España

La Justicia avala al denunciante de 'Koldo': informar de los contratos covid es de "extraordinaria relevancia pública"

La Audiencia Provincial de Madrid confirma el fallo del juzgado a favor de Ramiro Grau y sus noticias sobre los vínculos de Ábalos con uno de los empresarios del caso Koldo

Koldo García, en la comisión de investigación del Senado

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado las críticas y reproches que el denunciante del caso Koldo, el abogado Ramiro Grau, efectuó contra el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y uno de los empresarios de la trama. Los magistrados han confirmado la sentencia que dictó un juzgado de primera instancia de Madrid y han recordado que la libertad de expresión y de información prevalece al tratarse de asuntos "de extraordinaria relevancia pública".

El fallo, al que ha tenido acceso Vozpópuli, determina que se hace necesario ponderar la lesión del derecho al honor que denunció José Ángel Escorial Senante (administrador de Soluciones de Gestión) con la libertad de expresión y de información que garantiza la Constitución. Al respecto la sentencia explica que hay que encuadrar las expresiones que vertió Ramiro Grau en un momento de crisis sanitaria mundial sin precedentes.

El motivo del conflicto se circunscribe al artículo que publicó este abogado el 25 de abril de 2020 en El Correo de España que llevaba por título  'Chanchullo del dinero público-Ábalos José Ángel Escorial la extraña pareja'. En el mismo se denunciaba la adquisición de mascarillas por parte de Transportes a la empresa Soluciones de Gestión, tal y como desveló este medio el 14 de abril de aquel año.

El denunciante del caso Koldo

En dicho artículo Grau se refirió a esta primera adquisición de mascarillas a la firma estrella del caso Koldo y apuntó a la creación de "empresas opacas" por parte de este empresario, así como al hecho de que el Gobierno otorgó el contrato 'a dedo' pagando un sobrecoste por este material sanitario pese a que gran parte del mismo llegó en mal estado.

Senante exigió rectificación que se publicó en el diario aunque en noviembre de ese año presentó una demanda por vulneración del derecho al honor. El juzgado que estudió el asunto falló a favor de Ramiro Grau en marzo del año pasado, pero no solo respaldó sus publicaciones sino que incluso puso en duda al proveedor de mascarillas del Gobierno al destacar que su cifra de negocio antes de todas las adjudicaciones que se llevó del Gobierno era de cero euros.

Lo que da lugar a que el análisis de esas empresas y quienes están detrás de ellas en relación con el Gobierno constituye un hecho de una extraordinaria relevancia pública y de especial sensibilidad. Fallo de la Audiencia Provincial de Madrid

Ahora la Audiencia de Madrid respalda este criterio y recuerda, además, que aunque las palabras que vertió Grau en su artículo puedan parecer injuriosas, debe prevalecer la libertad de expresión y de información.

Este fallo, que a diferencia del resto se ha dictado tras el estallido del caso Koldo, explica que en la adquisición de mascarillas por parte de Moncloa apareció "un grupo de empresas que, por su intervención, van a obtener unos pingües beneficios económicos que no siempre será comprendido por una ciudadanía que padecía la crisis sanitaria y con un grado de solidaridad jamás conocido".

Informar de los contratos covid

"Lo que da lugar a que el análisis de esas empresas y quienes están detrás de ellas en relación con el Gobierno, tanto de España como de la Comunidad Autónoma que fuera, constituye un hecho de una extraordinaria relevancia pública y de especial sensibilidad. Y, en el tratamiento de este tema, es donde se inserta este artículo periodístico. Ya no se discute que alguna de las mascarillas eran defectuosas", reza el fallo.

La Audiencia de Madrid se publica en la misma línea a cómo lo hizo el juzgado de primera instancia número 14 de Zaragoza, donde también recurrió Senante contra el artículo de Grau. Tal y como informó este medio, el juzgado avaló las expresiones del abogado -que definió a Ábalos y Senante como una 'extraña pareja'- y se negó a sancionarle por estos hechos.

Dinero en efectivo incautado por la Guardia Civil a la trama Koldo

"Se limita a transmitir hechos publicados en otros medios que se hicieran eco del precio de las mascarillas (el volumen y precio del negocio fue objetivamente importante) y la existencia de partidas defectuosas conteniendo las publicaciones a través de los términos 'chanchullo', 'corrupción' o 'llamativa pareja' en referencia a un destacado responsable político y al administrador de la entidad actora una intención de mera crítica", expuso.

Cabe destacar que el fallo que ahora dicta la Audiencia de Madrid, a diferencia del del juzgado de Zaragoza, se dicta toda vez que se ha conocido los pormenores de una investigación que dirigió bajo secreto la Fiscalía Anticorrupción desde 2022 hasta que interpuso denuncia en la Audiencia Nacional en septiembre del año pasado.

El procedimiento, bautizado como caso Koldo, ha evidenciado que la empresa vinculada a Senante se llevó contratos del Gobierno de Pedro Sánchez (en concreto de los ministerios de Transportes, Interior y Sanidad) además de los gobiernos de Baleares y Canarias (bajo los mandatos de Francina Armengol y de Ángel Víctor Torres) por más de 52 millones de euros. De estas cuantías, 17 millones fueron para beneficios personales de los implicados en la trama.

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