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España

El Tribunal de Cuentas multa al PDeCAT con 250.000 euros por aceptar donaciones prohibidas

El Tribunal de Cuentas (TCU) ha sancionado al Partit Demòcrata Europeu Català (PDeCAT) -la formación heredera de CDC extinguida en octubre pasado- con una multa de 241.399 euros que tendrá que pagar por haber aceptado donaciones finalistas

Tribunal de Cuentas
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El Tribunal de Cuentas (TCU) ha sancionado al Partit Demòcrata Europeu Català (PDeCAT) -la formación heredera de CDC extinguida en octubre pasado- con una multa de 241.399 euros que tendrá que pagar por haber aceptado donaciones finalistas, prohibidas por la legislación sobre financiación de partidos políticos.

Junto a esta formación catalana, el pleno del máximo órgano fiscalizador ha sancionado por el mismo a motivo a Més per Mallorca, en su caso con 30.000 euros, una cantidad inferior a la que le correspondía porque ha reconocido los hechos y ha acometido el pago voluntario de la multa, según explica el tribunal en un comunicado.

También ha pagado su sanción, con importe reducido, una tercera formación política, Nueva Canarias, en su caso sancionada por no haber remitido en plazo su contabilidad anual de los ejercicios de 2020 y 2021, por faltar al "deber de colaboración" con el TCU en la fiscalización de sus cuentas de 2018 y 2019, así como por carecer de un sistema interno de auditoría en el ejercicio de 2020.

En su caso le corresponde pagar 42.000 euros, a cuyo pago ya ha procedido tras haber reconocido los hechos, punibles en función de diversos artículos de la Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos de 2007.

Esta norma establece en su artículo 5 unos límites a las donaciones privadas que pueden percibir las formaciones políticas; se establece que no pueden aceptar "donaciones anónimas, finalistas o revocables", y este es el motivo de los expedientes abiertos al PDeCAT y a Més per Mallorca al detectar que sí obtuvieron fondos de este tipo.

Las donaciones finalistas son, por ejemplo, aquellas que los partidos promueven para financiar causas concretas y ya han sido motivo de diversos expedientes por parte del Tribunal de Cuentas desde su prohibición.

También están prohibidas las donaciones de una sola persona superiores a 50.000 euros anuales y las procedentes de personas jurídicas y entes sin personalidad propia.

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