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Sociedad

Los otros casos españoles pendientes en el TEDH: Jiménez Losantos, Paulina Rubio, una mujer gitana...

Magistrados de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo

Pocas veces se ha oído hablar tanto y en tantos sitios sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) como tras conocer su fallo del pasado 21 de octubre en el que condenaba a España por aplicar la ‘doctrina Parot’ a la etarra Inés del Río e instaba a las autoridades a su excarcelación y liberación. El revuelo montado fue de traca y aún colea, pero el delicado asunto y las notables consecuencias lo justifican. Sin embargo, y aunque de menor relevancia, hay más casos ‘contra España’ pendientes de resolución en la máxima autoridad judicial. Entre estos últimos, especificados por el propio Tribunal de Estrasburgo como “casos notables pendientes”, aparecen algunos tan dispares como los de Federico Jiménez Losantos, Paulina Rubio, una familia de etnia gitana o la Junta Rectora del Ertzainen Nazional Elkartasuna, el sindicato más representativo de ertzainas.

En 2012 el TEDH tramitó 905 solicitudes procedentes de España, 894 de las cuales fueron rechazadas. De las 11 aceptadas, en 8 se encontraron alguna vulneración de la Convención Europea de Derechos Humanos

¿Qué tienen en común el polémico periodista, la famosa cantante mexicana o un inmigrante saharaui? Todos ellos creyeron vulnerados alguno de sus derechos fundamentales y, agotada la vía judicial en España, acudieron al tribunal internacional para que fuese éste quien dijera la última palabra. Basta con bucear en la página web del TEDH para conocer los detalles sobre las decisiones de los jueces sobre los casos referidos a España y el estado y antecedentes de los procesos aún en trámite. En el año 2012, el Tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) tramitó 905 solicitudes, de las cuales 894 fueron declaradas inadmisibles o se rechazaron. De esas 11 solicitudes aceptadas, 10 tuvieron una sentencia, en 8 de las cuales el TEDH encontró al menos una violación de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Entre este compendio de “casos notables” y centrándonos en los más mediáticos debido a la relevancia pública de sus protagonistas, llama la atención el nombre de Federico Jiménez Losantos. Efectivamente, el periodista presentó un recurso en el Tribunal de Estrasburgo en septiembre de 2010 alegando que la justicia española había vulnerado su derecho a la libertad de expresión tras ser condenado en 2009 por injurias al por entonces alcalde de Madrid, Alberto Ruiz Gallardón. El locutor de esRadio buscó cobijo en los brazos del Alto Tribunal, pero esa confianza parece haberse diluido. Es más, a juzgar por las opiniones que Losantos vertió a través de los micrófonos de la emisora a cuenta de la sentencia sobre la ‘doctrina Parot’, los 47 jueces que componen el TEDH le merecen más bien poco respeto. “Chiringuito judicial”, lo llamó. Sobre el fallo que declaraba ilegal la ‘doctrina Parot’ dijo: “Es el caso Faisán, pero en Estrasburgo. En lugar de ser un bar, pues es un chiringuito judicial (...) Alto tribunal, altísimo tribunal, dicen… Tampoco es para tanto”.

"Es el caso Faisán, pero en Estrasburgo. En lugar de ser un bar, pues es un chiringuito judicial", dijo recientemente Losantos del tribunal internacional del que depende el reconocimiento de la supuesta violación de sus derechos

Los hechos se remontan a 2006, cuando Gallardón presentó una denuncia contra el periodista por presuntos insultos en el programa matinal que dirigía en la cadena COPE y donde criticó sus declaraciones sobre los atentados que tuvieron lugar en Madrid el 11 de marzo de 2004. Dos meses más tarde el actual ministro de Justicia amplió la denuncia por nuevas lesiones. El Juzgado Penal 6 de Madrid condenó a Losantos a pagar 100 euros al día durante 12 meses a Gallardón, teniendo que hacer frente a una multa de 36.000 euros y a las costas del juicio, y a un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Jiménez Losantos presentó un recurso en 2009, pero la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la sentencia y, posteriormente, el demandante interpuso un recurso de amparo que el Tribunal Constitucional lo declaró inadmisible en 2010. El último cartucho que podía quemar era el de Estrasburgo. Allí acudió al considerar que se había socavado su derecho a la libertad de expresión y, apoyándose en el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos, se quejaba de que la sentencia se basaba en una interpretación parcial de los hechos. Ahora, el reconocimiento de esos derechos supuestamente vulnerados depende de ese “chiringuito”.

Otra que está pendiente de resolución es Paulina Rubio. La internacional cantante interpuso una demanda contra tres programas de televisión españoles, a las que acusaba de delito contra sus derechos al honor y a la intimidad. Concretamente denunció a los ya desaparecidos ‘¿Dónde estás corazón?’, ‘Aquí hay tomate’ y ‘Crónicas Marcianas’ por emitir varios reportajes y entrevistas que sugerían la supuesta homosexualidad de la cantante. Sin embargo, los jueces no dieron la razón a Paulina porque “la condición homosexual de una persona en la actualidad no debe ser entendida como deshonrosa y además la propia actora ha consentido de forma tácita esa polémica sobre sus gustos sexuales", según la sentencia. Tras el rechazo de tres instancias judiciales españoles, la artista mexicana acudió al tribunal europeo.

Pero del TEDH también depende el futuro judicial de personas anónimas. El sindicato independiente de la Policía autónoma vasca, Ertzainen Nazional Elkartasuna (ErNE) -el mayor sindicato de ertzainas- llevó al alto tribunal la prohibición legal de huelga de los ertzainas, y en concreto la negativa a su solicitud de autorización para convocar una huelga en 2004. El caso de “A.M.B. y otros contra España” se refiere a una mujer de etnia gitana y su familia que vivía desde 2009 en una casa perteneciente al Instituto de la Vivienda de Madrid, la cual la justicia española obligó a desalojar. Acudió a Estrasburgo basándose en los artículos 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) y 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar en el hogar). Como éstos, todos los que demandaron a España esperan el veredicto de los jueces europeos.

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