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El juez Santiago Pedraz suspende de forma definitiva la orden de bloquear Telegram en España

El juez tomará una decisión cuando reciba el informe de la Comisaría General de Información (CGI) de la Policía Nacional sobre las características de la plataforma

El juez Pedraz suspende la orden de bloquear Telegram en España
La app de Telegram en un móvil Unsplash

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dejado sin efecto definitivamente la orden de bloqueo cautelar de la plataforma de mensajería Telegram al reconsiderar su postura y constatar que se trata de una medida "excesiva y no proporcional" por la posible afectación de múltiples usuarios.

Así lo ha acordado en una resolución, fechada este lunes, después de que el magistrado solicitase información a la CGI sobre las características de la plataforma de mensajería, así como sobre la incidencia que pueda tener sobre los usuarios la suspensión temporal que acordó en su auto del pasado viernes y cuya ejecución queda en suspenso.

De este modo, a primera hora de este lunes, el titular del Juzgado Central número 5 dejaba parada la suspensión temporal de Telegram que acordó en un auto del pasado viernes. Pedraz dio tres horas de plazo a las operadoras de telefonía para bloquear en España la aplicación de mensajería instantánea Telegram, que contarían desde la recepción de la comunicación judicial.

Denuncia contra Telegram

La orden judicial deriva de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar Plus+ en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor.

El juez consideraba la medida del bloqueo como necesaria, idónea y proporcional para la que no existía alternativa que pudiera detener la reiteración de los hechos denunciados, toda vez que las autoridades de las Islas Vírgenes no han colaborado con la comisión rogatoria enviada con el fin de que Telegram informase de determinados datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual.

Los argumentos para el bloqueo

La resolución, recogida por Europa Press, explicaba que para el buen fin de la instrucción resultaba necesaria la práctica las diligencias contenidas en la comisión rogatoria remitida a Islas Vírgenes sin que hasta el momento se tuvieran noticia del cumplimiento del citado instrumento de cooperación, por lo que quedarían pendientes numerosas diligencias de investigación dependiendo de la información que facilitará la ejecución de la citada Comisión Rogatoria Internacional.

El incumplimiento reiterado de la petición dirigida a Islas Vírgenes de 28 el julio del 2023, señalaba, impide la continuación de la instrucción de la causa. En dicha comisión se solicitó que Telegram informase sobre determinados datos técnicos que permitirían identificar los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual de las entidades personadas como acusación particular.

Esa falta de colaboración de las autoridades de Islas Vírgenes, apuntaba el juez, a las que solo se les pedía una actividad de comunicación a los responsables de la red social provocó que debieran adoptarse las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares.

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