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España

Calendario laboral 2022: puentes y días festivos en la Comunidad de Madrid

El lunes 25 de julio, día de Santiago Apóstol, será festivo en la región

Calendario

La Comunidad de Madrid tendrá en 2022 doce días festivos, a los que hay que añadir otros dos de carácter local que fija cada ayuntamiento, y como novedad respecto a 2021, incorpora el Día de Santiago Apóstol el 25 de julio, pero el día de San José (19 de marzo) no será festivo este año.

La Comunidad de Madrid informó que el lunes 25 de julio será festivo al ser el día de Santiago Apóstol y el festivo por Navidad (25 de diciembre) será trasladado al lunes 26 de diciembre.

El calendario laboral para 2022 incorpora varios festivos de ámbito nacional, entre otros, los del 14 y 15 de abril, Jueves y Viernes Santo; así como el lunes 25 de julio, Día de Santiago Apóstol; el miércoles 12 de octubre, Fiesta de la Hispanidad; y el lunes 26 de diciembre, que será un festivo laboral más al caer el día de Navidad en domingo.

Festivos de 2022

Además de los días festivos que fija cada municipio, en toda la Comunidad de Madrid serán fiesta los siguientes días del próximo año:

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril. Jueves Santo.

- 15 de abril. Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Fiesta de la Comunidad de Madrid.

- 25 de julio (lunes). Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Fiesta de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución Española.

- 8 de diciembre (jueves). Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Traslado del descanso del 25 de diciembre, domingo, Natividad del Señor.

La competencia para fijar el calendario de fiestas laborales corresponde al Consejo de Gobierno, si bien la decisión se adopta una vez consultados los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid.

El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983 distingue dentro del conjunto de fiestas nacionales tres tipos de festivos: las fiestas no sustituibles, las que las comunidades autónomas pueden sustituir por fiestas propias, y un tercer caso en el que las autonomías también puedan cambiar por fiestas propias las fiestas nacionales cuya celebración haya de trasladarse a lunes por coincidir en domingo.

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