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El TSJC rechaza que 'El Rosco' de 'Pasapalabra' esté protegido y permite seguir con su emisión

La sentencia establece que no ha quedado probado ni la originalidad ni la autoría de la prueba de 'El Rosco' del programa 'Pasapalabra'

El TSJC rechaza que 'El Rosco' de 'Pasapalabra' esté protegido y permite seguir con su emisión
El concursante Pablo Díaz durante su participación en 'Pasapalabra', el concurso de 'Antena 3'.

Antena 3 podrá seguir emitiendo el veterano concurso televisivo Pasapalabra después de que el juez haya desestimado la demanda presentada por la sociedad holandesa MC&F que reclamaba la propiedad intelectual sobre su prueba estrella, El Rosco. La sentencia del Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona, que puede ser recurrida, pone fin así al litigio sobre los derechos de propiedad intelectual del popular concurso televisivo, que ya en 2019 dio pie a que el Tribunal Supremo obligara a Telecinco a cancelar el programa.

En la sentencia se razona que no se ha practicado ningún medio de prueba, especialmente dictámenes periciales, para probar la originalidad y la autoría de la prueba o juego televiso conocido en España como El Rosco, pues no todo formato televisivo puede ser objeto de protección por la propiedad intelectual, sino solo aquel supone un concreta plasmación de una idea original que refleja la creatividad intelectual de su autor.

La sentencia desestima también las acciones subsidiariamente ejercitadas al amparo de la Ley de Competencia Desleal, al aplicar el principio de la complementariedad relativa, ya que los hechos en que se fundamentan las acciones de competencia desleal no presentan facetas de desvalor diferentes a las examinadas al amparo de la Ley de Propiedad Intelectual. Se trata de un principio inicialmente acuñado en la jurisdicción para los derechos marcarios pero que también resulta aplicable en la relación entre derechos de autor y competencia desleal.

Desde hace más de una década, productoras y medios televisivos se disputan la emisión de Pasapalabra en España, que finaliza con su prueba insignia, en la que los concursantes deben acertar una palabra comenzada por cada letra del abecedario.

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona.

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