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Economía

La Audiencia Provincial ordena abrir juicio por los derechos de 'El Rosco' de Pasapalabra

La Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado el recurso de apelación de MC&F contra la decisión del juzgado mercantil de archivar la demanda contra Atresmedia por El Rosco

Roberto Leal, presentador de Pasapalabra en Antena 3

La guerra judicial por 'El Rosco' de Pasapalabra no ha terminado. La Audiencia Provincial de Barcelona ha ordenado al Juzgado de lo Mercantil número 8 de la ciudad que celebre juicio para dirimir la titularidad de los derechos de la conocida prueba final del programa al entender que no se trata de un asunto ya juzgado previamente por los tribunales.

Según consta en un auto fechado el pasado 13 de mayo consultado por Vozpópuli, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de apelación presentado por el grupo audiovisual holandés MC&F en el que solicitaba que se revocase la decisión del juzgado de instancia que acordó archivar el procedimiento. MC&F sostiene que la titularidad de los derechos de 'El Rosco', la famosa prueba final del concurso, todavía no ha sido decidida en sede judicial. Por su parte, Atresmedia defiende que este asunto ya había sido resuelto por el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, cuando Mediaset España e ITV se enfrentaron por el concurso completo entre 2010 y 2019, una guerra que los dueños de Telecinco y Cuatro perdieron en el Tribunal Supremo.

El Juzgado de lo Mercantil número 8 decidió archivar el procedimiento el pasado febrero durante la audiencia previa y dictó un auto en el que acordaba declarar cosa juzgada la titularidad de 'El Rosco'. El tribunal explicó que en el procedimiento de Madrid ya se había declarado que la prueba “carecía de la originalidad necesaria para ser considerada objeto de propiedad intelectual” y que esa decisión es vinculante.

MC&F sostiene que es la creadora y la legítima titular de los derechos de propiedad intelectual sobre la prueba televisiva conocida en España como 'El Rosco'. Atresmedia se hizo con los derechos del programa después de que Mediaset los perdiese en el Tribunal Supremo. Cuando el grupo audiovisual anunció el inminente estreno del programa, MC&F abrió un frente judicial tras denunciar que el grupo dueño de Antena 3 y La Sexta no contaba con los derechos para emitir 'El Rosco', la parte que se emite al final.

En un primer momento, MC&F solicitó unas medidas cautelares para impedir la emisión del programa. El grupo holandés pedía al juez que prohibiese de forma cautelar la emisión del programa hasta que se resolviese el asunto. Como Atresmedia temía que esto pudiese pasar, presentó anteriormente un escrito preventivo fijando su posición sobre el asunto para asegurar que se escuchaba su posición en el asunto en el caso de las cautelares fuesen presentadas por la vía de urgencia (inaudita parte).

No obstante, MC&F no fue por la vía de urgencia y solicitó unas cautelares con celebración de vista en la que el juez desestimó su petición a finales del año pasado. En febrero acordó archivar la causa.

La guerra por Pasapalabra

MC&F recurrió esta decisión ante la Audiencia Provincial argumentando que no formó parte del pleito entre Mediaset e ITV y que, por tanto, no había tenido ocasión de demostrar que es la dueña de 'El Rosco'. Un requisito que marca la ley para poder declarar que un asunto ya ha sido juzgado (cosa juzgada positiva) es que los litigantes sean los mismos, lo que no ha ocurrido en este caso, ya que MC&F no fue parte en el anterior proceso. MC&F está asesorada en el proceso por Hoyng Rokh Monegier y Atresmedia por Baylos, según consta en el auto.

“El juez ha partido de la base de que en el litigio anterior se desestimó la pretensión de que la prueba conocida como 'El Rosco' pudiera ser objeto de propiedad intelectual. Así como que esa resolución obligaba a la actora y vinculaba al propio juez, a pesar de que la actora MC&F no había sido parte en ese primer proceso”, señala la Audiencia Provincial. “El juez debió de limitarse a desestimar el efecto negativo de la cosa juzgada alegada, y una vez desestimado continuar con el procedimiento. Sencillamente, porque ese efecto positivo ni debe ni puede valorarse en la audiencia previa”.

"Descartado el efecto positivo de la cosa juzgada, es indudable que las declaraciones que se hicieron en el primero de los litigios han de ser respetadas por los tribunales que nos enfrentamos al segundo de los litigios. Pero eso no supone que estemos vinculados por ellas, hemos de valorar libremente las pruebas que se aporten sobre las cuestiones fáctica y jurídicas controvertidas, motivar nuestra decisión y, en su caso, explicar qué nos lleva a separarnos del criterio seguido anteriormente por los tribunales", concluye la audiencia.

Ahora, ambas partes están a la espera de que se señale la fecha del juicio. Mientras tanto, Pasapalabra mantiene sus emisiones con normalidad en Antena 3.

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