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España

Los policías de la 'patada en la puerta' piden el archivo: "Era un piso de fiestas clandestinas"

Recogen las declaraciones de Marlaska en el recurso presentado ante el juez para justificar su actuación y aseguran que su intervención en el domicilio de Madrid fue adecuada en situación de pandemia

Los policías que tiraron la puerta abajo en una "fiesta ilegal" de Madrid: "No existía otro medio"
Los agentes de la Policía Nacional tras tirar la puerta abajo.

Los policías nacionales investigados por el polémico episodio que tuvo lugar en la madrileña calle Lagasca, cuando irrumpieron en una vivienda con la ayuda de un ariete en un vídeo que se hizo viral, piden el sobreseimiento de la causa y alegan que el domicilio no era una morada habitual de los que allí se encontraban, sino un piso turístico que se alquiló para celebrar “fiestas clandestinas” durante la pandemia. Los agentes han sido citados este viernes por el juez en relación con los hechos que tuvieron lugar en la madrugada del 21 de marzo de este año.

En un recurso presentado al Juzgado de Instrucción n.º 28 de Madrid, al que ha tenido acceso Vozpópuli, la defensa de los policías manifiesta que el inmueble donde ocurrieron los hechos no constituye morada de ninguno de los presentes, ni siquiera del arrendador, un ciudadano de origen británico. Al contrario, argumentan que se trata de un piso que fue alquilado con la “exclusiva finalidad de celebrar fiestas”, incumpliendo la normativa vigente con motivo del estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus. El episodio, grabado por una de las personas que estaban en el piso, saltó a los medios de comunicación y desató un intenso debate sobre la actuación de los agentes.

Para sostener su argumentación, la defensa se remite a unas declaraciones del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en las que afirmaba que una morada es “donde se realiza la intimidad más plena de una persona”, y que una habitación de hotel o un piso turístico no lo sería “si su fin […] es para realizar fiestas ilegales”. También apunta a que durante el contexto de estado de alarma se emplearon los pisos turísticos como “auténticos locales clandestinos” en los que no se desarrollaban actos propios de la privacidad, por lo que dejarían de estar amparados al derecho constitucional a la inviolabilidad domiciliaria.

Según los policías, los vecinos que llamaron por el excesivo ruido apuntaron que se trataba de un piso "utilizado únicamente para hacer fiestas de jueves a domingo". Los agentes también apuntan otros indicios, como la ausencia de un nombre identificativo en el buzón o la presencia de un sistema de apertura telemática en la puerta del inmueble "de los que habitualmente se utilizan en los pisos turísticos".

El recurso de los policías

El recurso presenta otras consideraciones sobre los hechos que desataron la polémica. Asegura que los policías manifestaron en varias ocasiones su condición de agentes de la autoridad, en contraposición a la declaración de los detenidos, quienes expresaron sus dudas sobre quién llamaba a la puerta del inmueble. Los agentes también señalan que el contrato de arrendamiento del piso no está firmado y que no se ha acreditado el pago de la fianza ni de ninguna de las mensualidades. Asimismo, consideran que los detenidos incurrieron en un delito flagrante de desobediencia grave por no atender los requerimientos de los agentes de abrir la puerta del domicilio.

Los policías esgrimen que su intervención siempre fue ajustada a Derecho y, por eso, piden el archivo de la causa. Los seis agentes investigados por los hechos han sido citados este viernes por el juez y se enfrentan a las acusaciones de allanamiento de morada y daños. Los denunciantes -quienes se encontraban en el piso en el momento de la intervención- piden que se les abonen los casi 3.000 euros que supuso la reparación de la puerta y de la pared afectadas.

El episodio, además de un debate en el ámbito público, ha suscitado una batería de comentarios en el ámbito policial. "Nuestros compañeros ven ahora como se pone en peligro su futuro y el de sus familias solo por cumplir con su deber de socorrer a los vecinos que pidieron insistentemente su ayuda para acabar con una fiesta ilegal en medio de una situación de excepcionalidad y riesgo sanitario", sostienen desde el Sindicato Unificado de Policía (SUP).

Al banquillo por allanamiento

Los policías responden de este modo al auto del pasado 19 de septiembre en el que se acordó que serán juzgados por delito de allanamiento. El Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid expuso en el escrito que será un jurado el que juzgue estos hechos ocurridos el pasado mes de marzo. Con todo, no apreció indicios de delito relativos a la entrada de funcionarios públicos en el domicilio, así como tampoco delito autónomo de daños.

El auto, que convoca para este mismo viernes a los siete agentes querellados en aras a comunicarles en persona la resolución, da por zanjada unas pesquisas que se iniciaron en marzo. Las mismas arrancaron a tenor de una querella presentada por uno de los jóvenes que participaba en la fiesta del piso del barrio Salamanca cuando irrumpieron los agentes. Tras estos meses de investigación, su defensa solicitó al juzgado que se les enviara al banquillo por los delitos de allanamiento de morada y daños.

De este modo, reiteraron lo explicado en la querella inicial acerca de que los policías aparecieron golpeando la puerta de este inmueble, ubicado en la calle Lagasca, y que no se identificaron en ningún momento pese a que así se lo pidieron los que estaban dentro. Ello motivó que entraran a la fuerza aduciendo delito de desobediencia grave a la autoridad. Según el denunciante –de nacionalidad inglesa- utilizaron un ariete para reventar la puerta tras intentarlo sin éxito mediante la técnica del resbalón.

Su defensa razona que no confluían ninguno de los requisitos para que los agentes entraran en la vivienda, esto es, que no existió consentimiento ni había orden judicial que les habilitara a “entrar por la fuerza”. Tampoco –alegan- se estaban cometiendo ningún delito fragrante que requiriera la entrada urgente en esa casa, de modo que los hechos quedarían reducidos a una infracción administrativa por la negativa a identificarse a los agentes.

“No existía ninguna necesidad urgente de la intervención policial; los propios agentes lo han confirmado: ni siquiera sabían que fuese urgente y, si lo sabían, claramente no les importó. Cualquier mal o ilícito que se hubiese podido cometer dentro del domicilio, ya habría ocurrido, no siendo de ninguna manera necesaria la intervención policial”, expuso el denunciante, el cual calificó la actuación de los agentes de la Jefatura Superior de Madrid de “irresponsable e ignorante”.

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