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Economía

Hacienda pone el foco en las criptomonedas, el efectivo y la contabilidad de las pymes

El Plan de Control de 2022 que ultima la Agencia Tributaria vigila nuevas realidades que cerca la Ley de Lucha contra el Frade, además de multinacionales y grandes patrimonios

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La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. Europa Press

La Agencia Tributaria (AEAT) ultima su Plan de Control Tributario de 2022, que publicará en el BOE en breve. Hacienda pone el foco en las criptomonedas, el uso de más de 1.000 euros en efectivo y la contabilidad en B de las pymes, algunos de los asuntos prioritarios que se marca este año, según ha podido saber Vozpópuli. A lo que se añaden sectores, contribuyentes y casuísticas que vigila de forma recurrente: grandes patrimonios, multinacionales, profesionales, deportistas y cambios de residencia fiscal. La AEAT también escruta la información que está recibiendo de los contribuyentes de la 'tasa Google', que se paga desde julio.

El Plan de este año está marcado por la Ley de Lucha contra el Fraude, que entró en vigor el pasado 10 de julio y que incluye novedades como la reducción del límite para operar en efectivo de 2.500 euros a 1.000 euros, que también incluye los pagos de particulares a empresas. Hasta entonces, sólo afectaba a las relaciones entre empresarios. "No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera. No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional”, dice la norma.

El control del dinero abonado en efectivo en el marco de las transacciones económicas es objeto de análisis por la AEAT ya que suele estar muy vinculado con la economía sumergida, a lo que se añade este año en endurecimiento de la normativa.

En lo que respecta a las criptomonedas, el Fisco vigila los riesgos fiscales que generan, que requieren de actuaciones específicas de obtención de información que faciliten el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones que se realicen, así como el control de su correcta tributación. En este sentido, busca información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas, para lo que serán fundamentales tres modelos de declaración que prepara, uno de ellos, el 721, similar al modelo 720 de bienes y derechos en el exterior, así como el establecimiento de una obligación informativa autónoma sobre criptomonedas. A esto se suma que se potencia la cooperación internacional y la participación en foros internacionales con el objeto de obtener información sobre las operaciones con criptomonedas y otros activos virtuales.

Otro asunto objeto de control prioritario es el empleo de equipos y programas informáticos que permiten y facilitan la alteración de los registros contables de todo tipo. La Ley de Lucha contra el Fraude penaliza la tenencia de estos equipos para llevar una doble contabilidad o b o software de doble uso. Hacienda está preparando el desarrollo necesario para declarar fuera de la ley los softwares de determinados fabricantes. El efecto expansivo del empleo de estos medios digitales en beneficio del fraude le exige pensar en abordar soluciones que trasciendan los casos concretos detectados. A la espera de tener el citado desarrollo en vigor, la AEAT ya se ocupa de la comprobación de los sistemas para asegurar que reúnen los requisitos de integridad, conservación, trazabilidad y legibilidad de los registros tributarios, y de las omisiones o alteraciones ilegítimas de las que no quede la debida anotación en los sistemas.

Hacienda y los grandes patrimonios

Asimismo, los grandes patrimonios son objeto de seguimiento por la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes (UCCCPR), creada en el seno de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF). La Unidad incorpora técnicas de selección e investigación desarrolladas por la ONIF en los últimos años sobre los obligados tributarios de alta o muy alta capacidad económica (High Net Worth Individuals y Ultra High Net Worth Individuals) y el desarrollo de nuevas herramientas informáticas de procesamiento de datos o a la mejora de las ya existentes. En concreto, se ha perfeccionando la herramienta de identificación de titulares reales de sociedades opacas titulares de bienes y/o derechos situados en territorio español.

De igual modo, se continuarán las actuaciones puestas en marcha para procesar y explotar la información recibida de forma automática de los distintos países y jurisdicciones en aplicación de las normas de intercambio de información, con un número cada vez mayor de los que se reciben los datos, a la vez que se mejora en la calidad de la información obtenida y la experiencia acumulada en los últimos años en el procesamiento y explotación de dicha información.

Es el caso de la información fiscal recibida de forma automática de la administración fiscal correspondiente en el marco del CRS, Common Reporting Standard, respecto de las cuentas financieras que se mantienen en el extranjero por contribuyentes con residencia fiscal en España, así como el de otras rentas y bienes procedentes o situados en el exterior y que también son objeto de intercambio en el ámbito internacional, actuaciones que deben continuar desarrollándose en los próximos años. Esta información permite descubrir posibles ocultamientos de titularidad de activos fuera de España y de las rentas e ingresos generados por estos.

Continuando los trabajos realizados en ejercicios anteriores para el cálculo del patrimonio neto de los ciudadanos, se trabaja con una herramienta de análisis flujos de renta y consumo de los contribuyentes y de sus unidades familiares. A esto se añade que se fomenta la transmisión por parte de las comunidades autónomas de información sobre los valores reales de transmisión de bienes y derechos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que hayan sido comprobados por las administraciones tributarias autonómicas en el curso de procedimientos de control, dada la repercusión de este valor comprobado en los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y Sociedades gestionados por la Agencia Tributaria. En esta ocasión, con los nuevos valores de referencia en vigor. Además de vigilar los cambios de residencia fiscal.

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