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Economía

El Gobierno no quiere perderse la fiesta del ladrillo: reforma Patrimonio para ganar más

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Imagen de archivo de construcción de edificios

Una de las reformas tributarias que va a acometer el Gobierno es la del Impuesto de Patrimonio, cuyo sistema para calcular sobre qué valor se aplica el tipo impositivo va a cambiar de forma "inminente", según ha avanzado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Hasta ahora, este impuesto se aplicaba sobre el valor que fuera superior de entre estos tres: el valor catastral, el valor computado por la Administración Pública a efectos de otros tributos (como el de Sucesiones) y el valor de adquisición. Sin embargo, el Gobierno ahora propone incluir un cuarto elemento: el valor de mercado, que estará determinado por el propio Catastro.

La Agencia Tributaria tendrá que elegir al mayor de entre esos cuatro valores y el REAF apunta a que siempre será el valor de mercado, especialmente ahora que el sector inmobiliario se ha recuperado, por lo que Hacienda aumentará su recaudación y los contribuyentes se verán obligados a pagar más.

"A menos que los tipos impositivos bajen, el Impuesto de Patrimonio va a subir, se va a incrementar la presión fiscal porque todos los inmuebles van a aumentar su valor con este nuevo planteamiento", explica Jesús Sanmartín, presidente del REAF.

Según datos de la consultora inmobiliaria internacional JLL del tercer trimestre, el mercado de la vivienda sigue siendo "dinámico", se han concedido un 10,9% más de hipotecas hasta julio en España, los precios se han incrementado un 6,8% interanual a cierre del segundo trimestre y el número de transacciones de viviendas ha crecido un 10,1% interanual.

¿Cómo se fijará el valor de mercado? El REAF asume que el Catastro utilizará para ello criterios en base a transacciones anteriores con ese inmueble o a comparativas con otros inmuebles de la zona.

En cualquier caso, el incremento de recaudación para el Estado se producirá sólo si se prorroga el impuesto, ya que desde el 1 de enero de este año está suprimido. El motivo es que en el año 2008 se suprimió este tributo y desde que se recuperó temporalmente en 2013, es necesario prorrogarlo cada año para que esté en vigor.

Si esto no ocurre, se entiende que el Impuesto de Patrimonio está bonificado al 100% en toda España y nadie debe pagarlo.

Pros y contras para el contribuyente

Marta García, directora de Consultoría de Valor de la sociedad de tasación Tinsa, explica a Vozpópuli otra derivada de esta reforma: tiene una parte buena porque por un lado beneficiará al contribuyente.

Aunque todo apunta a que aumentará lo que tendrán que abonar a Hacienda por este tributo, García explica que el hecho de que el Catastro ofrezca un valor de mercado de todos los inmuebles le da una herramienta a los contribuyentes para que cuando no estén de acuerdo con el valor catastral, puedan demostrarlo utilizando el valor de mercado.

"Los contribuyentes podrán ir con valoraciones a demostrar que un valor no está bien si no están de acuerdo", comenta la experta, que da a entender que está de acuerdo con los pronósticos del REAF en cuanto al devenir de la recaudación. 

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