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Economía

El juez archiva la causa contra CaixaBank, Ibercaja, ING y Bandemia por supuesto blanqueo

El juez señala que los gestores de las cuentas tituladas por esa banca privada en Ibercaja se adecuó "a las obligaciones de diligencia debida y de información, conocimiento y seguimiento de la actividad del cliente"

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Sede de Caixabank en el Paseo de la Castellana (Madrid). Europa Press

La Audiencia Nacional ha acordado el archivo provisional de la causa que se seguía contra Caixabank, ING Bank, Ibercaja y Bandemia Banca Privada por presunto blanqueo de capitales al no resultar debidamente justificada la perpetración de ningún delito.

En un auto del magistrado Santiago Pedraz, al que ha tenido acceso Europa Press, se indica que, concluido el plazo de instrucción de la causa, y después de que las defensas de ING y Bandemia solicitaran el sobreimiento libre, se debe acordar porque de las declaraciones prestadas, de la documentación aportada y de los informes realizados no se deriva la existencia de indicios de la participación de las entidades en los hechos denunciados.

El magistrado señala que en este 'caso Bandemia' la actuación de los gestores de las cuentas tituladas por esa banca privada en Ibercaja se adecuó "a las obligaciones de diligencia debida y de información, conocimiento y seguimiento de la actividad del cliente".

"Tampoco se ha puesto de manifiesto que ING Bank adoleciera de un defecto estructural en los mecanismos de prevención del delito de blanqueo de capitales exigibles a la persona jurídica, lo que constituye el fundamento de la responsabilidad del delito corporativo", añade.

Suma que en este caso no hay base para afirmar que el modelo de cumplimiento normativo implementado por ING "resultara insuficientemente eficaz para la prevención de un delito de blanqueo por imprudencia grave", y matiza que además no hay empleado de esa entidad que haya sido investigado por los hechos.

A todo esto, el magistrado añade que tampoco constan indicios contra Bandemia Banca Privada ya que solo hay un informe de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) de 2018.

La Sala reprochaba al juez que no hubiera efectuado "un análisis de los indicios, o cuando menos de aquellos que pudieran apuntar hacia una supuestas conductas delictivas a fin de desvirtuarlos".

Esta causa tuvo que reabrirse en diciembre de 2022 después de que la Sala de lo Penal lo acordara estimando parcialmente un recurso de Fiscalía, que pedía que se prorrogase la instrucción durante al menos seis meses para tomar declaración a investigados y testigos y seguir ahondando en las pesquisas.

"Un análisis de los indicios"

En el auto, la Sala reprochaba al juez Pedraz que no hubiera efectuado "un análisis de los indicios, o cuando menos de aquellos que pudieran apuntar hacia una supuestas conductas delictivas a fin de desvirtuarlos".

"O cuando menos de acreditar su insuficiencia a fin de la continuación de las actuaciones, máxime cuando al parecer existen diligencias de investigación que aún no han sido incorporadas a la causa, y que por tanto, no han sido objeto de análisis por parte del instructor, siendo así que por el contrario, el Ministerio Fiscal en su escrito de recurso aporta números indicios derivados del resultado de las diligencias de investigación hasta la fecha practicadas, que exigirían cuando menos un pronunciamiento específico al respecto", concluían los magistrados.

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