicidad a los títulos inscribibles, facilitando que se haga efectiva la prohibición de disponer de bienes inscritos a nombre de personas físicas sancionadas o personas interpuestas.

"Con estas medidas complementarias de aplicación de las restricciones a Rusia aprobadas por la Unión Europea, se eliminan posibles obstáculos que impidan actuar contra oligarcas rusos que mantienen bienes en nuestro país, cuando la titularidad de esos bienes la ostenten testaferros o personas interpuestas", ha informado el Ministerio de Justicia. En este mismo sentido se pronuncian fuentes de la Policía consultadas por Vozpópuli, que apuntan a que el Gobierno intenta así que caigan las prevenciones de estos fedatarios públicos.

"Si ya se encuentran embargadas las propiedades registradas a sus nombres, ahora se actúa sobre aquellos bienes que pudieran estar a nombre de terceros", añade Justicia. Sin embargo, habría que aclarar el término "embargo", ya que los registradores han señalado que hasta ahora se han limitado a congelar activos, a diferencia de otros países que sí embargan y desahucian, y aseguran que el marco legal español no permite ir más lejos. En este sentido, les plantea dudas qué ocurre si se embargan bienes que luego hay que devolver porque el sancionado recurra y gane en los tribunales o en el caso de un error.

La reforma prevé que será necesario el previo informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre la base de la existencia de indicios racionales de que el verdadero titular de los bienes pudiera ser un oligarca ruso objeto de investigación. Este informe lo elaborarán las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con información propia o de "cualquier órgano o autoridad que tuviera conocimiento de la existencia de indicios", estipula el Real Decreto-ley.

Habrá obligación de notificar estos indicios y el proceso debe ser ágil y con garantías. "Para practicar la nota marginal no será necesario acreditar que se ha notificado con carácter previo a los titulares registrales. La notificación se realizará el mismo día, una vez practicada, para que puedan realizar las impugnaciones que estimen oportunas", establece la norma.

Esta reforma intenta atajar dos problemas. En primer lugar, un agujero del sistema legal español que coarta la lucha contra el fraude y la corrupción desde 1989: en España no se puede conocer los socios de una sociedad, con lo que detrás del administrador pueden camuflarse con la mayor opacidad. Se trata de una anomalía del marco español que no comparten el resto de países de la UE y que el Registro de Titularidades Reales trata de enmendar.

El Registro se crea para trasponer Directivas europeas y, en el caso español, cobra la relevancia de que puede enmendar la opacidad del sistema. Lo gestionan los registradores, lo que ha provocado una pugna con los notarios, que tienen una Base de Datos de Titularidades Reales, y va a ser alojado en un futuro próximo en el Ministerio de Justicia. Sin embargo, este Registro no ha conseguido por el momento agilizar los procesos y el Gobierno ha tenido que aprobar esta reforma exprés.

El segundo problema que la norma intenta atajar es de responsabilidad, y viene a blindar a los registradores en el marco legal español. Sin embargo, el Reglamento europeo de sanciones ya protege a las autoridades en este sentido. José María Viñals, socio de Squire Patton Boggs experto en sanciones, recuerda que el artículo 10 del Reglamento (UE) nº 269/2014 que ahora se ha revisado ya les blinda.

"La inmovilización de fondos y recursos económicos o la negativa a facilitar los mismos llevadas a cabo de buena fe, con la convicción de que dicha acción se atiene al presente Reglamento, no dará origen a ningún tipo de responsabilidad por parte de la persona física o jurídica, entidad u organismo que la ejecute, ni de sus directores o empleados, a menos que se pruebe que los fondos o recursos económicos han sido inmovilizados o retenidos por negligencia", establece el Reglamento.

El Real Decreto aclara además sobre la vigencia de las medidas que "en defecto de plazo, su duración será indeterminada, cancelándose, en todo caso, cuando el nombre del verdadero titular desaparezca de las listas dictadas al amparo de la legislación europea por la que se aprueban e imponen sanciones financieras internacionales".

Además, este Real Decreto-ley establece un procedimiento específico para realizar los pagos de las nóminas del personal, así como otras obligaciones de las representaciones españolas en el exterior, con fondos propios, minimizando el posible uso del sistema financiero ruso, con el fin de favorecer el cumplimiento del régimen de sanciones. Mediante esos pagos directos, se evita recurrir a entidades financieras rusas que, aun no estando sujetas a las sanciones europeas, podrían suponer un riesgo de evasión de las mismas.

Más de 1.000 sancionados en la UE

España no da cifras ni detalles de sanciones. La lista de la Comisión Europea ya asciende a 1.091 sancionados y 80 entidades. El 16 de marzo los Registradores terminaron una primera ronda de escrutinio pero entonces el listado comunitario era de 862 personas y 53 entidades.

Las actuaciones que se conocen del Gobierno español contra sancionados son más escasas y menos contundentes que las del resto de países y más opacas. Según publicó Vozpópuliel Ejecutivo eludía retirar las cerca de 1.500 golden visa otorgadas a rusos a cambio de inversions pese a la presión de la Comisión Europea para revocarlas, lo que ya habían hecho Portugal, Reino Unido, Grecia o Chipre.

Pues bien, se ha conocido, sin que se haya informado públicamente, que el Gobierno ha decidido no otorgar más, pero mantiene las que hayCompromís y Más País han llevado al Congreso una propuesta para que sean retiradas. Para Joan Baldoví, diputado de Compromís, "el Gobierno está siendo lento con las represalias a oligarcas rusos".

Cuando se estaban cuestionando estas actuaciones, Pedro Sánchez anunció en La Sexta la incautación de un yate de un oligarca en el puerto de Barcelona cuya presencia era notoria, junto con la de más embarcaciones, pero no se actuaba. Francia, Italia, Alemania y Reino Unido llevaban entonces semanas con acciones de este tipo de las que informaban constantemente sus autoridades.

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  • Y
    Yorick

    ¿Y qué han hecho esos señores, aparte de ser rusos, para que se atente contra sus propiedades y libertades?

    ¿O es que ser ruso se ha convertido en un delito? Yo leí literatura rusa en su momento, y hasta he oído música clásica rusa. También conozco la tabla periódica de los elementos, que elaboró un ruso. Pero juro que, aparte de eso, no he cometido delito alguno.

  • D
    Darksith1977

    Habría que comprobar la compatibilidad del Reglamento Europeo de sanciones con el art. 33 de la Constitución Española.

  • L
    Luzmasluz

    Blinda a los funcionarios, pero sólo legalmente...