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Economía

El caso Villarejo duplica los registros de peticiones para pinchar teléfonos

El cambio de formato para controlar mejor los pinchazos por orden judicial incrementa los registros, controlados menos exhaustivamente antes de la era Villarejo

El excomisario José Manuel Villarejo

El caso Villarejo ha movido los cimientos de instituciones y empresas en España. El excomisario también ha provocado modificaciones en el formato en el que se solicitaban judicialmente los pinchazos, intercepciones e investigaciones en el ámbito de las comunicaciones telefónicas.

"El proceso anterior era muy poco claro y no permitía tener un control exhaustivo sobre las peticiones de informaćión de intercepciones de teléfonos fijos y móviles. Es algo que se puso en negro sobre blanco con el caso Villarejo", explican a este diario fuentes del ámbito de la Justicia.

Un hecho que provocó que en 2017 se modificara la forma en que se solicitaban los pinchazos o investigaciones sobre teléfonos. "El caso Villarejo fue el que provocó el cambio en el envío de los mandatos para realizar intercepciones telefónicas. Hasta entonces era un cachondeo cómo se solicitaban las investigaciones o el acceso a los datos asociados a una línea telefónica", explican las mismas fuentes.

Tras la aprobación del nuevo formato para realizar los mandatos, las peticiones para realizar intercepciones telefónicas se han duplicado. Es algo que queda patente en el informe de transparencia publicado recientemente por Telefónica, el operador de telecomunicaciones con más clientes e infraestructuras de red propia, y por ende el que más peticiones de este tipo se ve obligada a gestionar.

Peticiones de intercepciones de números telefónicos recibidas por Telefónica

El operador de telecomunicaciones explica en el informe la incidencia de este nuevo sistema de petición de mandatos en los datos registrados en los últimos años. En 2016 el número de peticiones fue de 44.599, mientras en 2021 ha sido de 111.910. Prácticamente se han duplicado.

El nuevo sistema de envío de mandamientos de las autoridades competentes se ha extendido y se ha generalizado el uso del sistema digital en 2021. En este sistema las peticiones tienden a ser por números de acceso, por lo que se reciben una cantidad mayor"

El formato anterior a Villarejo tenía fisuras

"En el año 2017 se puso en marcha un nuevo sistema de envío de mandamientos de las autoridades competentes por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el que cada petición de datos da lugar a un requerimiento individual. Con el sistema anterior, que aún está en funcionamiento para algunas Autoridades, un mismo mandamiento judicial puede dar lugar a múltiples solicitudes de datos, aunque se contabilice como una sola", explica Telefónica en su informe de transparencia.

El mismo documento explica que "el nuevo sistema de envío de mandamientos de las autoridades competentes [ver nota 1] se ha extendido y se ha generalizado el uso del sistema digital en 2021. En este sistema las peticiones tienden a ser por números de acceso, por lo que se reciben una cantidad mayor".

Este cambio en la metodología pretende, como decimos, mantener un mayor control sobre las peticiones de las intervenciones, sobre quién las solicita y a quién y en qué momento. El caso Villarejo puso de manifiesto, para parte del sector de la Justiia, que la metodología anterior tenía fisuras.

Cuándo se solicita una intervención

Le ley establece que se puede solicitar la intervención telefónica en diferentes supuestos, tal y como especicifica Telefónica en el informe de transparencia:

  • Cuando exista una amenaza inmediata y grave para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional
  • Cuando exista una amenaza inmediata y grave para la salud pública
  • Cuando de la supuesta actividad infractora puedan producirse perjuicios graves al funcionamiento de los servicios de seguridad pública, protección civil y de emergencias
  • Cuando se interfiera gravemente a otros servicios o redes de comunicaciones electrónicas
  • Cuando cree graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico

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  • K
    Kj26

    No se si estamos hablando de SITEL, su sucesor o de otra cosa.

    Villarejo pone de manifiesto que el acceso a datos privados comunicados por via telefónica no está debidamente gestionado por la administración pública.

    Los españoles no podemos fiarnos de poder hablar con tranquilidad por telefono, whatsapp o navegar por internet. Como el caso Villarejo pone de manifiesto existen gravísimas deficiencias en el control de los accesos a esos datos.

    Para los ciudadanos era mejor que la administración no tuviera acceso a ningún dato, ya que no sabe gestionarlo (o no quiere gestionarlo). Esa fallo en la administración, crea un grave problema en la privacidad de las comunicaciones.

    Lo bueno es que parece que nadie le da importancia a este gravísimo fallo en el control administrativo de los accesos y el impacto que en los derechos de los ciudadanos esto tiene.