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Cataluña

El PP denuncia a Aragonès ante la Junta Electoral por vender el referéndum de independencia en plena campaña

El partido ha solicitado que se requiera de forma inmediata a Aragonès que se abstenga de celebrar la citada comparecencia informativa por tratarse de un acto contrario al art.50.2 LOREG.

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Alberto Núñez Feijóo y Alejandro Fernández durante un acto del PP catalán en Barcelona, en octubre de 2022. David Zorrakino | EP

El PP ha denunciado este martes al presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, por convocar una rueda de prensa para dar a conocer el referéndum 'constitucional'. Aragonès se ha reunido esta mañana con los responsables del Instituto de Estudios de Autogobierno desde donde dará a conocer la propuesta para llevara término una consulta pactada para la independencia de Cataluña dentro, según sugiere, de la Constitución.

El PP catalán recoge en su escrito al que ha tenido acceso Vozpópuli que esta iniciativa es contraria al artículo 50.2 LOREG y a la Instrucción 2/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, y no puede ser efectiva la comparecencia informativa del 'president' de la Generalitat convocada para las 12:30h del día 2 de abril de 2024 en la que presentará a la opinión pública el informe elaborado que tiene como objeto "concretar las vías jurídicas para celebrar un referéndum de independencia pactado con el Gobierno de España".

El partido ha solicitado que se requiera de forma inmediata a Aragonès que se abstenga de celebrar la citada comparecencia informativa por tratarse de un acto contrario al art.50.2 LOREG. Tal y como expresa el partido, desde la disolución del Parlament el pasado 19 de marzo y la convocación de las elecciones el 12-M, los poderes públicos tienen limitada su actuación al tener que respetar, "especialmente en este periodo, los principios de objetividad, transparencia e igualdad entre los actores electorales.

La ley prohíbe específicamente desde la convocatoria electoral hasta el 12 de mayo la celebración de cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, "por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones (art.50.2 LOREG)".

(Habrá ampliación)

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