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España

El aluvión de denuncias de las amas de casa que ha puesto patas arriba a la justicia

Ante la escalada de mujeres que solicitan una indemnización por los años dedicados al hogar y la familia, los magistrados se basan en el artículo 1.438 del Código Civil y en el SMI para cifrar la cuantía de las mismas

Una mujer realizando labores del hogar.

Amas de casa, alzaos. La decisión, el pasado 6 de marzo, por parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vélez-Málaga, de fallar en favor de una ama de casa, obligando a su exmarido a indemnizarla con 200.000 euros por las tareas del hogar y el cuidado de los hijos durante sus 25 años de matrimonio, ha cogido a la sociedad española por sorpresa.

No tanto por la sentencia, que no es la primera de este tipo en España, pero sí ha causado estupor la gran cantidad de dinero a la que tendrá que hacer frente el otrora cónyuge. La jueza cifró en 204.624,86 euros la indemnización, aplicando el Salario Mínimo Interprofesional que reinaba en cada uno de los veinticinco años que duró el matrimonio, el cual terminó en 2020.

Además, el susodicho deberá hacerse cargo de dos pensiones compensatorias para Ivana Moral y sus dos hijas nacidas durante la unión. La base legal que ha rodeado todo el proceso no es otro que el artículo 1.438 del Código Civil, que es el que habla del sostenimiento de las cargas del matrimonio.

"Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación".

Como se puede leer, la ley es bastante clara a este respecto, por lo que la sentencia no debería haber sido tan sorpresiva para la opinión pública. Las amas de casa tienen a la justicia de su lado. Los 200.000 irán destinados a reparar el trabajo doméstico no retribuido que Ivana aportó al matrimonio y por el que dejó de trabajar y, por ende, de granjearse un salario que la sostuviese más allá de la manutención de su entonces esposo.

Amén de la situación de desamparo a la que tuvo que hacer frente cuando se certificó el divorcio. El afectado todavía puede recurrir la sentencia. La magistrada consideró que, mientras el marido incrementaba su patrimonio, Ivana se vio privada de toda posible trayectoria laboral en pos de la atención a su familia y a su hogar.

Las amas de casa inician la rebelión

Como hemos dicho antes, la sentencia favorable a Ivana no es la primera que se dicta en favor de una ama de casa en España, pero sí es pionera en establecer una cuantía lo suficientemente alta como para dar a la mujer un apoyo económico casi inmediato que la ayude a salir del atolladero.

Sin ir más lejos, en febrero de este mismo año, la jueza Rodríguez González de la Audiencia Provincial de Pontevedra fijó en 34.980 euros la indemnización a una mujer en concepto de labores del hogar por 33 años de matrimonio. El agravio comparativo con Ivana es, a todas luces, tremendo. Aunque este caso tiene varios asteriscos con respecto a la sentencia ejecutada en Málaga.

El exmarido recurrió el fallo de primera instancia, alegando que su pareja había trabajado de enero a diciembre de 2011, así como de enero de 2012 a octubre de 2014, cuando realizó algunos cursos de formación. Además, apuntó que el trabajo llevado a cabo por ella en el hogar no fue relevante y que se repartían las tareas. Finalmente, la cantidad fijada por la magistrada no dejó muy contenta a la parte denunciante.

En octubre de 2022, la Audiencia Provincial de León obligó a un hombre a indemnizar con 150.000 euros a su exmujer por las mismas razones que los dos anteriores expedientes citados, aunque esta unión duró 22 años. Una cantidad más acorde a lo acontecido en Málaga que al caso de Pontevedra.

La Audiencia Provincial de León ha obligado a un hombre a indemnizar con 150.000 euros a su exmujer por dejar su trabajo para cuidar a sus hijas y dedicarse en exclusividad a actividades del hogar durante los 22 años que se prologó su matrimonio.

Esta revolución silenciosa de las amas de casa se está extendiendo por todo el país, y próximamente veremos muchas más sentencias favorecedoras a las demandantes, que han decidido levantarse contra un hecho tan claro como tabú en la sociedad a lo largo de las últimas décadas. La percepción social de las obligaciones en el hogar han cambiado, y es raro ver ya mujeres que abandonen su profesión al dar el sí quiero en el altar, pero en la generación de nuestras madres y abuelas era la norma. La justicia está de su lado, y la valentía parece que también.

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  • X
    xsibai

    Si todos los matrimonios, o casi todos, se hacían en régimen de gananciales, si ella trabajaba en la casa y él, fuera, el sueldo que venía de fuera era de los dos a partes iguales, y con ese dinero, cualquier cosa que se comprara. En esas condiciones, ¿como se puede decir que ella no ganó nada mientras duró el matrimonio?. Cobró exactamente lo mismo que él. Otra cosa es la preparación para el futuro en solitario que cada uno ha podido acumular. Eso sí es digno de tenerlo en cuenta, claro está.

