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El CGPJ tumba el informe sobre la Ley de Vivienda y designa a dos nuevos ponentes

El Pleno rechaza por 15 votos frente a seis el informe del vocal Álvaro Cuesta al considerar que no es acorde con la atribución que la Constitución hace de esa materia a las CC.AA

El CGPJ aprueba su informe que rechaza la Ley de Vivienda del Gobierno
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes preside un pleno extraordinario en el CGPJ. CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha tumbado el informe del anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda presentado por el vocal Álvaro Cuesta. El Pleno ha acordado por 15 votos frente a seis rechazar esta propuesta a la par que ha designado nuevos ponentes, que serán los vocales José Antonio Ballesteros y Enrique Lucas. Según fuentes del órgano de gobierno de jueces consultadas por Vozpópuli, el motivo de esta decisión reside, principalmente, en que la norma del Ejecutivo de Pedro Sánchez no es acorde con la atribución que la Constitución hace de esa materia a las comunidades autónomas.

De esta forma, el Pleno ha estimado las alegaciones formuladas por Enrique Lucas y que se han convertido en enmienda a la totalidad. El vocal ha planteado las dudas que surgen en relación a la competencia del Estado para legislar sobre una materia que la Constitución atribuye a las comunidades autónomas en su artículo 148. El precepto fija, en su primer punto, que las comunidades pueden asumir competencias en materias tales como ordenación del territorio, urbanismo y vivienda (punto tercero del artículo).

Estas premisas chocan con las recogidas en el informe que Cuesta redactó tras recibir el anteproyecto de ley del gobierno el pasado 1 de diciembre. El ponente del texto que ahora se acaba de tumbar respaldaba la ley de vivienda del Ejecutivo al considerar que constituía un instrumento normativo adecuado para consagrar este derecho. Además, entiende que la nueva norma trata de garantizar este derecho sin perjuicio de las competencias que sobre la materia tienen atribuidas las comunidades autónomas.

Competencia de las autonomías

No obstante, el progresista Cuesta ya advirtió que, aunque el anteproyecto de Ley apuesta por la transparencia en materia de vivienda y suelo, es bastante impreciso en relación a las competencias autonómicas. Al respecto dijo que la norma no era lo suficientemente concreta en la definición de conceptos como infravivienda, vivienda digna y adecuada y condiciones asequibles. También echaba de menos que no especificara los medios que se emplearían para hacer efectiva la tutela del derecho a la vivienda.

“Pese a su carácter básico el anteproyecto requiere un mayor grado de claridad, por ejemplo, en la identificación del titular del derecho y del sujeto obligado y respecto del modo en que puede exigirse el cumplimiento de dicho derecho”, recogía el borrador debatido este viernes. También destacó que faltaba una justificación suficiente en relación a la necesidad de las medidas de contención de precios de alquiler de viviendas. Pese a ello, el borrador de Cuesta recogía que el diseño de la norma para intervenir en el mercado de alquiler de viviendas es compatible con el derecho a la propiedad recogido en la Constitución.

Los límites estatales

Sin embargo, este punto parece haber sido uno de los que más discordia ha generado en el Pleno, que se ha terminando dividiendo en esta votación. Las fuentes consultadas explican que el principal motivo del rechazo al borrador es que la nueva ley del Gobierno de Pedro Sánchez chocaría con la atribución que la Carta Magna hace de esta materia a los distintos territorios. Al respecto Enrique Lucas (cuyo borrador se debatirá en el Pleno del próximo 27 de enero) ha explicado que la propuesta de Lucas parte de una idea errónea cual es que el artículo 47 de la Constitución (que garantiza una vivienda digna a todos los ciudadanos) “tiene al Estado como destinatario, si no único sí principal".

Frente a ello, el texto aprobado por el Pleno añade que el punto de partida del informe debe ser el artículo 148.1.3 de la Constitución, que no solo opera como fundamento de las competencias autonómicas, sino que también es un límite de las estatales. Entre los 16 vocales que han votado a favor de esta interpretación se encuentra el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes. El actual órgano de gobierno de los jueces (en funciones desde diciembre de 2018) puede emitir estos dictámenes pese a mantener sus competencias limitadas tras la entrada en vigor de la nueva norma impulsada por el Gobierno

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