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País Vasco

Los padres vascos podrán disfrutar de 16 semanas de baja por paternidad, el doble que en el resto de España

Un padre con su hijo.

Solo faltaban los detalles y la fecha de inicio. Y ya están aquí. A partir del próximo noviembre los padres del País Vasco podrán disfrutar de hasta 16 semanas de bajas por paternidad. Esta cifra es justo el doble de las ocho semanas a las que pueden acceder los progenitores en el resto de España. El Gobierno vasco ha aprobado este martes los requisitos para el funcionamiento de estos permisos de paternidad que son pioneros y que se articulan mediante un sistema de excedencias que costea el propio Ejecutivo autonómico. 

Los padres del País Vasco podrán solicitar estas bajas de paternidad de 16 semanas desde noviembre. Quienes quieran disfrutar de la medida tendrán que acogerse a una excedencia. Y después el propio Gobierno vasco pagará el coste de esa excedencia de ocho semanas. Así, el sistema cuenta con una financiación mixta: el Gobierno central paga las primeras ocho semanas y el Ejecutivo autonómico costea las ocho siguientes. El País Vasco es la primera comunidad donde se ponen en marcha estos permisos. 

El decreto aprobado este martes por el Ejecutivo que preside Íñigo Urkullu establece todos los requisitos necesarios para poder disfrutar del permiso de paternidad de 16 semanas. 

No para quienes utilizan guarderías

Uno de los requisitos más polémicos tiene que ver con la incompatibilidad con el uso de las guarderías. Aquellos padres que tengan matriculados a sus hijos en una escuela infantil (guardería), no podrán acogerse a estos permisos. 

Según expone el decreto, el objetivo de esta ayuda es que, tras el nacimiento del hijo, ambas personas progenitoras puedan equiparar los períodos temporales disfrutados en los subsidios contributivos por nacimiento y cuidado, teniendo derecho a un período de igual duración -16 semanas- intransferible, remunerado y no coincidente en el tiempo.

Las personas a las que se dirige esa ayuda son los personas trabajadores por cuenta ajena, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas y trabajadores por cuenta propia o autónomos. Eso sí, cada uno de estos sectores tiene que cumplir requisitos diferentes. Así, para que un autónomo pueda acceder a la ayuda debe contratar a un trabajador durante todo el período de la actuación subvencionable

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