Quantcast

España

El abogado de las víctimas del incendio de Murcia pide que se investigue al Ayuntamiento en una pieza separada

La acusación particular remite un informe elaborado por el consistorio en el que se aprecian "obras pendientes de realizar" relacionadas, entre otras cosas, con las puertas de emergencia

Las dos discotecas incendiadas en Murcia funcionaban sin licencia desde 2022
Discotecas en la zona de Las Atalayas, en Murcia, donde se produjo el incendio EFE

La acusación particular de las familias de dos de las víctimas del incendio de las discotecas de Murcia en el que fallecieron 13 personas el pasado 1 de octubre pide al juzgado que lleva el caso que investigue al Ayuntamiento de Murcia en una pieza separada.

El abogado ha presentado un escrito ante el Juzgado de Instrucción Número 3 de Murcia en el que se adjunta un informe realizado por los técnicos municipales, en el proceso de legalización del expediente de la discoteca Teatre, en el que se pone de manifiesto "graves irregularidades pendientes de realización".

El letrado defiende en el texto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, que dichas "obras pendientes de realizar" afectan a la seguridad en materia de incendio, por lo que entienden que estaba perfectamente justificada la ejecución de la orden de precinto y cierre por parte del Ayuntamiento de Murcia.

En el informe presentado por la Administración municipal, fechado el 11 de mayo de 2023, se recoge la necesidad de realizar una serie de obras que la acusación particular entiende como "cuestiones sustanciales en materia de incendios que están íntimamente relacionadas con la seguridad del local". Estas son: el panel de cerramiento que crea dos espacios independientes, puertas de emergencia, ejecución de nuevo escenario, cambio de ubicación de grupo electrógeno, bombeo contra incendios y depósito de agua.

Puertas de emergencia

El escrito presentado ante el juzgado de instrucción recalca que cualquier cuestión relacionada con las puertas de emergencia constituye una causa suficiente para decretar el cierre hasta que no se solvente las incidencias detectadas.

La acusación particular defiende que quedan "acreditadas las deficiencias e irregularidades de las salidas de emergencia, que eran estrechas, estaban llenas de trastos y enseres". Asimismo, detalla que no se sabe si estaban cerradas con candado y conducían a corredor exterior en pésimo estado. El letrado entiende por demostrado que los técnicos municipales conocían esta situación y que fue consentida por el Ayuntamiento.

En el escrito se detalla, además, que el local funcionaba sin suministro eléctrico y que se alimentaba, como elemento principal, de un generador de diésel, "cuando tales elementos se utilizan como elementos de socorro para cubrir situaciones de emergencia". El abogado entiende, por consiguiente, que es "inadmisible" que un local de las características de Teatre y la Fonda Milagros funcionase con un generador de diésel y que el Ayuntamiento lo permitiese.

Según recoge el escrito remitido al juzgado, el generador de diésel debe ser un elemento complementario en caso de emergencias. El abogado de las familias de dos de las víctimas detalla que al ser esta la principal fuente de suministro de ambas discotecas, ya no puede utilizarse como fuente de socorro, por lo que en caso de emergencia -como fueron los hechos acontecidos el pasado 1 de octubre- el local se queda sin fuente de suministro eléctrico. Si desaparece la iluminación, tal y como ocurrió el día del incendio, los que estaban en el interior se quedan sin iluminación que les oriente para buscar una salida.

"No había detector anti-humos"

El informe apunta a "obras pendientes de realizar", también, en referencia al bombeo contra incendios. El escrito de la acusación particular indica, respecto a este punto, que no sólo "no había detector anti-humos sino que tampoco había bomba de bombeo contra incendios".

Por ello, solicita que se investigue por qué el local no estaba dotado de una bomba de bombeo contra incendios y la relación de esta carencia con los hechos. El abogado defiende que si no hay bombeo de agua, "evidentemente", no se van a detonar los aspersores contra incendios, no pudiendo, así, evitar la propagación inicial de un incendio.

Además, el escrito hace hincapié en la creación de dos espacios independientes en la misma superficie y defiende que "tiene relación directa con los hechos acontecidos puesto que al no estar correctamente separados e independientes, el fuego iniciándose en Teatre se propagó rápidamente a la discoteca Fonda Milagros".

El letrado explica que "debe tenerse en cuenta que las discotecas estaban separadas por un tabique de Pladur, unidos con una puerta, compartiendo los conductos de aire acondicionado", lo que considera relevante para la investigación, ya que "el humo llegó a Fonda Milagros por la parte superior antes que las llamas, según parece por el conducto del aire acondicionado". De haber estado correctamente instaladas en salas independientes, "no se hubiese propagado el incendio, o lo hubiera hecho de otra forma más lenta", explica.

La acusación particular concluye que el informe adjuntado pone de manifiesta que el Ayuntamiento de Murcia, tan solo unos cuantos meses antes del siniestro, tenía "pleno conocimiento" de la existencia de "deficiencias e irregularidades sustanciales" que justificaban la ejecución de la orden de precinto y cierre dictada. Por tanto, defiende que existen indicios suficientes para la que el juzgado ejecute la apertura de una pieza separada.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.