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La Fiscalía del Supremo ve “indicios sólidos" de delito en la actuación de Iglesias en el ‘caso Dina’

La Fiscalía del Supremo ve “indicios sólidos" de delito en la actuación de Iglesias en el ‘caso Dina’

La Fiscalía del Tribunal Supremo ve “indicios sólidos de delito” en la actuación del vicepresidente Pablo Iglesias en el ‘caso Dina’. En concreto, el ministerio público considera que hay pruebas en dos de los tres delitos que le atribuyó el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón. Pero sostiene que debe ser ese organismo el que termine la investigación y, entre otras cosas, cite a declarar de nuevo a la ex asistente del líder de Podemos, Dina Bousselham.  

El escrito de 16 folios de la Fiscalía analiza uno por uno los delitos que el juez le atribuyó a Iglesias: revelación de secretos, daños informáticos y denuncia falsa. Sobre el primero dice que hay “indicios” de delito “con el carácter provisional que exige el momento procesal”. Se refiere al hecho de que Iglesias recibiese la tarjeta del móvil de su exasistente con datos personales y se la quedase durante meses. No obstante, la Fiscalía del Tribunal Supremo coincide con anticorrupción y recuerda que este es un delito en el que hace falta una denuncia expresa de la afectada, en este caso Dina Bousselham.

Recuerda el escrito que la víctima denunció que el contenido de su teléfono acabó publicado en Ok Diario por mediación del comisario Villarejo, pero que no se ha declarado víctima del que fuera su jefe en el Parlamento europeo, hoy vicepresidente del Gobierno. Por ello, la Fiscalía defiende que Dina Bousselham tiene que ser citada a declarar sobre esta cuestión en concreto y en caso de que así lo desee manifestar su perdón expreso a Iglesias. Añaden que esa diligencia no le corresponde al Tribunal Supremo, sino a la Audiencia Nacional. 

"Indicios sólidos de delito"

“Existen indicios sólidos de la posible existencia del delito. Pero el legislador ha querido por las razones expuestas, que sea necesaria denuncia de la persona agraviada (...) En concreto deberá concretarse por la señora. Bousselham, respecto de estos hechos: Si le pidió permiso o autorización Pablo Iglesias, el día 20 de enero de 2016, para que examinara sin restricciones el contenido de su tarjeta de memoria. En caso negativo, si manifiesta ahora que consiente, tolera y acepta que aquél hubiera entrado en el conocimiento de todos los documentos, fotografías, incluidas las íntimas y personales, archivos y comunicaciones contenidos en la tarjeta de su titularidad, pues de haber conocido que iba a hacerlo le hubiera otorgado su expreso consentimiento”.

Sobre el delito de daños informáticos derivado de que la tarjeta del móvil acabara inservible, la Fiscalía también dice que “Dina no ha declarado en el Juzgado en torno al contenido de este escrito, razón por la que deberá ser oída para aclarar las contradicciones sobre este extremo”. Se refieren a que la exasistente de Iglesias primero dijo que le llegó ya inservible y luego matizó por escrito que el líder de Podemos se la devolvió en buen estado y se estropeó después. También considera necesario que se cite a declarar a los policías que examinaron en dispositivo para aclaren las dudas sobre el momento y como pudo dañarse la tarjeta. 

“Todos estos indicios, permiten con una solidez fundada, estimar la indiciaria existencia de un delito de daños informáticos, en tanto la tarjeta llegó a poder del aforado de forma que se pudo acceder a su contenido y cuando es recuperada por la señora Bousselham, al parecer el acceso a su contenido no fue posible”, dicen.

El tercer delito tenía que ver con un presunto plan urdido en la cúpula del partido para presentarse como víctima de las cloacas policiales y de ese modo sacar un rédito político en las urnas. “No existe requisito de persiguibilidad, lo que impide la apertura de proceso penal, es suficiente para no adentrarse más en este último apartado de la Exposición razonada”, responde la Fiscalía.

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