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Economía

Qué trabajadores autónomos pueden acogerse a la tarifa plana

Ya se puede solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros mensuales

Qué trabajadores autónomos pueden acogerse a la tarifa plana
Un hombre utilizando un ordenador EP

El 2023 ha empezado con cambios para los trabajadores autónomos. Desde el pasado 1 de enero, la tarifa plana de estos empleados por cuenta propia ha cambiado. Hasta el próximo 2025, los que se den de alta como autónomos podrán solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros mensuales en los primeros 12 meses de actividad.

De esta tarifa se podrán beneficiar las personas autónomas que no se hayan dado de alta en los dos años inmediatamente anteriores.

Requisitos para la tarifa plana

Una vez hayan pasado esos primeros doce meses, podrá aplicarse una cuota reducida en los siguientes doce meses a los trabajadores por cuenta propia que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales puedan ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional Anual que corresponda a ese período y lo soliciten en Importass.

Los autónomos con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o de terrorismo, pueden solicitar la aplicación, cuando se den de alta, de la cuota reducida de 80 euros en los primeros 24 meses.

Del mismo modo, cuando finalice este período, si su rendimiento neto ha sido igual o inferior al Salara Mínimo Interprofesional, podrán solicitar en Importass la aplicación de esta cuota los siguientes 36 meses por 160 euros.

Los trabajadores autónomos que disfruten de estos beneficios pueden renunciar cuando ellos consideren a su aplicación con efectos desde el primer día del mes siguiente al de la comunicación de la renuncia.

Además, los empleados por cuenta propia que el 31 de diciembre de 2022 fueron beneficiados por la antigua tarifa plana, podrán seguir disfrutando de la misma hasta que se agote el periodo máximo establecido con las mismas condiciones.

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