  • T
    Techlogic

    Y ahora tocan las denuncias de los hijos a los padres que les tuvieron trabajando durante años en sus negocios y no los tenían dados de alta en la Seguridad Social con lo que ahora no tienen los suficientes años cotizados habiendo trabajado como un burro/a toda su vida.
    Y ahora qué ?
    .

  • D
    DENUNCIA

    Hay algún planteamiento por parte del colectivo de Amas de casa, para que el estado les reconozca una pensión de jubilación (no me refiero a la no contributiva), a la que tras los derechos que la sentencia les atribuye debería reconocérsele sea cual sean los ingresos de la unidad familiar a la que pertenezcan, porque de lo contrario sería discriminatorio de que por el hecho de pertenecer a una unidad familiar con una determinada renta no se te reconocieran tus derechos a la percepción de una pensión que pudiera corresponderte.

  • R
    Romante

    Poniendo el caso que esta Sra hubiese obtenido en su momento el SMI correspondiente imagino que como cualquier trabajador hubiese tenido que gastarlo en vivienda, ropa, comida, gastos de la casa etc. Lo lógico sería reducirle de esos 200.000€ los gastos de vida que se hubiera supuestamente ahorrado en ese periodo, si es que el mantenimiento de todos los gastos corrió a cuenta de los ingresos del marido. De otra forma solo estariamos teniendo en cuenta lo gue la Sra. dejó de percibir en dinero, pero no todo lo que dejó de pagar y que obtuvo de forma gratuita como contraprestación al acuerdo al que llegaron en el reparto de trabajos. Entiéndase uno trabajó fuera y aportó el dinero, y el otro aportó el trabajo en casa. De tal modo veo que el 1° trabajó X horas para traer dinero, por lo que aportó trabajo y dinero, mientras que el 2° solo aportó X horas de trabajo. No me salen las cuentas

    • C
      Comentario

      Eso mismo he pensado. Habría que deducir los gastos pagados por el marido. Y los hijos son de los dos, por lo que también el coste de cuidarlos sería al 50%. Y ella también vivía en el piso, por lo que el coste de limpieza y cocinar sería al 50%. Vamos, como en cualquier piso compartido que se paga la limpieza de forma proporcional. Porque si no se descuentan los gastos propios, es un chollo no trabajar y ser ama de casa. A mí no me queda limpio la cantidad del SMI después de quitar mis gastos.

    • T
      Techlogic

      Y todo limpio de polvo y paja. Sin hacer la Renta y ahorrado en cuenta corriente "aparte".
      Una injusticia de todas todas.
      El que hoy día se case es que está loco de atar.
      .

  • B
    Beeblebrox

    Pues yo soy abogado, hombre y casado, y estoy completamente de acuerdo. Si te pegas años repartiendo los roles y gracias a ello contando con un tiempo libre para trabajar más y mejor y ganar más, y una mejor calidad de vida para tí y tus hijos hay que ser muy miserable para cuando llega el momento de disolver la sociedad pretender que la parte del otro es cero. Esto se tendrá que combinar con la adjudicación de otros bienes, por ejemplo, si recibe medio piso eso se tendrá que deducir de la compensación en dinero, pero el razonamiento es indiscutible

    • E
      eddo

      El TJUE en diciembre de 2019 condeno a España por la ley que daba más pensión y grado de discapacidad a las mujeres por el hecho de serlo. Ley creada por la presión del lobi femi-hembrista que a usted tanta compresión le sugiere, por el empeño de un hombre normal y corriente que se negó aceptar la sumisión, teniendo todo en contra y perdiendo todas las demandas en España.

      El gobierno actual modifico por unos tramos en la pensión de jubilación a los padres que abandonaron su profesión o empleo. A lo mejor eso de tener leyes menos hembristas no se le ha ocurrido pensarlo.

      No vaya a ser que de repente la máxima de "lo que no esta prohibido se puede hacer" le sea aplicada a usted por las leyes penales y civiles con perspectiva de género

  • B
    brandon

    Pues a este paso vamos inevitablemente hacia una guerra de sexos: el hombre impondrá obligación de trabajar de la mujer para pagar una asistenta, contratos prenupciales, cambio de nombre de las propiedades del esposo a una empresa patrimonial, etc etc etc. Y eso que no soy abogado!!

  • K
    Karl

    ¿No bajó la basura nunca, ni pagó el alquiler, ni cambió una bombilla o hizo de taxista? 🤔