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La Fiscalía avisa al Govern de que "no cabe decreto ley si toca derechos fundamentales"

Fiscalía avisa al Govern de que "no cabe decreto ley si toca derechos fundamentales"

La Fiscalía de Lérida ha considerado que el decreto ley anunciado por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, para reforzar y ampliar las medidas de confinamiento en Lleida "sería de nuevo ilegal y recurrible al (Tribunal) Constitucional" si aborda derechos fundamentales. El presidente de la Generalitat ha respondido al anuncio de la Fiscalía a través de su cuenta de twitter: "Pero, ¿esto qué es?", ha dicho en un mensaje en la red social.

Horas antes, Torra había mostrado su desacuerdo con la Justicia respecto a la negativa del confinamiento, y ha asegurado que desobedecerá  la decisión de la juez de tumbar el aislamiento: "No estamos de acuerdo, no la aceptamos. Asumo las consecuencias que se deriven. Estamos hablando de medidas urgentes que no puede depender de un conflicto competencial".

"No cabe decreto ley si toca derechos fundamentales", ha valorado en declaraciones a Europa Press el fiscal jefe de Lérida, Juan Boné. Así se ha pronunciado sobre el anuncio de Torra de que aprobará un decreto ley para reforzar y ampliar las medidas de confinamiento adoptadas en Lérida, después de que el Juzgado de Instrucción 1 de Lérida, en funciones de guardia, no ratificara una resolución de la Conselleria de Salud.

La resolución ordenaba confinar en sus casas a los habitantes de Lérida ciudad, Alcarràs, Aitona, La Granja d'Escarp, Massalcoreig, Seròs, Soses y Torres de Segre, y en las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat.

Boné señala que el artículo 86 Constitución dice que "en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos ley".

Sin embargo, "no podrán afectar" al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.

Añade que no pueden ser objeto de decreto ley la reforma del Estatuto, las materias objeto de leyes de desarrollo básico, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el Presupuesto de la Generalitat.

El fiscal jefe de Lérida apunta también que el artículo 64 de Estatut de Cataluña dice lo mismo sobre los decretos ley.

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