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Un informe revela el plan de la Armada ante una "emergencia nuclear" en Rota, Cartagena o Porto Pi

El protocolo aprobado en 2018 y del que apenas se distribuyeron 18 copias físicas detalla los pasos a seguir en caso de que un buque nuclear sufra algún accidente

Vista aérea de la base naval de Rota, con el informe de la Armada sobre la amenaza nuclear superpuesto
Vista aérea de la base naval de Rota, con el informe de la Armada sobre la amenaza nuclear superpuesto

Un informe redactado por el Estado Mayor de la Armada recoge el protocolo que debe seguir el cuerpo militar en caso de enfrentarse a una "emergencia nuclear" en la base naval de Rota, el arsenal de Cartagena o la estación de Porto Pi (Palma de Mallorca), los tres únicos puntos en España donde se permite que hagan escala los buques propulsados por este tipo de energía. Se trata de un documento detallado, de 46 páginas, del que apenas se distribuyeron 18 copias físicas entre altos mandos de la Armada y uno en depósito en su propio archivo. En él se hace un análisis de riesgos, una descripción de la situación y se recogen las pertinentes medidas de protección.

El informe lleva por nombre Plan de Emergencia Nuclear de la Armada (PENAR), y se puso en vigor en julio de 2018 en sustitución del anterior protocolo, fechado en 1988. El documento lo firma el entonces Jefe del Estado Mayor de la Armada, almirante general Teodoro Esteban López Calderón, actual Jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), y detalla el ámbito concreto en el que deben intervenir los efectivos militares ante una emergencia nuclear.

En un contexto en el que el término "nuclear" cobra especial relevancia a partir de los acontecimientos que se están viviendo en Ucrania, cabe aclarar las especifidades del informe. En ningún caso se trata de una intervención militar ante una agresión bajo términos nucleares, como se ha especulado que podría ejecutar Vladimir Putin en los territorios ocupados por Rusia en el Donbás; el plan de actuación se centra en las intervenciones que habría que llevar a cabo en Rota, Cartagena o Porto Pi en caso de que un buque nuclear sufra un incidente.

El buque de propulsión nuclear que ha acaparado más titulares en fechas recientes quizá sea el ruso Belgorod, al que desde ciertos espacios se ha vinculado -aún sin ninguna confirmación oficial- con un hipotético despliegue de las capacidades nucleares de las fuerzas armadas de Moscú. Pero lo cierto es que otros países como Estados Unidos, Reino Unido, Francia o China, entre otros, disponen de buques nucleares a su servicio; principalmente, submarinos o portaaviones.

Y España, ante la existencia de estos buques -ninguno en nuestra Armada-, dispone de un protocolo específico de intervención ante una amenaza nuclear procedente del mar. La gestión de una crisis de estas características en aguas territoriales españolas corresponde al Ministerio de Transportes (anteriormente de Fomento), a través de Dirección General de la Marina Mercante, tal y como establece el Real Decreto 1054/2015, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo radiológico.

En el caso de la Armada, su ámbito de actuación se centra únicamente en las citadas instalaciones militares de Rota, Cartagena o Porto Pi, los tres únicos puertos donde pueden fondear o atracar los buques nucleares. En cualquier caso, se debe informar al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) sobre cualquier emergencia nuclear y atender sus recomendaciones.

Análisis de riesgo nuclear

El Estado Mayor de la Armada determina en su "análisis de riesgos" que la probabilidad de que se produzca un accidente con consecuencias radiológicas en un reactor nuclear de un buque de guerra occidental "es muy remota", y que el caso de producirse un escape radiactivo, lo más probable es que afecte a las zonas próximas al buque accidentado, lo que supondría que todo personal ubicado a menos de 500 metros del lugar del suceso se vería afectado por la radiación. El principal riesgo, en todo caso, sería el traslado por el aire de partículas radiactivas, que podrían ser respiradas o depositarse en personas, animales o cualquier elemento físico a su paso.

El informe también contempla la posibilidad de que una fuga radiactiva contamine las aguas costeras, o que el líquido de refrigeración del buque termine en el mar. En ningún caso, asegura, existe la amenaza de explosión de un reactor nuclear: "El riesgo es nulo".

¿Y cómo actúa la Armada en caso de decretarse una emergencia nuclear en cualquiera de estos tres puntos? Lo primero que establece el informe es la organización de los grupos, encabezados por un director de emergencia, que declara la crisis y ordena las medidas a tomar, y el grupo técnico asesor, con expertos que dan las recomendaciones que estimen oportunas. El coordinador de operaciones es el encargado de supervisar el cumplimiento de las medidas establecidas, que a su vez las transmite al grupo de respuesta (con especial relevancia de la unidad NRBQ) y los grupos de apoyo.

'Pre-emergencia' y 'emergencia'

Como medidas de protección, se establece una primera fase llamada de "pre-emergencia", que se activa cuando el comandante del buque comunica cualquier tipo de incidencia a bordo, sea o no radiológica, pero que pudiera derivar en este tipo de crisis. En estos casos, el protocolo dicta que se activen los grupos de organización, se establezcan zonas de seguridad y controles de accesos, así como notificar el caso al Consejo de Seguridad Nuclear. También que se fije el nivel de amenaza NRBQ bajo para los buques en el puerto.

Y en caso de decretarse la crisis radiológica a bordo del buque, el Estado Mayor de la Armada dictamina la puesta en marcha de la fase de emergencia, propiamente dicha. El comandante del buque debe comunicar la emergencia a las autoridades españolas a través de los canales establecidos y dirigirse al fondeadero de emergencia más próximo o a aguas internacionales. Por su parte, el director de emergencia declarará la crisis y adoptará las "medidas urgentes" oportunas, al mismo tiempo que decretará "el nivel de amenaza NRBQ alto" para los buques en puerto.

Si el buque donde se ha declarado la emergencia se encuentra a menos de 500 metros, se contempla el confinamiento, establecer puntos de reuniones específicos, la distribución de profilaxis radiológica o la evacuación. Y una vez finalizada la emergencia, se descontaminará el buque. El informe especifica que también existen otras medidas de larga duración, pero que "no son objeto de este plan".

En cualquier caso, queda un resquicio por abordar y que sí contempla el plan de la Armada: Gibraltar. ¿Cómo actuar en caso de que un submarino nuclear atraque en el puerto británico, pero que por proximidad suponga una amenaza para España? En ese caso se desplegarán en Algeciras los Grupos de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Armada (GOVRA), que efectuará las mediciones correspondientes. En todo caso, "es de aplicación el plan interno del Ministerio de Defensa Británico y el externo de Gibraltar".

En total, el informe dispone de 46 páginas que reúne las características más precisas en un plan de emergencia nuclear. Porque aunque la amenaza sea "muy remota", la Armada contempla los extremos más inverosímiles para minimizar cualquier tipo de riesgo.

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  • L
    Lucy

    Artículo muy interesante para los integrantes de la armada.
    Para el resto no lo acabo de ver, pero voy a mirar si tengo un submarino nuclear en la terraza.