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Política

El enésimo cambio de opinión del PSOE: de no poder tocar el decreto de Justicia a hacerlo a la carta para Junts

El presidente del Gobierno acostumbra a desdecirse desde que está en el cargo y lo ha vuelto a hacer para pactar con Puigdemont los decretos

Pedro Sánchez este miércoles en el Senado.
Pedro Sánchez este miércoles en el Senado. EFE / Rodrigo Jimenez.

El PSOE de Pedro Sánchez acostumbra a cambiar de opinión desde que está a los mandos de Moncloa. Y lo ha vuelto a hacer con el Real Decreto-ley 6/2023 por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. Esa norma, llamada decreto ómnibus por tocar varias materias, fue convalidada este miércoles por el Congreso gracias a Junts, que finalmente no votó para que viera la luz.

El partido de Puigdemont dijo que su aprobación dejaría en papel mojado la futura ley de amnistía por la introducción de un artículo, el 43 bis, sobre cuestiones prejudiciales que reza lo siguiente:

Artículo 43 bis añadido en la La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

  1. Cuando un tribunal estime que para poder emitir su fallo, en cualquier fase del procedimiento, resulta necesaria una decisión sobre la interpretación o la validez del Derecho de la Unión, en los términos del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dictará providencia en la que, concretando suficientemente la duda interpretativa o de validez del Derecho de la Unión, dará audiencia por un plazo común de diez días a las partes y, en los casos en los que legalmente proceda, al Ministerio Fiscal. El auto de planteamiento de la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acordará la suspensión de las actuaciones hasta que conste en autos la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que decida la cuestión prejudicial o se acuerde la retirada de la cuestión prejudicial. Contra la providencia y el auto mencionados en este apartado no cabe recurso.
  2. Cuando se encuentre pendiente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial directamente vinculada con el objeto del litigio de que conoce un tribunal, ya planteada por otro órgano jurisdiccional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, si el tribunal estima necesaria la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para resolver el litigio, podrá suspender motivadamente el procedimiento. La suspensión se acordará, mediante auto, previa audiencia por plazo común de diez días de las partes y, en los casos que legalmente proceda, del Ministerio Fiscal.
Contra el auto que deniegue la petición cabrá recurso de reposición, y contra el auto que acuerde la suspensión cabrá presentar recurso de apelación.

La suspensión a la que se refiere este apartado se alzará por el letrado o letrada de la Administración de Justicia una vez acreditada la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o, en otros supuestos, por auto del propio tribunal que acordó la suspensión.

En un primer momento, el Gobierno dijo que la introducción de ese artículo no trastocaba de manera alguna la amnistía porque esa paralización de los procesos al interponerse una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea es algo que ya se venía haciendo con regularidad. La idea era dejarlo por escrito en la Ley de Enjuiciamiento Civil, porque la Comisión Europea lo pedía para anclar en España la jurisprudencia europea. Es decir, un proceso que se denomina transposición de directiva y que en la práctica implica incorporar las directivas de la Unión Europea a las legislaciones nacionales de los Estados miembros.

Pero Junts no lo veía así. El partido de Puigdemont consideraba que ese artículo daba manga ancha a los togados para que, una vez aprobada la ley de amnistía, interpusieran esa cuestión prejudicial al TJUE con la finalidad de esperar a que este resuelva. De manera que, en ese lapso, según Junts, la medida de gracia podía quedar 'noqueada'. Pero en Moncloa no dejan de verlo como una "opinión jurídica". Fuentes del núcleo de confianza del presidente del Gobierno explican a este diario que dado que no hay unanimidad a la hora de interpretar cómo afectaría ese artículo a la amnistía, el grupo socialista se comprometió con Junts a iniciar un trámite legislativo (una enmienda) que vuelva a modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para eliminar el artículo dichoso artículo 43 bis. "Por algo ERC no se quejó para nada de ese artículo", resumen estas fuentes.

"Lo de la cuestión prejudicial, en privado, me dicen que no se puede cambiar Una fuente negociadora socialista con Junts de primer nivel

Pero antes de ese arrebato del Gobierno hay que recordar lo que fuentes socialistas de primer nivel explicaban este mismo lunes sobre el decreto ómnibus. "Lo de la cuestión prejudicial, en privado, me dicen que no se puede cambiar", dijo un socialista de primer nivel negociador con Junts. Ese era el momento en el que el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños también insistía en que Junts no tenía nada que preocuparse. Bolaños, cabe recordar, es miembro de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE.

No obstante, preguntado directamente por este diario, el ministro zanja: "Dije y reitero que no cambiaba con esa previsión el artículo 43 bis el régimen de las cuestiones prejudiciales porque eso no depende del derecho español. Eso está muy consolidado en la jurisprudencia europea del TJUE. De hecho está en sus estatutos y también en las instrucciones que envían a los órganos jurisdiccionales españoles y dije en aquel momento que no hay ningún cambio en el régimen. Las cuestiones prejudiciales es derecho europeo y ahí que estuviera o no estuviera no tenía relevancia en el decreto de modernización de la Justicia que es lo importante". Lo que no aclara es por qué se quita y se pone del articulado si, en teoría, no tiene implicación alguna.

Ya a primera hora de este jueves Bolaños minimizó en TVE la repercusión la supresión del artículo 43 bis: “No cambia nada”. Bolaños explica ahora que pese a que Bruselas pide que se incorpore la directiva europea en la legislación española, en este caso las instituciones comunitarias se contentan con la totalidad de la “reforma” que contiene el decreto ómnibus. “Ese es el compromiso y no una disposición concreta”, apuntó.

Fuentes de Moncloa consultadas por este diario vienen a calificar lo sucedido como dejar que Junts se cuelgue la medalla en su batalla con ERC por la hegemonía del independentismo. El PSOE, supuestamente, se esfuerza en vender que ha dejado a la derecha secesionista catalana que se arrogue el mérito de haber reventado un artículo que iba a paralizar la amnistía; el gran compromiso de Pedro Sánchez con Junts -y ERC- y el único incentivo de Carles Puigdemont para participar de la gobernabilidad de España.

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